Así puede pagar sus comparendos en Bogotá sin salir de casa; solo le toma algunos minutos
La Secretaría Distrital de Seguridad advirtió que, si no se pagan las multas en un plazo máximo de seis meses desde su imposición, el infractor enfrentará restricciones legales.
En la administración de Carlos Fernando Galán, las autoridades no han dudado en sancionar las malas prácticas ciudadanas, imponiendo multas y comparendos para frenar conductas que afectan la tranquilidad y el bienestar colectivo.
Acciones como colarse en TransMilenio, arrojar basura en el espacio público o no recoger los excrementos de las mascotas, entre otras, son castigadas y dan lugar a comparendos. Sin embargo, uno de los problemas que más incomoda a la ciudadanía son las largas filas y trámites para pagarlos, aunque ahora es posible saldarlos en minutos y sin salir de casa.
Así puede pagar comparendos con LICO
Desde el Distrito, junto con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SDSCJ), se implementó la plataforma LICO de Liquidación y Cobro, una herramienta que permite a la ciudadanía realizar los pagos en línea, convirtiendo el trámite en un proceso ágil, sencillo y seguro.
De acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, estos pagos se pueden efectuar siguiendo los siguientes pasos:
Digitar el número de documento y actualizar los datos.
Seleccionar la opción PAGO GOU – PSE.
Realizar el pago y recibir el comprobante en el correo electrónico.
Según datos de la actual administración, en 2025 el 49,4 % de los pagos de comparendos de convivencia se realizaron por PSE, lo que evidencia confianza ciudadana en la herramienta digital.
Por su parte, el secretario distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, César Restrepo, señaló: “Hoy los ciudadanos pueden cumplir con sus obligaciones de manera fácil, segura y transparente, sin intermediarios ni filas. Ponerse al día no solo evita sanciones adicionales, también es un compromiso con la convivencia y la seguridad en Bogotá”.
Herramienta LICO
Captura de pantalla
¿Qué pasa si no paga los comparendos en Bogotá?
De acuerdo con la Secretaría Distrital de Seguridad, si no se pagan las multas en un plazo máximo de seis meses desde su imposición, con los respectivos intereses, el infractor enfrentará restricciones legales hasta ponerse al día.
Entre las principales limitaciones están:
No podrá ser nombrado ni ascendido en un cargo público.
No podrá ingresar a escuelas de formación de la Fuerza Pública.
No podrá contratar ni renovar contratos con entidades del Estado.
No podrá obtener o renovar el registro mercantil en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) u otras cámaras de comercio.
No podrá obtener o renovar permisos de tenencia o porte de armas.
No podrá acceder a permisos otorgados por alcaldías para la venta de bienes.
No podrá realizar trámites en oficinas de tránsito y transporte.
No podrá acceder a mecanismos temporales de regularización definidos por el Gobierno nacional.
No podrá conmutar multas tipo 1 y 2 mediante programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia.
Así mismo, la Alcaldía de Bogotá hace un llamado a cumplir la normativa de convivencia y utilizar los canales oficiales para realizar los pagos correspondientes a las infracciones cometidas antes de enfrentar consecuencias legales más profundas.