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JEP concede la libertad a Benito Molina, expresidente del fondo ganadero de Córdoba

Estaba preso y condenado por un despojo de tierras en el Urabá antioqueño

Logo de la Justicia Especial de Paz // Imagen: cortesía JEP
Logo de la Justicia Especial de Paz // Imagen: cortesía JEP

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEPotorgó la libertad aBenito Molina Velarde, condenado por los delitos de concierto para delinquir y desplazamiento forzado por sus nexos con grupos paramilitares.

La Sala consideró que la información aportada por Molina Velarde a la JEP “supera inicialmente los hechos por los cuales fue investigado y condenado por la jurisdicción ordinaria, aporta relato acerca del contexto de conflicto, y los intereses de la Autodefensas Unidas de Colombia no solo en la cooptación del Fondo Ganadero de Córdoba sino en las grandes inversiones estratégicas”, señala un comunicado de la jurisdicción.

Inclusive, la JEP estimó que el compareciente “describe preliminarmente las redes de apoyo político local y regional del grupo armado ilegal para la concreción del plan criminal y el fortalecimiento del proyecto paramilitar”.

Benito Molina fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión por los delitos de destrucción y apropiación de bienes protegidos, deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil, lavado de activos agravado y concierto para delinquir agravado, condena que cumple en la cárcel La Picota de Bogotá.

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Entre 1994 y 1998, Vicente y Carlos Castaño Gil, exjefes máximos de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) junto con el Fondo Ganadero de Córdoba despojaron y sacaron de sus tierras a 130 familias campesinas de más de 105 predios de la región de Tulapas. Benito Molina fue el presidente del Fondo Ganadero de Córdoba entre 1997 y 2007.

Benito Molina deberá profundizar sus aportes a la verdad plena sobre las finanzas y el proyecto de inversiones del grupo paramilitar en conjunto con el Fondo Ganadero de Córdoba. Esta información deberá suministrarla dentro del caso 04 de la JEP, que trata de la 'Situación territorial de Urabá'.

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Finalmente, la Sala aclaró que el compareciente no podrá salir del país sin previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz y advirtió a Benito Molina que el beneficio tiene una naturaleza provisional, lo que implica que puede ser revocado en caso de que incumpla las obligaciones contraídas o los compromisos asumidos de verdad, reparación y no repetición.

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