Fallo salva a Bogotá de pagar más de $383.000 millones que reclamaba Fedemunicipios
La capital del país, en su defensa sostuvo que dicho porcentaje constituye una contraprestación derivada de la gestión operativa del sistema, y no un derecho automático sobre todos los recaudos.
La Alcaldía de Bogotá no tendrá que transferir el 10 % del recaudo por concepto de multas de tránsito a la Federación Colombiana de Municipios. Así lo determinó el Consejo de Estado que, en una decisión de segunda instancia, negó pretensiones de la agremiación que había demandado al distrito y a sus Secretarías de Hacienda y Movilidad.
La Federación reclamaba un monto superior a los $383.000 millones, de los cuales $225.000 millones correspondían a intereses de mora, alegando que desde 2002 el Distrito no había transferido los recursos que por ley le debía a través del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).
La capital del país, en su defensa sostuvo que dicho porcentaje constituye una contraprestación derivada de la gestión operativa del sistema, y no un derecho automático sobre todos los recaudos.
Además, señaló ante el alto tribunal que la Federación no había prestado un servicio efectivo en la administración de las multas distritales, las cuales son gestionadas directamente por la Secretaría de Movilidad.
Bogotá, capital de Colombia.
Foto: CATAM
Tras analizar las posturas, el Consejo de Estado ratificó la decisión que ya había emitido el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinando que dicho pago del 10 % no era obligatorio pues obedecía a una retribución por la gestión efectiva y no una renta automática.
Otro de los puntos plasmados en la decisión fue que las reclamaciones habían caducado, pues eran de antes del 1 de noviembre de 2015 habían prescrito al exceder el plazo legal de dos años para interponer la acción de reparación directa.
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Con esta sentencia, el Consejo de Estado pone fin a una disputa de más de siete años que enfrentó a la Federación de Municipios y al Distrito Capital por la interpretación del alcance financiero del SIMIT.
El alto tribunal, con ponencia del consejero William Barrera Muñoz, reiteró que la Federación sí conserva la facultad de administrar el sistema nacional de información, pero sus ingresos deben provenir exclusivamente de la gestión realizada en el marco de esa función, sin que pueda reclamar recursos por la actividad recaudadora propia de las autoridades locales.