En un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por diez años al agente de la Polícia Cristian Andrés Chica Gómez, por haber excedido el uso de la fuerza con su arma de dotación durante un procedimiento policial. Los hechos ocurrieron en el municipio de La Plata, Huila, el 16 de mayo de 2021.
La Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Neiva estableció que al momento de realizar el operativo, el agente atacó verbal y físicamente a una de las personas que se encontraba en el lugar. Le ocasionó una lesión en la cara con el bolillo policial y accionó su arma de dotación.
El argumento del Ministerio Público se centra en que, a pesar de que hubo un forcejeo previo, la persona a la que el agente le disparó, se encontraba desarmada. Chica habría sido herida en el rostro con un arma cortopunzante, antes de disparar, sin embargo, el organismo de control argumenta que debió mantener el autocontrol y la neutralidad.
“La fuerza que utilizó al lesionar a la víctima con su tonfa y luego en el forcejeo accionando su arma de fuego no fue proporcional ni racional sino simplemente impulsiva, lo cual no se espera de un miembro del cuerpo de policía”, afirmó la Procuraduría durante el fallo.
Aunque el fallo puede ser apelado por el sancionado, el organismo de control calificó los hechos cometidos por el agente Chica como una falta gravísima cometida a título de dolo, es decir, a voluntad consciente de causar daño o cometer un delito, con conocimiento de su ilicitud.