Finalmente llegó el día que muchos trabajadores esperaban. Desde este miércoles 15 de julio, la reducción de la jornada laboral se hace efectiva y pasa de 48 a 42 horas semanales, permitiendo que los empleados tengan más tiempo para compartir con sus seres queridos.
La reducción, que pasó de 48 horas en 2022 a 42 en 2026, se implementó de manera gradual. Sin embargo, con esta nueva jornada desaparece el beneficio del Día de la Familia y las empresas deberán ajustar sus actividades a un menor número de horas semanales.
Ante ello, la nueva normativa, contemplada en la Ley 2101 de 2021, establece algunas reglas que no pueden modificarse y advierte a los empleadores sobre la obligación de cumplirlas.
- El salario no disminuye: este ha sido uno de los puntos en los que más se ha insistido, pues el hecho de trabajar una jornada más corta no significa que el salario se reduzca.
- Ahora una hora de trabajo vale más: el valor de la hora trabajada aumenta, no solo por el incremento cercano al 4,8 % derivado de la reducción de la jornada, sino también por el aumento del salario mínimo decretado por Gustavo Petro.
- Desaparece el Día de la Familia: con la incorporación total de la reducción de la jornada, el empleador queda exonerado por ley de otorgar este beneficio semestralmente. Si desea mantenerlo, podrá hacerlo, pero ya no estará obligado.
¿Qué pasa con los festivos y la reducción de la jornada laboral?
Este ha sido uno de los debates que más preocupa a trabajadores y empleadores, especialmente tras la incorporación al calendario del festivo de la Virgen de Chiquinquirá. Algunas empresas consideran que, debido a los festivos, la jornada laboral debe ajustarse para compensar esas horas.
Según esa interpretación, cuando hay un festivo los empleados deberían trabajar más horas diarias para completar el mínimo semanal, algo que resulta equivocado.
Camilo Cuervo, socio del bufete de abogados Holland & Knight, explicó el funcionamiento de los festivos bajo este nuevo régimen. Recordó que el día de la Virgen de Chiquinquirá no es una novedad, pues su trámite comenzó en 2024 y fue aprobado en 2026.
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Además, señaló que el incremento de festivos no es responsabilidad de los trabajadores, sino que responde a la Ley Emiliani, que traslada algunos festivos al lunes siguiente. Los que no están cobijados por esa norma, como el 20 de julio y el 7 de agosto, coincidieron este año con puentes festivos.
Empresas no pueden aumentar la jornada por los festivos
Por esa razón, afirmó que no es legal que una empresa incremente las horas de trabajo para compensar los festivos. "Ningún empleador podría alegar que por el exceso de festivos ha optado por no reducir la jornada de trabajo, lo cual es absurdo y no solamente absurdo, sino además ilegal".
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Es decir, si una empresa, por ejemplo, trabaja de lunes a sábado siete horas diarias, el festivo se paga como un día laborado por disposición legal. El empleador no puede exigir que se trabajen horas adicionales entre martes y sábado para "compensar" las horas del lunes que no se laboraron.
Las sanciones por prácticas de las empresas
Las empresas que incumplan la jornada laboral o exijan reponer festivos afrontan severas multas de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales vigentes. Esta sanción económica la impone el Ministerio del Trabajo según el tamaño de la compañía. Adicionalmente, el empleador infractor queda obligado a pagar los recargos y horas extras adeudadas de manera retroactiva a los afectados.
Para denunciar, ingrese a la página web del Ministerio del Trabajo en la sección de PQRD o llame gratis desde su celular a la línea nacional 120. El trámite puede hacerse de forma anónima para evitar posibles represalias, o como solicitud de conciliación si busca el pago de sus horas extra. Es vital adjuntar pruebas como chats, correos o sus planillas de horario.