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Caso Luz Mery Tristán: abogado explica porqué buscaban que fuera considerado feminicidio agravado

En esta última audiencia se determinó que el feminicida deberá pagar más de 40 años de cárcel.

Andrés Ricci, condenado feminicida de Luz Mery Tristán
Fiscalía / Tomado de redes sociales.

La defensa de la familia de Luz Mery Tristán recibió con conformidad la decisión de segunda instancia que dejó en 500 meses de prisión la condena contra Gustavo Andrés Ricci por el asesinato de la reconocida deportista colombiana.

Así lo explicó en Recap Blu el abogado Luis Hernán Valero, quien señaló que el objetivo de la representación de víctimas siempre fue demostrar que se trató de un feminicidio agravado y no de otra modalidad de homicidio.

“Lo que siempre se pretendió es que fuera un feminicidio agravado”, aseguró el abogado.

Valero explicó que la reducción de la pena, que pasó de 525 a 500 meses, obedeció a la aplicación del artículo 61 del Código Penal y a la dosificación realizada por el tribunal. Sin embargo, destacó que la decisión mantuvo la calificación del crimen como feminicidio agravado.

“Lo más importante y por eso nosotros estamos de acuerdo con la decisión es que quedó plenamente demostrado, y así también lo ratificó el tribunal en segunda instancia, es que fue un feminicidio agravado”, afirmó.

Andrés Ricci y Luz Mery Tristán
Andrés Ricci y Luz Mery Tristán
Redes sociales

Las pruebas contra el feminicida

Según el abogado, durante el proceso se logró establecer que Ricci actuó con intención de matar y puso a Tristán en un estado de indefensión.

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Uno de los aspectos centrales del proceso estuvo relacionado con el comportamiento que, según las pruebas presentadas en juicio, el condenado habría mantenido durante años con Luz Mery Tristán. Valero mencionó testimonios, pruebas periciales y conversaciones encontradas en el iPad de la deportista como elementos que permitieron documentar episodios de violencia.

“La amenazaba permanentemente, la cohibía de ser, de ser mujer, de ser ella”, sostuvo el abogado, quien agregó que también se demostró que la habría obligado a cambiar aspectos de su vida cotidiana y restringido sus relaciones personales.

De acuerdo con su relato, las pruebas periciales no encontraron alcohol ni drogas en Tristán y los análisis sobre el arma utilizada establecieron que debía ser accionada tiro a tiro.

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“Los peritos demostraron que la pistola que usaba tenía que percutar tiro a tiro, lo que demostró pues que lo que quiso fue dispararle a ella”, señaló Valero.

En cuanto al delito relacionado con la tenencia de armas de fuego, explicó que en segunda instancia fue retirado de la condena luego de que se acreditara la existencia de permisos para las armas y se aplicara el principio de in dubio pro reo.

Sobre el desarrollo del proceso judicial, Valero destacó el trabajo realizado por la Fiscalía y la representación de las víctimas. También sostuvo que durante el caso la defensa presentó argumentos que no fueron acogidos por los tribunales.

Para la familia de Luz Mery Tristán, el fallo representa el cierre de una etapa especialmente difícil del proceso judicial. Valero explicó que los familiares tuvieron que volver a escuchar durante las audiencias los detalles de los hechos y las pruebas presentadas.

Finalmente, Valero hizo un llamado a las mujeres que puedan estar atravesando situaciones de violencia física o psicológica. A partir de su experiencia en este caso, recomendó prestar atención a las señales de alerta y denunciar las agresiones.

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