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JEP no dejará salir de vacaciones a excongresista procesado por asesinato de familia Turbay Cote

La JEP dejó en firme la decisión al determinar que el excongresista Luis Fernando Almario no ha hecho aportes concretos de verdad en este caso.

Excongresista Luis Fernando Almario Rojas / Foto: Flip.org.co
Excongresista Luis Fernando Almario Rojas
Foto: Flip.org.co

Luis Fernando Almario, exrepresentante a la Cámara por Caquetá, se sometió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de manera voluntaria en 2018, comprometiéndose a aportar verdad en la investigación frente al homicidio de Diego Turbay Cote.

Al igual que el de su madre, Inés Cote de Turbay; y los ciudadanos Jaime Peña Cabrera, Edwin Amir Alarcón Angarita, Hamil Bejarano Martínez, Dagoberto Samboni Uni y Rafael Ocacioneshecho que se registró en una carretera del Caquetá en el año 2000 y sería responsabilidad de la columna 'Teófilo Forero' de las extintas Farc.
Sin embargo, la JEP determinó que el excongresista no ha hecho aportes de verdad concretos y por eso deberá enfrentar un juicio en el que si es vencido podría pagar una pena de hasta 20 años de prisión. Sin embargo, él insiste en su inocencia en el caso del asesinato de la familia Turbay.

Además, Almario solicitó su salida de la JEP,no reparó a las víctimas y su compromiso no fue claro, por lo que la JEP decidió negarle un viaje hacia Punta Cana para unas vacaciones.

Decisión que fue apelada por su defensa, que argumentó que se le estaban limitando los derechos. Por esto, la Sección de Ausencia de Reconocimiento dejó en firme la decisión para no dejarlo salir del país.

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"Entre los compromisos que se asumen con la expresión del sometimiento y de su aceptación, aún parcial, está la satisfacción de los derechos de las víctimas, entre otros, el que tienen a obtener la verdad y alcanzar la justicia, a los cuales está ligada la prohibición de salir del país sin autorización de la JEP. De ahí que dicha concesión sea un permiso (medida de carácter judicial) que se otorga y emana de una carga que acepta el compareciente por someterse a la Jurisdicción Especial para la Paz", se leyó en la decisión de la JEP.

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Por otro lado, Almario argumentó que la Sección de Ausencia de Reconocimiento no debió decidir si le otorgaba la salida del país, pues estaba extralimitando sus funciones. Alegato que también fue rechazado por la justicia transicional, por lo que se tomó la decisión de no revocar ni modificar el auto con el cual se le negó su salida del país.

Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca lo que no se le debe olvidar al presidente Petro tras la reapertura dela frontera con Venezuela:

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