La Corte Constitucional le ordenó a la
“La entrega de esa información resulta relevante para la efectividad de otros derechos fundamentales de la accionante, como lo son la seguridad e integridad personal, de manera que la respuesta por parte de la entidad deberá realizarse en el menor tiempo posible, y ser íntegra y completa”, expone el fallo.
En el documento también le ordenaron a la entidad de protección que elimine la información que repose en las bases de datos vinculada a la georreferenciación de los carros que le fueron asignados a la periodista, salvo aquella que sea estrictamente necesaria para cumplir con los mandatos constitucionales.
Dentro de esa orden, la UNP deberá informarle a la periodista cuáles son los datos que no se pueden eliminar, pero, además, el director de la entidad deberá iniciar una actuación administrativa para devolverle el esquema de seguridad, a partir de la verificación de su actual nivel de riesgo.
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Por su parte, la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) aseguró que “la Corte Constitucional le ordena a la UNP entregar la información recopilada por GPS a la periodista Julieta Duque, pero declara que instalar un GPS en su vehículo de protección no violó sus derechos”.
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