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Tribunal Superior de Bogotá revocó medidas cautelares contra LATAM por competencia desleal

La SIC le había dado la razón a Avianca en septiembre pasado.

Aerolínea Latam.jpg
Aerolínea Latam
Foto: AFP

El Tribunal Superior de Bogotá emitió un auto con fecha del 30 de noviembre en el cual se revocó las medidas cautelares previamente decretadas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en contra de LATAM, que habían sido impuestas después de la Avianca pidiera a la SIC investigar a LATAM por competencia desleal y le diera la razón.

La decisión del Tribunal se basa en que al decretar las medidas cautelares contra LATAM, la SIC no cumplió con el análisis de todos los requisitos exigidos por la ley. Específicamente, según el Tribunal, la entidad no evaluó la efectividad y proporcionalidad de las medidas impuestas.

Avianca había formulado acusaciones contra LATAM, alegando que la aerolínea estaba publicitando y comercializando vuelos desde y hacia Bogotá sin contar con la autorización necesaria de la Aerocivil respecto a los slots (espacios de despegue y aterrizaje).

La solicitud de Avianca a la SIC para decretar medidas cautelares fue respaldada por un documento de la entidad fechado el 16 de agosto, donde se señalaba que, preliminarmente, "la aerolínea ha infringido las normas que regulan la planeación y asignación de slots, situación que le permite tener mayor presencia en el mercado de transporte aéreo de manera irregular".

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En respuesta, la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante un documento del pasado 1 de septiembre, decretó a favor de Avianca las siguientes medidas cautelares contra LATAM:

  • Cesar la promoción y oferta de vuelos desde y hacia Bogotá para los cuales no cuenten con slots asignados.
  • Dejar de vender vuelos en horarios para los cuales no tiene slots en el aeropuerto Internacional El Dorado.
  • Contactar telefónicamente a los usuarios a los que se les vendió boletos en horarios para los cuales no cuentan con slots para informarles que no tienen la aprobación horaria y, según el caso, informar la cancelación del vuelo o el horario en el que tiene autorización para operarlo.
  • Publicar en la página web y en todos los medios utilizados para vender boletos, los vuelos comercializados en los que no tiene aprobados slots, informando a los usuarios el horario en el que el vuelo se realizará siempre que cuente con el respectivo permiso o, en su lugar, informar de la cancelación del vuelo.
  • Dejar de operar vuelos sin slots aprobados por la Aerocivil.

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