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JEP evaluará sanción a 'Zeus', tras ser capturado con material de guerra en Norte de Santander

Juan Carlos Rodríguez Agudelo, alias 'Zeus', fue detenido junto a otras cuatro personas, tres de ellas con antecedentes penales, en zona montañosa de Mutiscua, una población nortesantandereana.

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Imagen: cortesía JEP

Juan Carlos Rodríguez, conocido con el alias de 'Zeus', es un mayor en retiro que se encuentra compareciendo ante la JEP en el que caso que investiga los falsos positivos, recientemente también fue llamado para que entregue información sobre ejecuciones extrajudiciales en el Valle del Cauca.

Sin embargo, hace algunos días alias 'Zeus' fue capturado en Norte de Santander.

Según el general William Salamanca, director de la Policía Nacional, Juan Carlos Rodríguez Agudelo fue detenido junto a otras cuatro personas, tres de ellas con antecedentes penales, en zona montañosa de Mutiscua, una población nortesantandereana.

Tras lo sucedido, la JEP ha decidido evaluar la posibilidad de sancionarlo, en un proceso que incluso podría llevarlo a la expulsión.

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“El 16 de abril de este año, el señor Rodríguez Agudelo allegó un escrito en el que ofreció explicaciones sobre los hechos, afirmando que su captura estuvo ligada a un procedimiento policial ilegal. En el mismo documento se informó que las audiencias de legalización de captura, imputación y medida de aseguramiento se adelantaron ante un juez de control de garantías de Pamplona, Norte de Santander”, señala el auto de la JEP.

Ante esta situación, la Sala de Reconocimiento de Verdad decidió abrir el incidente de incumplimiento a Zeus, con el fin de evaluar si incumplió sus compromisos ante la jurisdicción.

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“Por medios de comunicación nacionales, y por lo que el señor Juan Carlos Rodríguez Agudelo informó por medio de escrito del 16 de abril de 2024, se tuvo conocimiento de la aparente comisión de conductas delictivas por parte del ciudadano, dentro de las cuales podría estar las de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones de uso restringido, de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos (delito contra la seguridad pública que estaría incluido en lo dispuesto en el artículo 20 de la ley 1957). Así las cosas, y atendiendo a las normas citadas, es deber de esta Sala abrir incidente para confirmar la veracidad de lo informado y, por tanto, para verificar el cumplimiento del régimen de condicionalidad al que está obligado el compareciente” se lee en el auto firmado por el magistrado Alejandro Ramelli.

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