Tras el terremoto de 7.4 que sacudió diversas zonas del país, dejando mayor afectación en ciudades como Cali, Manizales, Quibdó, Pereira, Armenia y, por supuesto, municipios aledaños a estas capitales, miles de personas se han acercado a los diversos centros de acopio para dejar su donación o ayudar como voluntarios, asimismo, otros han ofrecido sus camiones, carros, motos, entre otros medios de transporte para ayudar.
Sin embargo, la principal duda que ha surgido es si estos vehículos que buscan ayudar en las zonas afectadas deben o no pagar peajes, en especial porque se han hecho virales en redes sociales algunos videos de personas quejándose porque sí le han cobrado por el paso en algunas carreteras.
¿Deben pagar peajes los vehículos con ayuda humanitaria?
Sí, por lo menos por el momento sí. Desde el Ministerio de Transporte no se ha emitido ninguna información de una suspensión a vehículos con ayudas humanitarias en ninguna parte, ni siquiera en las zonas afectadas por el terremoto del pasado lunes.
Sin embargo, la Federación de Transportadores de Carga (Fedetranscarga), en cabeza de Arnulfo Cuervo, anunció que sí ayudarán y cubrirán los costos asociados al transporte de donaciones y asistencias a las ciudades más afectadas por el desastre.
"Es nuestra responsabilidad social, nuestra condición de seres humanos, lo hacemos con todo el gusto. Los fletes generados en los camiones, el costo de los combustibles, los peajes, salarios de conductores; lo asumen los empresarios de Fedetranscarga, en beneficio de todos quienes hoy están sufriendo esta tragedia que consideramos de una magnitud enorme para el país, pero muy seguramente muchas hemos tenido en Colombia y siempre nos hemos levantado'", dijo.
Pero a nivel nacional, el Ministerio de Transporte no ha hecho una anuncio y, por ende, cualquier vehículo particular que se movilice hasta estas zonas, deberá pagar peajes, pese a que lleve ayuda humanitaria de los centros de acopio, al igual que camiones no asociados al gremio mencionado anteriormente.
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¿Qué vehículos no deben pagar peajes en Colombia?
De acuerdo con la Ley 787 de 2002, el valor de las tasas y tarifas de peaje debe ser establecido por la autoridad competente, mientras que su recaudo corresponde a las entidades públicas o privadas encargadas de prestar el servicio.
La normativa también establece que las tarifas deben ser diferenciales y calcularse teniendo en cuenta factores como la distancia recorrida, las características de los vehículos y sus costos de operación. Además, para definir el valor de los peajes en las vías nacionales, las autoridades deben aplicar un criterio de equidad fiscal.
Estos vehículos no pagan peajes en Colombia:
- Motos.
- Vehículos del Cuerpo de Bomberos (oficiales y voluntarios)
- Ambulancias de la Cruz Roja y de hospitales oficiales
- Vehículos de la Defensa Civil
- Automotores de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional
- Vehículos del INPEC y de instituciones de policía judicial