La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia modificó radicalmente el destino judicial del exrepresentante a la Cámara del partido Cambio Radical, Carlos Alberto Cuenca Chaux. En un fallo de segunda instancia, el alto tribunal determinó que la Fiscalía General de la Nación no logró recopilar las pruebas suficientes para destruir la presunción de inocencia del político.
Bajo este argumento constitucional, la corporación ordenó su absolución definitiva y archivó el expediente que lo vinculaba con el delito de corrupción de sufragante, conocido comúnmente como compra de votos.
Con esta nueva resolución se cae por completo el fallo emitido por la Sala Especial de Primera Instancia de la misma Corte. En esa primera etapa del proceso, el excongresista, quien consolidó su fortín político en el sur del país desde el año 2010, había recibido una dura condena de 92 meses y un día de prisión (equivalente a más de siete años de cárcel).
Además, la justicia le había impuesto en su momento una millonaria multa superior a los 588 salarios mínimos y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos por el mismo periodo de la pena.
La investigación penal se centraba en las presuntas irregularidades cometidas durante su campaña en el municipio de Inírida, capital del departamento de Guainía. La hipótesis acusatoria señalaba a Cuenca Chaux como el supuesto determinador de un esquema de corrupción electoral enfocado en la comunidad indígena de la "Y", de la etnia Piapoco.
Según los cargos originales, la campaña habría distribuido dádivas materiales que incluían dinero en efectivo, bultos de cemento y láminas de zinc, aprovechando las condiciones de vulnerabilidad de los habitantes a cambio de su respaldo en las urnas.
Sin embargo, al revisar la apelación interpuesta por la defensa, la Sala de Casación Penal halló profundas grietas en los testimonios que sostenían el caso. El detonante clave de la absolución fue el desplome del denunciante principal, Miller Garrido Pacheco, quien terminó confesando bajo juramento que la acusación original fue un montaje inducido, presionado y financiado por la oposición local, puntualmente por el exgobernador de Guainía, Iván Vargas Silva.
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En el documento citado en la sentencia, Garrido manifestó de forma explícita: "me retracto y desisto de la demanda que interpuse en contra del señor Carlos Cuenca Chaux por compra de votos en las elecciones del periodo pasado y dejando constancia de que he sido presionado, he recibido prevenda alguna por parte de la persona afectada en el cual el señor Iván Vargas Silva sí me presionó y me sobornó con prevendas para que yo injuriara al señor Carlos Cuenca dañando su imagen y su buen nombre".
Los investigadores del caso también descubrieron que Garrido armó el grupo de testigos con sus propios familiares directos e intentó pagar a otros pobladores para que mintieran sobre reuniones políticas a las que jamás asistieron.
A la par con la desacreditación de los testigos, el tribunal encontró que los supuestos comprobantes de la entrega de tejas y cemento eran completamente inválidos. Los dueños de las ferreterías locales negaron cualquier pacto comercial con el político y explicaron que el documento usado como "prueba reina" era solo una cotización sin valor legal, la cual pertenecía a unos talonarios que habían sido robados previamente de sus locales.
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Finalmente, la corporación judicial desestimó el material audiovisual aportado por los denunciantes, coincidiendo con análisis técnicos previos que ya había realizado el Consejo de Estado. Las grabaciones contenían cortes de edición sospechosos y un libreto de preguntas altamente sugestivas que aunaban la falta de espontaneidad en las declaraciones.
Al contrastar estas anomalías con los testimonios de asistentes a esas reuniones, que confirmaron que solo se debatieron propuestas de electrificación y presupuestos a las comunidades indígenas, la Corte Suprema de Justicia ratificó que mantener la condena era insostenible, devolviéndole la libertad jurídica plena al exparlamentario.