Concepto del Consejo de Estado podría anular 60.000 multas a empresas de transporte
Consejo de Estado aseguró, en concepto conocido en Primicia por BLU Radio, que solo el Congreso puede crear sanciones en materia de transporte y no por vía decreto.
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El Consejo de Estado conceptuó que las sanciones por infracciones de tránsito tipificadas en las leyes 105 de 1993 y 336 de 1996 siguen estando en vigencia, a pesar de que la Sección Primera del alto tribunal declaró la nulidad de 20 artículos del régimen de sanciones por infracciones a las normas de Transporte Público Terrestre Automotor (Decreto 3366 de 2003).
Por ejemplo: A revisión 60.000 multas a transportadores de pasajeros y de carga
Para la constitución de empresas o de formas asociativas de transporte no se podrán exigir otros requisitos que los establecidos en las normas legales y en los reglamentos respectivos.
La operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad.
Sin perjuicio de lo previsto en tratados, acuerdos o convenios de carácter internacional, la prestación del servicio de transporte público estará sujeta a la expedición de un permiso o contrato de concesión u operación por parte de la autoridad competente.
Esto explica la decisión del tribunal de anular un decreto del ministerio de transporte y dejar sin piso a sanciones por más de 171.00 millones contra empresas del sector.
El Consejo de Estado indicó que la SuperTransporte puede revocar directamente las multas relacionadas ya que son inconstitucionales.
De acuerdo con el alto tribunal otras sanciones relacionadas con leyes anteriores se mantienen vigentes. La entidad dice que no tendrán problemas las sanciones relacionadas con la planeación del sector transporte ni con el estatuto general del transporte.
La Superintendencia de Transporte revisará 60.000 multas impuestas a las empresas de transporte de carga y de transporte de pasajeros, por un valor de 171.000 millones de pesos.
Son multas a las empresas de transporte público de carga, intermunicipales, entre otros.
Aquí puede revisar el documento: