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Consejo de Estado suspende reconocimiento del sombrero de Carlos Pizarro como patrimonio cultural

La Sección Primera del alto tribunal señaló, de manera preliminar, que el Ministerio no habría cumplido el procedimiento establecido por la ley.

Sombrero de Carlos Pizarro Leongómez fue reconocido como patrimonio cultural
Consejo de Estado suspende reconocimiento del sombrero de Carlos Pizarro como patrimonio cultural.
Foto: Presidencia

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos jurídicos de la Resolución 218 de 2024, mediante la cual el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes había reconocido como Patrimonio Cultural de la Nación el sombrero que perteneció a Carlos Pizarro. La medida también deja en pausa su inscripción en el registro nacional mientras avanza el proceso judicial que estudia la legalidad de la decisión.

La Sección Primera del alto tribunal señaló, de manera preliminar, que el Ministerio no habría cumplido el procedimiento establecido por la ley para declarar un bien como patrimonio cultural.

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Según la decisión, este trámite contempla la inclusión del objeto en la Lista Indicativa de Candidatos, su evaluación y el concepto previo favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, entre otros requisitos.

Uno de los principales cuestionamientos está relacionado con la competencia del ministro para expedir la resolución. El Consejo de Estado consideró preliminarmente que no contaba con la facultad legal para ‘reconocer’ el sombrero mediante una resolución ordinaria y precisó que la administración debe aplicar el procedimiento de Declaratoria de Bien de Interés Cultural.

El Gobierno nacional había sustentado la decisión en el valor histórico de la prenda, utilizada por Pizarro durante la firma del acuerdo de paz de marzo de 1990 con el M-19. Posteriormente, el sombrero fue entregado en Estocolmo al expresidente de la República, Gustavo Petro. Lo que representó un símbolo de paz y de identidad histórica, y su reconocimiento fue relacionado con el eje de Paz Total del Plan Nacional de Desarrollo.

La demanda contra la resolución también cuestionó otros aspectos administrativos. Entre ellos se encuentran la presunta falta de competencia para expedir el acto, la utilización de normas que, según los demandantes, ya habían sido derogadas y la falta de publicación en la Imprenta Nacional. Estos asuntos serán analizados dentro del proceso de nulidad que adelanta la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

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Lo que estudia el Consejo de Estado es si la actuación del Ministerio de las Culturas se ajustó al ordenamiento jurídico. La demanda fue admitida formalmente el 4 de marzo de 2025 y el proceso continuará hasta que se adopte una decisión de fondo.

La suspensión decretada por el tribunal es provisional y, por ahora, no determina si el sombrero será reconocido definitivamente como Patrimonio Cultural de la Nación. En el auto, el magistrado ponente también reconoció la personería jurídica del abogado que representa al Ministerio y ordenó devolver el expediente al despacho una vez la providencia quede en firme.

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