Montar en bicicleta de forma irresponsable podría traerle problemas con la ley
Con la entrada del Nuevo Código de Policía el próximo 30 de enero, también se reviven normas de tránsito que cobijan a los usuarios de las bicicletas.
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El Código Nacional de Tránsito fijó para quienes se movilizan en estos medios de transporte algunas normas para que la convivencia en las vías garantice la vida y la seguridad de los biciclistas.
Estas son algunas de las recomendaciones para los ciclistas para hacer un eso correcto de las vías por donde se desplazan y que de no cumplirlas podría ocacionarle el pago de multas y/o sanciones pedagógicas:
- Las bicicletas son un medio de transporte y, por ende, deben acogerse a todas las normas de tránsito y seguridad emitidas por las autoridades para los vehículos en general.
- Los ciclistas no deben usar dispositivos tecnológicos que puedan interferir en su atención, audición, o en la habilidad para conducir, tales como: celulares, reproductores de sonido, cámaras, etc.
- Las bicicletas deben transitar por la derecha y a una distancia menor a un metro de la acera.
- Las bicicletas no deben usar los carriles exclusivos del servicio público de transporte.
- Los ciclistas deben tener señales lumínicas que ayuden a que otros usuarios de las vías los puedan reconocer, especialmente en condiciones de baja luminocidad y/o climáticas.
- Los grupos de ciclistas deben ir uno tras otro y nunca ocupando dos carriles.
- Un ciclista no debe usar otro vehiculo para impulsarse.
- Siempre que la vía cuente con cicloruta, las bicicletas solo deben desplazarse por ellas.
- No deben usar las vías pensadas o destinadas para peatones.
- Si la bicicleta permite el tránsito de pasajeros, estos tienen que usar casco de seguridad.
- No deben transportar objetos que disminuyan la visibilidad propia o de otros actores de la vía.