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MinComercio vuelve a pedir a la DIAN y MinHacienda actualizar normatividad ante aranceles de EE.UU.

La petición llega luego del arancel impuesto por Estados Unidos a las economías de 60 países que no están al día con dicha legislación.

Impacto de los aranceles de Estados Unidos a Colombia
Impacto de los aranceles de Estados Unidos a Colombia
Foto: AFP

El Ministerio de Comercio envió una nueva solicitud al Ministerio de Hacienda y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para que, esta vez sí, se fortalezca y actualice la reglamentación que permita controlar y evitar las importaciones de bienes producidos mediante trabajo forzoso.

La petición llega luego del arancel impuesto por Estados Unidos a las economías de 60 países que no están al día con dicha legislación. En el caso de Colombia, la medida fue del 12,5 % a las exportaciones de un grupo importante de productos.

Esta nueva petición del Ministerio de Comercio llega luego de las fallidas alertas emitidas tanto por esa cartera como por los gremios, que desde hace un mes pidieron a la DIAN, como entidad responsable, ponerse al día con la actualización necesaria.

Según expone el Ministerio de Comercio en la carta de este viernes, durante los últimos meses se promovieron mesas de trabajo, reuniones técnicas y gestiones interinstitucionales con el propósito de construir un mecanismo que permitiera a la DIAN ejercer controles efectivos sobre este tipo de importaciones.

Sin embargo, dichas iniciativas no lograron consolidarse y, en varios de estos espacios, no fue posible contar con el acompañamiento de la DIAN, lo que impidió avanzar en la definición de un instrumento jurídico que otorgara competencias expresas a la autoridad aduanera para prevenir el ingreso de mercancías producidas con trabajo forzoso.

Por eso, la ministra de Comercio, Diana Rojas, pidió de nuevo al Ministerio de Hacienda y a la DIAN que lideren la expedición de un instrumento normativo que habilite a la autoridad aduanera para adoptar medidas de control, tales como la retención preventiva de mercancías, el requerimiento de información adicional a los importadores, la realización de verificaciones e inspecciones y la adopción de decisiones cuando existan indicios objetivos de que los bienes fueron producidos mediante trabajo forzoso.

La entidad sostiene que estas facultades son coherentes con las funciones propias de la DIAN como autoridad encargada del control aduanero.

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“La asignación de dichas competencias a la DIAN obedecía a que, conforme al ordenamiento jurídico colombiano, es la autoridad encargada de ejercer el control aduanero, la fiscalización de las operaciones de comercio exterior y el control del ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional. En consecuencia, únicamente dicha entidad cuenta con las facultades legales para adoptar medidas materiales sobre las mercancías objeto de importación, tales como la suspensión del levante, la inmovilización, la retención preventiva, la inspección aduanera y las demás actuaciones dirigidas a impedir el ingreso de bienes cuando exista fundamento legal para ello”, reitera la carta.

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