Actualizado: 28 de abr, 2016
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a los matrimonios a distancia que se realizan a través de plataformas virtuales.
“En esencia, el matrimonio por internet como tal no existe si no está acompañado por la figura de la representación, es así como la ley 57 de 1990 establece que puede celebrarse el matrimonio no estando presente alguno de los contrayentes”, puntualizó Gutiérrez.
Para que sea legal un matrimonio virtual en Colombia, los interesados deben designar un apoderado para que se presente frente a un juez civil y lleve a cabo la boda. Por tal razón deberán conectarse el notario, los novios y los apoderados para llevar a cabo la ceremonia.