Niña de 10 años ganó tutela en la Corte y frena régimen de visitas de su padre biológico
La historia corresponde a una niña que interpuso una tutela contra un juzgado porque la obligaban a ver constantemente a su papá, a quien no conocía.
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La Corte Constitucional le dio la razón a una niña de 10 años que presentó una tutela contra el régimen de visitas de su padre, impuesto por un juzgado de familia. La menor argumentó que no se tuvo en cuenta su opinión y que la obligaban a recibir visitas de quien considera un extraño.
La historia corresponde a una niña que interpuso una tutela contra un juzgado porque la obligaban a ver constantemente a su papá, a quien no conocía. La Corte Constitucional le dio la razón y sentó un precedente en materia del régimen de visitas de los padres biológicos a sus hijos.
El alto tribunal, mediante la Sentencia T-350 de 2025, con ponencia del magistrado Miguel Efraín Polo, resolvió el caso de “Luciana”, una niña de 10 años que pedía ser escuchada frente al régimen de visitas fijado por un juez de familia en favor de su padre biológico, a quien no conoce.
La Corte señaló que el derecho de los menores a ser oídos en procesos que los afectan es de carácter fundamental y debe ejercerse de acuerdo con su nivel de madurez.
Además, determinó que las autoridades judiciales habían desconocido la voz de la niña al imponer visitas sin garantizar su participación efectiva ni valorar el impacto emocional que estas podrían tener.
Con esta decisión, la Corte Constitucional reafirma su jurisprudencia sobre la protección integral de la niñez y el deber de escuchar su voz como criterio esencial en los litigios de familia.