En un robusto fallo de 388 páginas, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema y con ponencia del magistrado Gerson Chaverra confirmó la condena de estas 9 personas por su responsabilidad en 6 patrones de criminalidad: desaparición forzada, homicidio, reclutamiento ilícito, violencia basada en género, secuestro y desplazamiento forzado.
El alto tribunal revisó el proceso seguido contra nueve excombatientes de las FARC que se acogieron a la Ley de Justicia y Paz tras desmovilizarse de manera individual entre 2006 y 2008. Entre ellos aparece alias “Karina”, quien ingresó a la guerrilla en 1984, cuando tenía 17 años, y llegó a ser comandante del Frente 47. También figuran Danis Daniel Sierra Martínez, alias “Samir” o “Pipón”; Marcos Fidel Giraldo Torres, alias “Garganta” o “Isaías”.
La sentencia documentó que el Bloque José María Córdova tuvo presencia en zonas de Antioquia, Córdoba, Chocó, Caldas, Risaralda, Quindío y Sucre, y que hacía parte de la expansión estratégica de las FARC tras la Octava Conferencia Guerrillera de 1993. Según el fallo de la Sala Penal, esa estructura operó mediante una organización jerárquica y piramidal con mandos, frentes y estados mayores que ejecutaban políticas criminales definidas desde la dirigencia guerrillera.
Uno de los aspectos más graves analizados por la Corte Suprema de Justicia fue el patrón de reclutamiento ilícito de niños, niñas y adolescentes esto al establecer que las FARC implementaron mecanismos de adoctrinamiento y captación de menores mediante “clubes infantiles bolivarianos” y guías de reclutamiento orientadas a fortalecer las filas guerrilleras.
Los guerrilleros según el fallo de la Corte, aprovechaban condiciones de pobreza, abandono estatal y violencia intrafamiliar para atraer menores con promesas de estudio, dinero o mejores condiciones de vida. También se documentaron amenazas contra familias y casos de incorporación forzada.
La Corte Suprema de Justicia también modificó el reconocimiento de víctimas y los montos de indemnización y exhortó a la Defensoría del Pueblo para que capacite a sus funcionarios en temas de indemnizaciones dentro del incidente de reparación integral.
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