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Gobierno de De La Espriella radica Ley de Acogimiento con rebajas de penas de hasta el 50 %

La iniciativa que busca una ruta jurídica para el desarme, desmantelamiento y sometimiento de grupos armados criminales y terroristas será tramitada con mensaje de urgencia.

El ministro de Justicia, Iván Cancino, junto al Mininterior, Rodrigo Lara Lara.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, junto al Mininterior, Rodrigo Lara Lara. Foto X: @MinInterior

Ante el Congreso de la República, los ministros del Interior, Rodrigo Lara Restrepo, y de Justicia, Iván Cancino, radicaron el proyecto de ley de sometimiento a la justicia de grupos armados criminales, al que han bautizado con el nombre de “Ley de Acogimiento”.

La iniciativa, que corresponde a la prórroga y modificación de la Ley 418 de 1997 (Ley de Orden Público), establece un giro radical en la política de seguridad y paz del actual Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, derogando las disposiciones aprobadas en la Ley de Paz Total de la administración del expresidente Gustavo Petro.

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Entre los principales cambios que propone la ley, que cuenta con 22 artículos, está la eliminación de cualquier posibilidad de diálogo político. No se otorgará estatus político ni se negociarán causas con las organizaciones armadas criminales, a las que les darán la definición de “actores armados ilegales o terroristas” y a las que se les ofrecerá únicamente una vía de sometimiento judicial a las leyes y la Constitución.

La oferta estatal establece un procedimiento estricto estructurado en dos etapas: una fase administrativa, coordinada por el Ministerio de Justicia, que tendrá una duración máxima de tres meses (prorrogables por tres meses más) para definir la hoja de ruta de desarme, entrega de bienes y liberación inmediata de secuestrados y menores reclutados; y una fase de judicialización que se tramitará ante la justicia ordinaria bajo el procedimiento especial de la Ley 1908 de 2018 y estará respaldada por una unidad especializada dentro de la Fiscalía General de la Nación, integrada por equipos del CTI y la DIJIN.

El texto enfatiza que mediante la ley no se suspenderán las órdenes de captura ni los trámites de extradición, manteniendo plenamente las operaciones de la Fuerza Pública, y se ordena que la interlocución entre el Estado y los ilegales que decidan acogerse sea a través de un abogado que no pertenezca a la organización criminal.

El proyecto establece un tratamiento penal diferenciado sujeto a estrictas condiciones de verdad, desmantelamiento y reparación a las víctimas. Se otorgará una rebaja del 50 % de la pena para combatientes de base y del 30 % para líderes o mandos, garantizando que la pena efectiva para los mandos no sea inferior a 10 años de prisión.

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Quienes se entreguen dentro de los primeros 180 días de vigencia de la ley y respondan por delitos menores podrán acceder a la suspensión condicional de la pena desde la sentencia. Para acceder a la libertad condicional, se exigirá el cumplimiento de las cuatro quintas partes de la pena, aunque podrá reducirse a las dos quintas partes para quienes entreguen información verificable que permita ubicar a personas desaparecidas o desarticular redes de corrupción y nexos políticos ilícitos.

La privación de la libertad podrá cumplirse en centros de arraigo transitorios, colonias agrícolas o cárceles productivas. En todo caso, se deberá tener en cuenta el concepto de la víctima y en ningún caso se hará devolución de bienes obtenidos ilícitamente y que sean entregados por las personas acogidas. De aprobarse la ley, esta regirá desde su promulgación y tendrá una vigencia de 10 años.

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La iniciativa comenzará su trámite en las comisiones primeras conjuntas de Senado y Cámara de Representantes, ya que el Gobierno presentará mensaje de urgencia a la iniciativa.

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