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¡Ojo! Nuevo Código de Policía sancionará al que porte armas que parezcan de fuego

Estos y demás comportamientos que afecten la convivencia ciudadana serán multadas a partir del próximo 30 de enero.

142093_BLU Radio / Armas de fuego / Foto de referencia: AFP
BLU Radio / Armas de fuego / Foto de referencia: AFP

El engaño también será incluido entre la lista de sanciones establecidas en el nuevo Código de Policía.

 

“No podrán portar armas neumáticas, de aire, de fogueo, de letalidad reducida o sprays, rociadores, aspersores o aerosoles de pimienta o cualquier elemento que se asimile a armas de fuego, en lugares abiertos al público donde se desarrollen aglomeraciones o donde se consuman bebidas embriagantes”, dice el Código.

 

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El que tenga entre sus pertenencias armas falsas que parezcan de fuego recibirá una multa por un valor de 160.000 pesos.

 

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Estos son los tipos de multas contempladas en el Código de Policía:

 

Multa tipo 1:

 

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Esta multa es por valor de 4 salarios mínimos. Aquí cabe de todo un poco. Incluye por ejemplo si no respeta las señales de tránsito, se moviliza por vías que no le corresponden (por ejemplo meter su carro por las vías de TransMilenio, su moto por la CicloRuta) o realiza maniobras de riesgo que exponen no solo su vida sino la de otras personas.

 

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También si a usted le gusta montar en bicicleta después de haber consumido alcohol o hacerlo bajo efectos de sustancias psicoactivas e incluso utilizar el celular o los audífonos al momento de conducir en vía pública.

 

Y si la cortesía no es su fuerte al hacer uso del transporte público y le impide el ingreso o la salida a una mujer embarazada, adulto mayor, persona con niño o persona con discapacidad. También tendrá multa el que atente, empuje o irrespete a personas durante el acceso, permanencia o salida.

 

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Para terminar, en este combo están incluidos los conductores del servicio público que usen sus equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los pasajeros. Todo, por buscar el respeto y la sana convivencia entre ciudadanos.

 

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Multa tipo 2:

 

Esta multa equivale a 8 salarios mínimos. Se la impondrán si transporta mascotas en vehículos de transporte público incumpliendo la reglamentación establecida para tales efectos por la autoridad competente.

 

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No olvide que en TransMilenio los perros de razas grandes y medianas deben ingresar con collar y siempre estar sujetos por sus dueños y durante el viaje y deben permanecer en el piso. Los animales domésticos de talla pequeña deben ser transportados en un contenedor o guacal. Y las razas potencialmente peligrosas solo pueden ser llevadas por un mayor de edad, deben ingresar con collar y bozal y mantenerlos puestos durante todo el viaje.

 

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Multa tipo 3:

 

Esta multa es más severa y equivale a 16 salarios mínimos. Se aplicará a todo aquel que evada el pago del trasporte público o si obstaculiza o impide la movilidad o el flujo de usuarios en el mismo.

 

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Multa tipo 4:

 

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Por último, si destruye, obstruye, altera o daña los sistemas de alarma o emergencia de los vehículos de transporte público o sus señales indicativas, usted se verá expuesto a una multa de 32 salarios mínimos vigentes.

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