Congreso limita facultades de la JEP en materia de extradición
Comisiones primeras avanzan en primero de tres debates de ley de procedimiento de la JEP.
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Tras varias demoras en la discusión del proyecto de ley que creará el Código de Procedimiento de la Jurisdicción Especial de Paz, este martes finalmente las comisiones primeras conjuntas lograron destrabar la votación avalando artículos como el que limita las facultades en materia de extradición en esa justicia especial.
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Se trata del artículo 53 que establece que “la Sección de Revisión podrá decretar y practicar únicamente las pruebas que sean estrictamente necesarias y pertinentes para establecer la fecha de comisión de la conducta”.
El ponente de esta iniciativa, el representante Hernán Penagos, explicó que se limitan esas facultades exclusivamente a que se puedan decretar pruebas para determinar la ocurrencia de los hechos, evitando además que la JEP pueda suspender cualquier proceso de extradición, como ocurrió en el caso de Jesús Santrich.
“No pueden decretar pruebas, por ejemplo, para determinar la conducta p responsabilidad de quien sea solicitado en extradición. Eso no le compete a la JEP, que solo podrá establecer si los hechos ocurrieron antes o después del primero de diciembre del 2016”, dijo Penagos.
Con este avance, el proyecto podría sea aprobado en su primer debate y sería discutido la próxima semana en las plenarias de Senado y Cámara.