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Minsalud emite nuevas directrices para garantizar la entrega de medicamentos a pacientes

La cartera de Salud ordenó a EPS, gestores farmacéuticos y entidades territoriales reforzar los mecanismos de dispensación de medicamentos, garantizar entregas en máximo 48 horas y evitar barreras administrativas que afecten la atención de los usuarios.

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El Ministerio de Salud expidió una nueva circular con instrucciones dirigidas a las EPS, gestores farmacéuticos, prestadores de servicios y entidades de vigilancia, con el propósito de garantizar el suministro oportuno de medicamentos y proteger el derecho fundamental a la salud de los pacientes en Colombia.

El documento, fechado el 11 de mayo de 2026, establece lineamientos para las entidades del sistema de salud, incluyendo aquellas intervenidas por la Superintendencia Nacional de Salud, ante las constantes quejas por demoras, entregas incompletas y barreras en el acceso a tratamientos médicos.

Entre las principales medidas, el Ministerio reiteró que las EPS deben garantizar la entrega completa e inmediata de medicamentos y, en caso de presentarse pendientes, coordinar la entrega domiciliaria en un plazo máximo de 48 horas. Además, ordenó que las entidades cuenten con más de un gestor farmacéutico para evitar afectaciones por problemas de abastecimiento o incumplimientos en la dispensación.

La circular también establece que, si después de las 48 horas reglamentarias no se realiza la entrega, los pacientes podrán reclamar sus medicamentos a través de una red alterna de gestores o instituciones prestadoras de salud.

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Asimismo, el Gobierno exigió a las EPS mantener actualizada la información sobre entrega de medicamentos, fortalecer los mecanismos de seguimiento y monitoreo, y reportar oportunamente casos de escasez o desabastecimiento al Ministerio de Salud y al Invima.

El documento advierte además que las EPS no podrán utilizar trámites administrativos, auditorías o glosas como mecanismos para retrasar pagos a gestores farmacéuticos y prestadores de servicios, y deberán garantizar un flujo oportuno de recursos para evitar afectaciones en la atención de los usuarios.

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Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud deberá reforzar las acciones de inspección, vigilancia y control frente a las entidades que incumplan con la entrega de medicamentos, especialmente en casos relacionados con menores de edad, pacientes crónicos y poblaciones especiales. La entidad también podrá imponer sanciones y trasladar hallazgos a la Fiscalía General de la Nación cuando identifique posibles irregularidades.

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