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¿Por qué Petro pide permiso para salir del país si ya no es presidente?

Aunque el exmandatario dejó su cargo el pasado 7 de agosto de 2026, la Constitución le exige un aval previo del Senado para ausentarse del territorio nacional.

Gustavo Petro.
Presidente Gustavo Petro.
Foto: EFE.

Tras la culminación de su periodo presidencial el pasado 7 de agosto de 2026, el expresidente Gustavo Petro envió una comunicación formal a la Mesa Directiva del Senado de la República. En el documento, solicita autorización para salir de Colombia durante el año posterior al término de su mandato.

La petición formulada por el exjefe de Estado deberá someterse a consideración y votación de la plenaria del Senado en su próxima sesión programada.

La exigencia legal obedece a lo estipulado en el artículo 196 de la Constitución Política de Colombia. La norma fija que la persona que haya ejercido la Presidencia no puede ausentarse del país durante el año siguiente a la fecha de cesación de sus funciones sin la autorización previa del Senado.

Último discurso del presidente Gustavo Petro ante el Congreso.jpg
Último discurso del presidente Gustavo Petro ante el Congreso //
Foto: Presidencia - Ovidio González

El mandato constitucional no implica la continuidad de funciones ejecutivas ni la conservación de la condición de mandatario en ejercicio. Se trata de una restricción especial diseñada específicamente para quienes dejan la jefatura del Estado.

Existe una distinción en el mecanismo legal mientras se ejerce el cargo y al culminarlo:

  • Durante el mandato: el presidente en ejercicio puede viajar al exterior informando de forma previa al Senado o a la Corte Suprema de Justicia si el Congreso está en receso.
  • Tras dejar la Presidencia: durante los 12 meses posteriores a la entrega del mando, es obligatorio obtener el aval previo y votado por la plenaria del Senado.
ARTICULO 196º—El Presidente de la República, o quien haga sus veces, no podrá trasladarse a territorio extranjero durante el ejercicio de su cargo, sin previo aviso al Senado o, en receso de éste, a la Corte Suprema de Justicia. La infracción de esta disposición implica abandono del cargo. El Presidente de la República, o quien haya ocupado la Presidencia a título de encargado, no podrá salir del país dentro del año siguiente a la fecha en que cesó en el ejercicio de sus funciones, sin permiso previo del Senado. Cuando el Presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el Presidente le delegue, tanto aquéllas que le son propias como las que ejerce en su calidad de Jefe del Gobierno. El Ministro Delegatario pertenecerá al mismo partido o movimiento político del Presidente.
Se lee en la Constitución.

Carta de Petro al Senado

En el texto remitido a la corporación, Petro citó el numeral 3 del artículo 173 de la Constitución y el artículo 323 de la Ley 5 de 1992. Esta última legislación reglamenta el procedimiento interno del Congreso para tramitar los permisos de salida del territorio nacional a los expresidentes.

Último día de Gustavo Petro como presidente de Colombia
Gustavo Petro.
Foto: AFP

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De acuerdo con la carta, el exmandatario requiere la autorización para viajar durante un año con el fin de atender compromisos de carácter personal, social, político y académico.

Dado que su periodo finalizó el 7 de agosto de 2026, la restricción legal sobre su movilidad internacional se extenderá hasta el 7 de agosto de 2027.

La plenaria del Senado de la República deberá discutir la solicitud y votar si otorga o deniega el permiso en los términos solicitados en la misiva.

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