Desde el domingo 16 de julio, la Ley 2101 de 2021 entró en vigencia en Colombia: esta ley establece una reducción de la jornada laboral semanal sin afectar el salario de los trabajadores y al respecto el viceministro de Trabajo, Edwin Palma, aclaró las dudas sobre la nueva legislación.
Mañanas Blu: ¿Qué cantidad de inquietudes están recibiendo ustedes en el Ministerio de Trabajo?
Edwin Palma: Muchas, muchas inquietudes porque recordemos que esta norma que empezó a regir a las 0 horas de ayer tiene dos años de vigencia, entonces durante dos años hemos recibido muchas consultas de empresas, de sindicatos, de trabajadores, las hemos venido respondiendo, nos hemos venido reuniendo con los gremios, con las empresas, con gremios en los que va a haber sin duda alguna una necesidad de reorganizar el trabajo. Han sido dos años muy intensos, obviamente en este último periodo de este nuevo gobierno también hemos cumplido esa norma y creemos que tenemos claro cuáles van a ser las principales inquietudes para resolver en esta nueva aplicación.
Mañanas Blu: ¿Cuántas personas en Colombia hoy del universo de trabajadores formales, ¿cuántas trabajan 48 horas que van a pasar a 47 horas a la semana?
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Edwin Palma: Bueno, ese es un dato que aproximadamente se estima que son 8 millones de trabajadores de los 11 millones de trabajadores formales. En razón a que muchos trabajadores del sector privado o trabajadores del sector público a quienes se les aplican las normas de derechos privados ya tienen jornadas de trabajo inferiores a las 48 horas, producto o de convenios colectivos, es decir, de la negociación colectiva con sindicatos o producto de formas de organización unilaterales que han hecho las respectivas empresas. Es decir, la inmensa mayoría de los trabajadores todavía está en el tema de 48 horas.
Mañanas Blu: ¿Y qué debe pasar a partir de hoy? Técnicamente, quienes están escuchando esta entrevista van a su trabajo y dicen, bueno, yo me quiero bajar a 47.
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Edwin Palma: Debería ser una, es decir, las empresas si lo han hecho, lo reconocemos, es decir, muchas empresas han sacado comunicados, han dicho a partir del lunes vamos a empezar a trabajar así o menos tiempo diario o al final de la semana. Si trabajan los sábados, reducen una hora, si trabajan de lunes a viernes, porque también se puede acomodar esta norma de lunes a viernes, la reducen una hora y se estará anticipando de cara al próximo año que ya serán dos horas y así sucesivamente como ya lo establece la ley. En muchos sectores, como ya lo mencioné, muchas empresas ya trabajan menos de 48 horas. En principio, esta medida del primer año no les va a impactar, les va a impactar cuando se cruce, es decir, cuando la ley sea más favorable a esa norma que tengan en la capital.
Mañanas Blu: Si un trabajador trabaja menos horas, una hora, hora después, dos horas menos, seis horas menos en total, ¿eso quiere decir que se encarece la hora de trabajo?
Edwin Palma: Pues por un ejercicio de primera matemática simple, sí, es decir, porque usted tiene el valor del salario, antes lo dividía entre 48, ahora lo divide entre 47, el otro año 46 y así sucesivamente, la hora trabajada tiene un leve incremento para efectos de qué? De calcular los recargos nocturnos, dominicales y las horas extras, para quienes trabajen en trabajo nocturno, en horas extras y recargos dominicales.
Mañanas Blu: Me quisiera poner un ejemplo con ese tema de cómo cambia la liquidación de horas extras o de jornadas dominicales y festivos.
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Edwin Palma: Claro, porque ahorita toca coger, antes cogíamos 48 horas, ahorita toca 47, multiplicarlo, el factor multiplicador para nosotros como Ministerio, ya hemos emitido varios conceptos sobre eso, el 4.43 en razón a que ese es el número promedio de cualquier mes sin perjuicio de las semanas, eso nos arroja un valor y ese valor es el que se divide el salario sobre ese valor, que arroja el valor de acuerdo al número de salarios que tenga, porque si el salario es el salario mínimo, la hora vale menos, nosotros en nuestros conceptos hemos utilizado un salario promedio de dos millones para que sea una cifra redonda y nos permita tener claridad en este cálculo de horas extras, recargos dominicales y recargos nocturnos.
Mañanas Blu: Viceministro, quienes tienen que trabajar obligatoriamente los domingos, por ejemplo, las personas dedicadas a labores de celaduría, ¿se afectan en algo con este cambio, esta reducción de la jornada laboral de 48 a 47 horas?
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Edwin Palma: Bueno, esa es una muy buena pregunta y creo que hay que hacer dos presiones. Uno, los trabajadores de la seguridad privada, de la vigilancia, tienen una ley especial, que es la ley de vigilante. Ellos están exceptuados de los límites de la jornada de trabajo, al margen de si eso está bien o no está bien, ellos tienen hoy una ley y esa ley, pues, obviamente se respeta. Lo segundo, obviamente, hay actividades como estas que trabajan 24 a 7 y en virtud de ello, pues, es imposible suspender una actividad por una, por dos o por tres horas. Lo que va a haber allí es un incremento en el trabajo suplementario que a su vez a estas empresas se les fue adaptado vía decreto por parte del Ministerio de Defensa la tarifa con la cual se presta este servicio en tanto en entidades públicas como en el sector privado.
Mañanas Blu: Claro, ¿quiénes y cuáles empresas están exceptuadas entonces?
Edwin Palma: No, hoy básicamente, es decir, la única actividad que está exceptuada es esta de vigilancia porque como ya lo señalé, tiene una norma especial.
Mañanas Blu: Viceministro, pensemos en una persona que, no sé, se gane un millón 500 mil pesos, ¿qué va a pasar? Esa persona va a empezar a trabajar 47 horas a la semana a partir de este momento, hasta la semana anterior trabajaba 48 horas a la semana. ¿Qué va a pasar con su salario, con sus vacaciones, con su prima, con sus aportes a pensión, inclusive las semanas que, pues, digamos, las cotizaciones al sistema pensional se hace en términos de semanas?
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Edwin Palma: Va a seguir ganando y exactamente, no va a haber ninguna desmejora por una expresa prohibición de la ley, también la misma ley 2021 dice, no se va a desmejorar ni la hora trabajada, ni su salario, ni sus derechos adquiridos. Entonces, a ese trabajador, en este caso en particular, del ejemplo que me pones, no va a tener ninguna desmejoramiento, simplemente pues va a dejar de trabajar 48 horas y va a empezar a trabajar este año 47.
Mañanas Blu: Viceministro, en tres años, como dice usted, vamos a llegar a 42 horas a la semana, ¿en ese momento podríamos llegar a pensar en, no sé, hacer esas 42 horas en cuatro días, es decir, lunes, martes, miércoles y jueves y descansar viernes y fin de semana? ¿Ese tipo de cosas pueden llegar a ocurrir bajo el amparo de esta ley?
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Edwin Palma: Mire, que esa es una pregunta muy interesante. Claro que sí. Es decir, incluso muchas empresas se han venido adaptando a esta nueva modalidad que ha jugado en el mundo. Es decir, porque recordemos que la reducción de jornada de trabajo, pues nosotros nos estamos acercando con esta ley de forma progresiva, de forma paulatina a los estándares internacionales. Desde 1935 tenemos un convenio internacional que sugiere trabajar 40 horas y la mayoría de países están en esa línea. Entonces aquí hay experimentos colombianos. Anoche he compartido varios en mi cuenta de Twitter donde de empresas colombianas que han venido adaptando esta jornada a cuatro días, conforme a estas experiencias internacionales, con aumentos en la productividad hasta el 90%. Entonces eso también es una invitación y una oportunidad para que las empresas, sus administradores, sus gerentes, ojalá acordado con los trabajadores, como lo sugiere la misma ley, puedan establecer turnos de trabajo y mejores formas de trabajar para que haya más calidad de vida de los trabajadores y obviamente aumento de productividad.
Mañanas Blu: viceministro, me preguntan, oyentes, si trabajan de lunes a domingo, digamos, descansan un día la semana siguiente, ¿es ahora se les puede descontar el domingo a pensar que tiene implicaciones distintas o se tiene que descontar de lunes a sábado?
Edwin Palma: De lunes a sábado o de lunes a viernes, de acuerdo a cómo está organizada en la respectiva empresa, porque la norma permite adaptar la jornada de trabajo de lunes a viernes, incluso extendiendo una hora más el trabajo sin lugar a trabajo a pago de horas extras o de lunes a sábado, pero no se le puede descontar sin duda alguna del día.
Mañanas Blu: Viceministro, si de todas formas tengo que trabajar mis 48 horas a la semana, porque el oficio que tengo demanda ese tiempo, ¿qué pasa con esa hora adicional? ¿Cómo me la deben pagar con la hora 48?
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Edwin Palma: Como una hora de trabajo suplementario, una hora de trabajo extra hoy con un recargo del 25%.
Mañanas Blu: ¿qué pasa con el Día de la Familia?
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Edwin Palma: Bueno, esta también es una buena pregunta, porque esta norma en su artículo 6º estableció la exoneración para el Día de la Familia y también para dos horas de recreación, cultura, capacitación y deporte que estaban previstas.
Mañanas Blu: ¿Exoneración o eliminación? Dice, el término que utiliza la norma es exoneración.
Edwin Palma: ¿Exoneración a las empresas? A las empresas. Pero, es decir, ¿Le rebajan de 48 a 47 y nos quitan a los trabajadores el Día de la Familia? Le quitan el Día de la Familia una vez esté aplicada la reducción a 42 horas.
Mañanas Blu: ¿Y eso es a partir de cuándo? En el 2026.
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Edwin Palma: Ah, pero no este año. No, no es este año. Incluso la misma norma, el artículo 6º señala, dice, esta norma pues aplicará una vez esté aplicada la reducción de la forma de... O sea, este semestre, segundo semestre del año 2020, estamos 2023, ¿verdad?
Mañanas Blu: Este segundo semestre, ¿tenemos Día de las Familias?
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Mañanas Blu: Si tengo una empleada que usualmente trabaja horas extras, ¿puede seguir laburando las 48 y pago esa hora adicional como extra?
Edwin Palma: Sí se puede. También esto me permite precisar una cosa. El trabajo en horas extras es un trabajo que debe ser autorizado por el Ministerio del Trabajo, en razón a dos horas diarias, máximo 12 semanales. Con autorización del Ministerio del Trabajo, un trámite que se adelanta con mucha facilidad, obviamente previa a la presentación de algunos requisitos en todas nuestras oficinas. Pero, en principio, las horas extras deben ser autorizadas por el Ministerio del Trabajo.