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Juez legalizó captura de dos hombres vinculados al caso de Yulixa Toloza en Cúcuta

Durante la audiencia, la defensa solicitó no legalizar el procedimiento al alegar presuntas irregularidades por parte de funcionarios judiciales y de policía judicial.

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El Juzgado Quinto Penal Municipal con función de control de garantías de Cúcuta legalizó la captura de Jesús Hernández Morales y Kelvis Sequera Delgado, vinculados a la investigación por la desaparición de Yulixa Toloza. Uno de los detenidos es tío de María Fernanda Delgado, propietaria del consultorio estético señalado en este caso. Ambos fueron capturados luego de intentar recoger el vehículo negro presuntamente utilizado para movilizar el cuerpo de la víctima y trasladar a los supuestos implicados hacia el norte del país.

La Fiscalía los vincula inicialmente por los delitos de encubrimiento por favorecimiento y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, además de desaparición forzada. Según la investigación, tras la salida de María Fernanda Delgado desde Bogotá en el automotor involucrado, la mujer habría contactado a los hoy procesados para que retiraran el vehículo de un garaje ubicado en Norte de Santander, ofreciéndoles 800 mil pesos para cubrir gastos de transporte, alimentación y hospedaje.

Durante la audiencia, la defensa solicitó no legalizar el procedimiento al alegar presuntas irregularidades por parte de funcionarios judiciales y de policía judicial. Según expusieron, los hombres inicialmente fueron retenidos cuando acudieron a reclamar el vehículo; posteriormente, quedaron en libertad y pasaron la noche en un hostal mientras, según indicaron, colaboraban con las autoridades. Al día siguiente se hicieron efectivas las órdenes de captura.

Sin embargo, el juez concluyó que los cuestionamientos planteados por la defensa no desvirtuaban la legalidad del procedimiento. “Los cuestionamientos planteados frente al procedimiento de captura bajo orden judicial no desvirtúan su legalidad”, señaló el togado, quien indicó además que no se acreditó una privación ilegal de la libertad desde el 17 de mayo ni una vulneración de los términos constitucionales. También sostuvo que existían registros documentales y fotográficos que demostraban que los indiciados permanecieron hospedados en un hostal y no recluidos en un centro de detención antes de la captura formal, ejecutada el 19 de mayo de 2026.

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