Corte Suprema rechazó denuncia de Armando Benedetti contra la representante Lina María Garrido
La Sala de Instrucción inadmitió la denuncia que interpuso el ministro del Interior, Armando Benedetti, contra la representante a la Cámara Lina María Garrido a quien acusaba de injuria y calumnia.
Sigue el pulso entre el jefe de la cartera política y la representante Garrido, y es que según Benedetti, la congresista vulneró su honra al llamarlo “agresor y maltratador de mujeres” pero la Sala determinó que, las expresiones de Garrido están amparadas por la inviolabilidad parlamentaria.
La Corte Suprema de Justicia, sin embargo, decidió inadmitir la denuncia penal presentada el ministro del Interior contra la representante a la Cámara Lina María Garrido.
Benedetti alegaba que Garrido, durante una entrevista radial y en publicaciones en la red social X, lo calificó de “agresor y maltratador de mujeres”, lo que a su juicio vulneró su honra y buen nombre.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, el 22 de abril de 2025.
Foto: AFP
Sin embargo, la Corte determinó que las expresiones de la congresista se dieron en el marco del ejercicio de sus funciones parlamentarias, específicamente durante la instalación del Congreso del 20 de julio de 2025 y en desarrollo del derecho de réplica consagrado en la Ley de Oposición.
El alto tribunal recordó que, de acuerdo con el artículo 185 de la Constitución, los congresistas gozan de inviolabilidad parlamentaria, lo que significa que no pueden ser investigados ni sancionados penalmente por las opiniones y votos emitidos en ejercicio de su cargo.
La Corte precisó que las declaraciones de Garrido, tanto en el Capitolio como en medios de comunicación y redes sociales, forman parte de una misma unidad de expresión relacionada con el control político.
En consecuencia, la Sala concluyó que la denuncia de Benedetti carecía de fundamento penal y ordenó archivar las diligencias, al considerar que cualquier eventual exceso verbal de la congresista debe ser evaluado por los órganos de control interno del Congreso y no por la jurisdicción penal.