Tumban norma del Plan de Desarrollo que permitía a ISA participar en generación y venta de energía
La prohibición impedía que dicha empresa, que principalmente se encarga de la transmisión de energía eléctrica por las redes del país.
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La Corte Constitucional declaró inexequibles dos apartes del artículo 372 de la Ley 2294 de 2023, con los que se eliminaba una prohibición vigente desde 1994 que impedía a la empresa ISA participar en actividades distintas a la transmisión de energía eléctrica.
El alto tribunal pudo constatar que el Congreso de la República vulneró los principios de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia al incluir en el Plan Nacional de Desarrollo derogatorias que no fueron debatidas adecuadamente durante el trámite legislativo.
En este caso, la Corte Constitucional estudió una demanda contra unos apartes de un artículo del Plan Nacional de Desarrollo que eliminaban una prohibición que existía desde hace más de 30 años para la empresa ISA.
La prohibición impedía que dicha empresa, que principalmente se encarga de la transmisión de energía eléctrica por las redes del país, participara también en otras actividades del sector eléctrico, como generar energía, venderla o distribuirla.
Paola Meneses, magistrada y presidenta de la Corte, explicó que la norma demandada permitía que ISA, cuya función principal es operar las redes de transmisión eléctrica del país, también pudiera generar, comercializar o distribuir energía, lo que modificaba de manera relevante el funcionamiento del mercado eléctrico.