SuperIndustria investiga a varias empresas por anticompetitividad
De llegar a comprobarse estos delitos, las multas para las empresas podrían llegar hasta los $75.000 millones.
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La Superintendencia de Industria y Comercio formuló Pliego de Cargos contra Procter & Gamble, Postobón, Equión Energía y Carbones del Cerrejón por presuntamente haber incurrido en conductas anticompetitivas consistentes en obstruir la libre circulación de las facturas emitidas por sus proveedores y, en consecuencia, restringir el acceso a dinero al no permitirles negociar o descontar libremente sus facturas con terceros.
De la misma manera, la SuperIndustria formuló pliego de cargos contra 15 altos directivos de las empresas investigadas por presuntamente haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas anticompetitivas investigadas.
Adicionalmente, la SuperIndustria formuló cargos contra Deloitte & Touche, Pricewaterhousecoopers, Ernst & Young y Kpmg, en su calidad de revisores fiscales, por presuntamente incumplir parcialmente con su deber legal al no pronunciarse en su dictamen anual de revisoría sobre la constancia que debió dejar la administración de las empresas investigadas, de no haber entorpecido la circulación de las facturas emitidas por sus proveedores de bienes y servicios.
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Junto a estas cuatro empresas, otras 15 están en etapa de indagación habrían incurrido en una o varias de las siguientes prácticas inadecuadas:
1). Retener el original de las facturas emitidas por sus proveedores para evitar que el acreedor endosara o pudiera poner a circular la factura.
2). Exigir a los proveedores la emisión de facturas sin el lleno de los requisitos legales con el fin de que no constituyeran títulos valores y por ende no pudieran circular en el mercado de venta al descuento de las facturas.
3). Imponer requisitos extralegales para la elaboración de las facturas.
4). Obligar a los proveedores a negociar las facturas únicamente con un determinado factor.
5). Obligar a sus proveedores a negociar o descontar facturas únicamente con ellas mismas (las investigadas) y, por ende, no permitir el endoso o descuento con terceros (empresas de factoring, entidades financieras u otras personas) so pena de aplicarles retaliaciones comerciales (penalizar, revisar o terminar la relación contractual).
Las cuatro compañías habrían violado el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.
De llegar a comprobarse estos delitos, las multas para las empresas podrían llegar hasta los 75.000 millones de pesos.
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