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Corte Constitucional salva mayoría de la reforma pensional, pero condiciona sus puntos clave

La Sala Plena determinó que los artículos aprobados entrarán en vigor en abril de 2027, luego de que siete magistrados respaldaran la mayoría del articulado y ordenaran rehacer la discusión de 9 puntos pendientes.

Pensiones AFP
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AFP

Luego de 2 años de debate y más de 9 horas de discusión, la Sala Plena de la Corte Constitucional, aprobó con una votación de 7 a 1 la validez en el trámite de 85 artículos de la reforma pensional impulsada por el exmandatario Gustavo Petro. El conjuez Carlos Márquez fue quien salvó el voto.

Con este fallo, el alto tribunal determinó que estas normas entrarán en vigor formalmente hasta abril de 2027, otorgando un margen de preparación al sistema antes de su aplicación definitiva.

Sin embargo, la Corte ordenó devolver a la Cámara de Representantes 10 apartes y proposiciones clave que no fueron debatidos adecuadamente. Entre estos se encuentran dos artículos de forma completa y ajustes a otros seis puntos de la ley.

La plenaria de la Cámara de Representantes contará con un plazo de 30 días hábiles para subsanar este procedimiento.

De esta forma la discusión de la reforma pensional volvió a estar sobre la mesa de la Sala Plena de la Corte Constitucional, puesto que los magistrados debían revisar si el Congreso había corregido el problema de trámite que llevó a la Corte a devolver la ley en 2025. El caso era clave porque estaba en juego el futuro del sistema pensional y de los ahorros de cerca de 25 millones de colombianos.

Reforma pensional
Reforma pensional
Foto: Pexels.

El origen de la discusión se remonta a 2024, cuando la reforma fue aprobada por el Congreso. La Corte encontró que, en el último debate de la Cámara de Representantes, no se había dado una discusión adecuada de los artículos, pues se había votado el texto que venía del Senado. Por esa razón, el 17 de junio de 2025 ordenó regresar la reforma al Congreso para que se corrigiera ese problema y se garantizara una deliberación adecuada.

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El Congreso volvió a tramitar la reforma en junio de este año, puesto que el gobierno Nacional de Gustavo Petro citó a sesiones extraordinarias, sin conocer el auto de la Corte Constitucional, por lo que la Corte tuvo que revisar si esta vez se había cumplido correctamente con lo ordenado.

Tras este hecho, la magistrada Paola Andrea Meneses presentó una ponencia en la que consideraba que el error no había sido corregido y planteaba devolver nuevamente la norma a la Cámara para que el último debate se realizara de manera adecuada, revisando los artículos como correspondía, ponencia que fue discutida el día de hoy, 25 de agosto de 2026.

La discusión estuvo en manos de siete magistrados: Paola Meneses, Natalia Ángel, Juan Carlos Cortés, Vladimir Fernández, Miguel Polo, Lina Escobar y Carlos Camargo. También participó el conjuez Carlos Pablo Márquez, que fue decisivo en caso.

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No participaron Héctor Carvajal, apartado del proceso tras prosperar una recusación relacionada con sus vínculos contractuales con Colpensiones, ni Jorge Enrique Ibáñez, quien quedó impedido para intervenir en el caso.

De esta forma, la Sala Plena tenía sobre la mesa varias posibilidades: mantener la reforma, tumbarla, devolverla nuevamente al Congreso para corregir el trámite o permitir su aplicación bajo determinadas condiciones. La decisión debía definir si el procedimiento utilizado por la Cámara había sido suficiente para superar el problema señalado por la Corte o si, por el contrario, era necesario repetir nuevamente el último debate.

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