Esta demanda señala que la activación de la cláusula, prevista en el parágrafo 2 del artículo 60 de la Ley 2155 de 2021, solo puede utilizarse en caso de eventos extraordinarios que comprometan la estabilidad macroeconómica del país, como desastres naturales o crisis excepcionales.
Sin embargo, Pedro Nel Ospina argumenta que el Gobierno usó este mecanismo para anticipar un incumplimiento de las metas fiscales y eludir los ajustes exigidos por el artículo 13 de la Ley 1473 de 2011.
La demanda destaca que la medida no responde a un evento sobreviniente ni imprevisto, sino a un desequilibrio fiscal estructural generado por la gestión gubernamental reciente.
Según el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2025, el rezago presupuestal pasó de $34,9 billones en 2023 a $63,2 billones en 2024, equivalentes al 3,7 % del PIB, sin que se adoptaran medidas para corregir este deterioro como ordenan las normas presupuestales.
En concepto del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF), citado en la demanda, “no existe explicación suficiente para invocar la cláusula de escape en la actual situación fiscal”, pues el principal desbalance que afecta la estabilidad macroeconómica es precisamente el déficit fiscal acumulado, generado por la falta de acciones correctivas.
El demandante solicitó al alto tribunal decretar la suspensión provisional de la activación de la cláusula mientras se decide de fondo la legalidad del acto.