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¿La Corte Constitucional podrá suspender leyes vigentes? Rodrigo Uprimmy explica

“No se refiere a proyectos de ley. La corte se refiere a demandas sobre leyes", dijo.

Profesor Uprimmy Captura Pantalla Blu Radio.JPG
Rodrigo Uprimmy
Foto: Captura de pantalla YouTube Blu Radio

En diálogo con Mañanas Blu cuando Colombia está al aire, el profesor yexperto en derecho constitucional Rodrigo Uprimmyhizo un análisis y explicación sobre la decisión de la Corte Constitucional, en la que determinó que sí podrá suspender leyes que estén en marcha, como una medida excepcional, y mientras estudia de fondo las demandas que se hayan presentado en contra de esa norma.

“No se refiere a proyectos de ley. La corte se refiere a demandas sobre leyes. La corte dice que se aplicará en casos excepcionales”, dijo el experto sobre la decisión de la Corte Constitucional que se hizo pública la semana pasada.

Hay que recordar que la Corte Constitucional resolvió que, en casos excepcionales y frente a una ley "incompatible con la Constitución que pueda producir efectos irremediables o que lleven a eludir el control de constitucionalidad", el alto tribunal podrá adoptar excepcionales.

"Tales instrumentos de protección y efectividad de la supremacía de la Carta incluyen la posibilidad de fijar los efectos de sus propias providencias, modular sus fallos, los efectos en el tiempo de sus decisiones, el juicio de sustitución y la prelación de asuntos en el orden del día, entre otros”, señaló la decisión.

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Con respecto a la reforma tributaria, con esta figura, Uprimmy dijo que el escenario sería “si se demanda el artículo de una ley y que mantenerlo generaría efectos graves, suspendería la vigencia del artículo, más no de toda la ley y lo mismo sucede con otras medidas cautelares”.

Vea aquí nuestra transmisión en vivo:

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Escuche la entrevista:

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