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¿Se puede manejar en Colombia con una licencia de conducción de otro país?

La Secretaría de Movilidad emitió un comunicado explicando las regulaciones para extranjeros que deseen conducir en Colombia con una licencia expedida en otro país

Retén policial.jpg
Retén policial
Foto: AFP

Cuando cualquier extranjero llega a Colombia es normal que no conozca por completo la normatividad del país y tenga varias preguntas, como, por ejemplo, si la licencia de conducción es válida en el territorio para conducir.

En ese sentido, la Secretaría de Movilidad emitió un comunicado explicando las regulaciones para extranjeros que deseen conducir en Colombia con una licencia expedida en otro país y aclarar así cualquier duda respecto a este tema.

Requisitos licencia de conducción extranjeros en Colombia


Según la secretaría, los extranjeros pueden conducir en Colombia siempre y cuando su licencia esté vigente y no exceda los 6 meses de permanencia en el país, a menos que se trate de migrantes venezolanos con condición migratoria regular.

En el caso de los migrantes venezolanos, la validez de la licencia de su país de origen se extiende únicamente por 6 meses, siempre y cuando cuenten con el Permiso Especial de Permanencia (PEP) o pasaporte.

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Ahora, para los extranjeros en general, si la licencia supera ese término de los seis meses, los ciudadanos nacidos en países como España, la República de Perú y República de Corea, con los cuales Colombia tiene convenios, podrán solicitar el reconocimiento de su licencia de conducción extranjera, cumpliendo con los requisitos establecidos en la resolución 1244 del 3 de abril de 2019.

Por otro lado, para aquellos extranjeros cuyos países no tengan convenio con Colombia, o para ciudadanos venezolanos que hayan superado el tiempo de temporalidad, deberán solicitar una licencia de conducción por primera vez, cumpliendo con los requisitos establecidos por las normas vigentes.

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Asimismo, la secretaria dio a conocer los requisitos y procedimientos para el reconocimiento de una licencia de conducción extranjera en casos donde haya superado los 6 meses de permanencia en Colombia.

Esto incluye el registro en el RUNT, la presentación de la licencia de conducción extranjera, copia de la cédula de extranjería y el formato de solicitud de reconocimiento.

Es importante destacar que si la licencia está en un idioma diferente al oficial de Colombia, se debe adjuntar una traducción oficial al idioma castellano, autenticada por un notario público y apostillada y/o legalizada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El reconocimiento de una licencia de conducción extranjera estará sujeto a las regulaciones del país de origen y será igual al reconocimiento de la licencia expedida en dicho país. Además, el trámite para la renovación o expedición de un duplicado de la licencia de conducción extranjera en Colombia deberá cumplir con los requisitos establecidos por la resolución 12379 de 2012.

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