Empleados no tendrán que trabajar el día de su cumpleaños: Ley les daría permiso
Un proyecto de ley haría que trabajadores de empresas públicas y privadas tengan un día libre remunerado en su cumpleaños.
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Sin duda, para millones de personas el día de cumpleaños resulta ser un día sagrado, un día especial, ya sea para compartir con su familia, pareja, amigos o simplemente para tomarse un tiempo para sí mismo. Sin embargo, cuando esta fecha cae en día laboral, para algunos puede ser triste al no poder disfrutarlo como muchos quisieran.
Ante esa situación, los congresistas del Pacto Histórico y aliados como Gabriel Ernesto Parrado Durán, Erick Adrián Velasco Burbano, Alirio Uribe Muñoz, Gabriel Becerra Yañez, Eduard Sarmiento Hidalgo y Juan Pablo Salazar Rivera lanzaron un proyecto de ley que busca asegurar un día compensatorio por cumpleaños.
Esta iniciativa propone modificar el Código Sustantivo del Trabajo, así como las normas laborales actuales, lo que permitiría que los empleados de empresas públicas y privadas en el país puedan tener un día libre remunerado en su cumpleaños.
El proyecto de ley garantizaría a los empleados de Colombia disfrutar de un día remunerado por su cumpleaños, ya sea el mismo día o en otra fecha dentro del mismo mes, siempre y cuando haya sido solicitado previamente.
Según lo indica la propuesta, este beneficio no se puede acumular ni sumar con vacaciones, licencias o calamidades domésticas. Así mismo, si coincide con otra licencia o periodo de descanso, se podrá disfrutar en el mes siguiente. Por otro lado, este día no podrá convertirse en pago económico en caso de no ser utilizado.
Según lo señalado en el artículo 2.2.1, la iniciativa busca fortalecer el bienestar del trabajador, además de convertirse en un plus en la motivación, ya que es una señal de reconocimiento a una fecha importante para muchos.
Por su parte, el proyecto también resalta los beneficios que podrían obtener las empresas al aplicar este tipo de medidas. Se destacan los siguientes:
El proyecto no contempla sanciones específicas. El cumplimiento recaería en las empresas y entidades públicas y privadas, que deberán ajustar sus reglamentos internos. Sin embargo, aquellas que incumplan con la entrega del día compensatorio se expondrían a reclamaciones laborales que podrían derivar en fuertes sanciones.