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"Le quita funciones jurisdiccionales a Procuraduría"; Petro sobre sentencia de Corte Constitucional

El presidente Gustavo Petro aseguró que el contencioso administrativo debería tomar la facultad de suspender funcionarios de elección popular

Gustavo Petro
Gustavo Petro
Foto: César Carrión/Presidencia

A través de su cuenta en Twitter, ahora conocida como X, el presidente Gustavo Petro se refirióal fallo de la Corte Constitucional sobre la facultad de la Procuraduría para sancionar funcionarios de elección popular.

“La sentencia de la Corte Constitucional le quita las funciones jurisdiccionales a la Procuraduría que había asumido a través de una ley que como senador vote en contra”, aseguró Petro.

Y agregó: "La suspensión de funcionarios de elección popular debe ser tomada transitoriamente por la justicia contenciosa hasta que el congreso haga la reforma constitucional”.

“El Consejo de Estado se pronunció en el mismo sentido al decir que no hay funciones para suspender de sus cargos a funcionarios de elección popular por parte de la Procuraduría”, sostuvo el mandatario a pesar de que el Consejo de Estado apenas citó para sentar una posición unificada.

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Gustavo Petro
Foto: AFP

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Vale la pena recordar que Blu Radio reveló el jueves, 10 de agosto, en primicia el fallo de la Corte Constitucional que establece que el Ministerio Público sí puede ejecutar esas sanciones.

Eso sí, dice el alto tribunal, esa sanción deberá pasar por la revisión y visto bueno del Consejo de Estado para que quede en firme.

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En el fallo, también hay claridad sobre el debate que armó el caso de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que intervino en la destitución de Gustavo Petro cuando era alcalde de Bogotá, argumentando que la Procuraduría no tenía funciones de destituir a funcionarios de elección popular.

En qué consiste el fallo de la Corte Constitucional

En medio del choque entre el presidente Gustavo Petro y la Procuraduría por la suspensión del alcalde de Riohacha, la exclusiva de Blu Radio revela el fallo de la Corte Constitucional que establece que el Ministerio Público puede aplicar sanciones, pero estas deben obtener la aprobación final del Consejo de Estado para tener efecto.

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Procuraduría General de la Nación.
Foto: BLU Radio.

El fallo también aclara el debate previo en torno a la destitución de Gustavo Petro como alcalde de Bogotá por la Corte IDH, que argumentó contra la autoridad de la Procuraduría en destituciones de funcionarios elegidos por voto popular.

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