Tutela tumbó delimitación de páramo por no tener en cuenta a las mujeres
En un año, Ministerio de Ambiente debe presentar nueva delimitación del páramo El Almorzadero.
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Luego de que, en enero de 2018, el gobierno de Juan Manuel Santos delimitara el páramo del Almorzadero, ubicado entre los departamentos de Santander y Norte de Santander y que dejó 157.705 hectáreas protegidas, surgieron múltiples reclamos e inconformismos entre las comunidades que consideraban que el trazado afectaba las zonas agrícolas, su principal sustento.
Sin embargo, una reclamación particular frente a las jornadas de concertación realizadas por el Ministerio de Ambiente y otras entidades ambientales, previo a la delimitación, se materializó en una acción de tutela interpuesta por una mujer quien reclamó porque este género no había tenido participación ambiental.
María Carolina González Malaver, en representación de la Asociación de Mujeres Campesinas y Artesanas del municipio del Cerrito en Santander, fue quien interpuso la tutela en la que reclamó que, durante el proceso de delimitación del páramo del Almorzadero, no hubo participación de las mujeres, violando también otros derechos fundamentales como el trabajo, mínimo vital, a la propiedad, alimentación y toma de decisiones ambientales.
Consideró González Malaver que “la delimitación del páramo no fue debidamente sometida a consulta con toda la comunidad, incluyendo la de su asociación, por lo que dejó a las mujeres que la integran sin representación en ese proceso”.
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Aunque en el fallo de primera instancia del Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga, negó las pretensiones a la accionante por considerar que la tutela era improcedente, en el fallo de segunda instancia el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga revocó la decisión, y además, dejó sin efectos la Resolución No. 152 de 2018 que delimitó el páramo El Almorzadero.
Cristina obregón, de la Asociación de Mujeres Campesinas y Artesanas del municipio de Cerrito, explicó que, pese a que el Ministerio de Ambiente realizó jornadas de concertación con las comunidades, la participación de las mujeres fue tan solo del 20%.
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“El proceso de delimitación fue una decisión a pupitrazo del gobierno anterior por cumplir con la meta de delimitación, pero no contempla la participación de las mujeres. El 80% de la participación fue masculina, no se recogió el pensar de las mujeres, no nos dijeron que queríamos hacer”, manifestó Obregón.
El fallo de segunda instancia también ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que en un término de (1) año siguiente a la notificación de la providencia, emita una nueva resolución para delimitar el páramo Almorzadero.
“Garantizándose el procedimiento previo, amplio, participativo, eficaz y deliberativo del derecho de participación ambiental”, anota la decisión judicial.
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Las jornadas participativas para una nueva delimitación debe contar con la asistencia de los habitantes de Carcasí, Cerrito, Concepción, Enciso, Guaca, Macaravita, Málaga, Molagavita, Piedecuesta, San Andrés, San José de Miranda, San Miguel, Santa Bárbara y Tona en el departamento de Santander, y Chitagá, Labateca y Silos en el departamento de Norte de Santander.