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Todo lo que debe saber sobre el pico y cédula que regirá en Bogotá desde este lunes 21 de diciembre

Además, tenga en cuenta que solo se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para realizar compras.

Coronavirus en Bogotá
Coronavirus.
Foto referencia AFP

Desde este lunes 21 de diciembre hasta el 15 de enero de 2021 vuelve el pico y cédula en Bogotá. Así lo informó la alcaldesa Claudia López a través de una publicación en su cuenta de Twitter, luego del aumento de contagios y fallecimientos reportados en la capital del país en los últimos días.

En el decreto 293 emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá se detalla que solo un miembro de cada familia podrá salir a adquirir bienes y servicios.

Este es el abecé del pico y cédula en Bogotá:

¿Durante cuánto tiempo aplicará la medida?

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A partir de las 00:00 horas del 21 de diciembre de 2020, hasta las 00:00 horas del 16 de enero de 2021.

Ingreso a establecimientos según el último número de su cédula

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En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termine en dígito par y en los días pares podrán acceder las personas cuya cédula termine en impar.

Excepción a la medida en caso que se presenten los siguientes casos:

a) Servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.

b) La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.

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c) Al personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud, pero debidamente identificados.

d) Distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el decreto nacional 1521 de 1998.

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¿Qué actividades están incluidas en el pico y cédula?

Ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano en entidades públicas y, prestación de cualquier otro tipo de servicios.

¿Qué actividades están excluidas del pico y cédula?

Prestación de servicios de salud, farmacia y servicios funerarios.

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