El alto tribunal le dio la razón a la madre de un soldado que murió por inmersión durante una práctica de entrenamiento mientras prestaba el servicio militar obligatorio en la Armada Nacional, en Coveñas, Sucre.
Según el expediente, la mujer presentó varios derechos de petición para conocer el estado del reconocimiento y pago del seguro de vida de su hijo, así como los avances del proceso disciplinario relacionado con presuntas omisiones de funcionarios encargados del trámite.
Sin embargo, denunció no haber recibido respuestas claras por parte de todas las autoridades involucradas. Varias entidades del sector defensa fueron interrogadas por la madre del soldado, y de las diez preguntas formuladas, tres entidades dieron respuesta dentro de los términos legales, razón por la cual la Corte Constitucional aseguró que estas no vulneraron el derecho fundamental invocado.
Para el alto tribunal, esta omisión evidenció además una falta de coordinación entre las distintas dependencias, que debieron comunicarse entre sí para garantizar una respuesta integral y de fondo.
La Corte Constitucional es clara en señalar que el derecho de petición comprende no solo la facultad de presentar solicitudes respetuosas, sino también el deber de las autoridades de responder de manera eficaz y sin dilaciones indebidas.