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Validan en segunda instancia el principio de oportunidad otorgado a Daysuris Vásquez

El recurso de apelación había sido presentado por la defensa de Nicolás Petro, que buscaba suspender el beneficio a Vásquez alegando que ella había incumplido los compromisos pactados con la Fiscalía.

Day Vásquez.
Day Vásquez.
Suministrada.

La jueza Claudia Patricia Consuegra, del Circuito Penal de Barranquilla, confirmó la decisión de primera instancia que negó la solicitud de revocar el principio de oportunidad otorgado a Daysuris Del Carmen Vásquez, expareja sentimental de Nicolás Petro Burgos y en el que se acordó inmunidad parcial a cambio de declarar contra el hijo del expresidente y entregar pruebas de la presunta recepción de dinero durante la campaña de Gustavo Petro.

El recurso de apelación había sido presentado por el abogado Alejandro Carranza, defensa de Petro Burgos y de su pareja Laura Andrea Ojeda, quien buscaba suspender el beneficio a Day Vásquez alegando que había incumplido los compromisos pactados con la Fiscalía.

Sin embargo, el juzgado ratificó la decisión, basado en dos razones principales. La primera es que ni Petro Burgos, como coprocesado en la causa, ni Ojeda Estupiñán, como víctima, son competentes para solicitar la revocatoria de un beneficio otorgado a otra persona procesada.

Según explicó el despacho, el principio de oportunidad es una herramienta que corresponde de manera exclusiva a la Fiscalía, bajo la revisión del juez de garantías, y cualquier cuestionamiento sobre la credibilidad de quien recibe el beneficio debe plantearse en el juicio oral y no en este trámite.

Mientras tanto, la segunda razón fue la extemporaneidad de la solicitud. El despacho señaló que la prórroga del beneficio a Vásquez Castro fue avalada en enero de 2026 por un periodo de prueba de un año, es decir, vence en enero de 2027; luego, el momento adecuado para evaluar el cumplimiento de los compromisos es al finalizar ese plazo, no antes.

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La juez cree que los derecho de Ojeda están garantizados dentro del proceso independiente que se adelanta ante el Juzgado 23 Penal Municipal por el delito de violación de datos personales, distinto de la causa donde se discute el principio de oportunidad.

El juicio contra Nicolás Petro aún no inicia, pues se requiere que el Tribunal Superior de Barranquilla defina las apelaciones sobre más de 800 pruebas, presentadas por la Fiscalía y la defensa.

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