La jornada electoral del próximo domingo 21 de junio traerá varios beneficios para los colombianos que salgan a las urnas a elegir al próximo presidente del país. Además, los ciudadanos podrán contar con opciones para facilitar sus desplazamientos gracias a promociones anunciadas por algunas plataformas de transporte en las principales ciudades del país.Empresas como Uber, Cabify y DiDi confirmaron descuentos especiales para quienes necesiten movilizarse hacia sus puestos de votación durante la segunda vuelta presidencial. La medida busca ofrecer alternativas de transporte ante la alta movilidad que se espera en las principales ciudades.Con más de 41 millones de colombianos habilitados para votar, las plataformas preparan códigos promocionales que estarán disponibles durante los horarios establecidos para la jornada electoral.Uber tendrá descuentos para viajes de ida y vuelta durante eleccionesLa aplicación Uber señaló que contará con una promoción de dos trayectos, permitiendo que los usuarios puedan utilizar el beneficio para ir y regresar de su puesto de votación.El descuento estará disponible desde las 7:00 de la mañana hasta las 5:00 de la tarde del domingo 21 de junio y podrá activarse con el código COLELIGE26.Para utilizarlo, los usuarios deberán:Ingresar a la aplicación.Dirigirse a la sección “Billetera” o “Wallet”.Registrar el código antes de solicitar el viaje.Adicionalmente, Uber permitirá dentro de la aplicación un acceso a la herramienta 'Pilas con el Voto', desarrollada por la Misión de Observación Electoral (MOE), para que los ciudadanos puedan reportar posibles irregularidades durante la jornada.DiDi y Cabify también ofrecen descuentos para la jornada electoralDiDi también reveló beneficios para los ciudadanos que utilicen la plataforma durante las elecciones. La compañía ofrecerá un 30 % de descuento con el código VOTACONDIDI.El descuento aplicará para las solicitudes realizadas por medio de DiDi Express y DiDi Pon tu Precio durante todo el domingo, desde las 12:01 de la madrugada hasta las 11:59 de la noche.El beneficio estará disponible en ciudades como:Bogotá.Medellín.Cali.Barranquilla.Cartagena.Bucaramanga.Pereira.Ibagué.Cúcuta.Popayán.Villavicencio.Por su parte, Cabify habilitará el código VOTANDOCONCABIFY, que ofrece un descuento del 50 % en dos trayectos, con un límite máximo de $10.000 por viaje.Las condiciones de la promoción son:Válido únicamente el domingo 21 de junio, de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.50 % de descuento en dos trayectos, con un tope de $10.000 COP por cada viaje.8.000 códigos disponibles hasta agotar existencias.Aplica en Bogotá, Cali, Medellín, Bucaramanga, Cartagena y Barranquilla.Descuentos de Cabify estarán disponibles hasta agotar códigosLa promoción de Cabify contará con 8.000 códigos de descuento disponibles hasta agotar existencias.Para activarlo, los usuarios deberán ingresar al menú principal de la aplicación, seleccionar la opción de códigos de descuento e ingresar la clave correspondiente.Estas iniciativas llegan en una jornada en la que miles de ciudadanos se movilizarán por las ciudades para cumplir con su cita en las urnas. Además del transporte, quienes voten podrán acceder a beneficios establecidos por la ley, como descuentos en algunos trámites oficiales y el medio día de descanso remunerado para trabajadores.
El Gobierno nacional retiró del Congreso de la República el proyecto de ley que buscaba reglamentar el servicio de transporte por plataformas digitales, como Uber, Didi y Cabify, entre otras, y que planteaba un endurecimiento sin precedentes del régimen sancionatorio contra lo que denominaba “servicio ilegal de transporte”.La decisión fue confirmada por Luis Gabriel Serna, jefe de la oficina jurídica de la Superintendencia de Transporte, quien explicó que el Ministerio de Transporte optó por retirar la iniciativa para hacer ajustes a varios de sus artículos, tras las críticas y confusiones generadas en distintos sectores.Según Serna, el retiro del proyecto responde a “las múltiples y sincrónicas erradas interpretaciones de algunos artículos” del proyecto de ley 347 de 2026, recientemente radicado en el Congreso.Por esta razón, el Gobierno decidió modificar el articulado para que tenga mayor claridad y refleje los acuerdos discutidos en mesas de negociación con los gremios del sector transporte, especialmente los de carga.El proyecto había sido radicado el 20 de enero de 2026 por el Ministerio de Transporte y constaba de 118 artículos. Aunque el texto abordaba varios aspectos del sector transporte, una parte sustancial se enfocaba en reforzar las sanciones contra los servicios prestados con vehículos particulares sin autorización oficial.Uno de los puntos más polémicos era la definición de “servicio ilegal de transporte”, entendido como aquel que satisface la necesidad de traslado de personas o carga en vehículos particulares sin cumplir los requisitos legales ni contar con autorización de la autoridad competente. Bajo este concepto, el proyecto pretendía declarar ilegal el transporte de pasajeros a través de plataformas tecnológicas.Además, la iniciativa proponía una ampliación significativa del alcance de las sanciones. El artículo 8 establecía castigos no solo para los conductores que prestaran el servicio, sino también para personas naturales o jurídicas que facilitaran o permitieran el incumplimiento de las normas. En la práctica, esto abría la puerta a sanciones para usuarios, plataformas tecnológicas e incluso conjuntos residenciales vinculados al uso de estas aplicaciones.Con el retiro del proyecto, el Gobierno busca replantear el texto y evitar interpretaciones ambiguas, mientras continúa el diálogo con los gremios. Sin embargo, la discusión sobre el futuro del transporte por plataformas en el país sigue abierta y podría regresar al Congreso con un nuevo articulado en los próximos meses.
Una iniciativa legislativa radicada por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte en el Congreso ya genera preocupación entre conductores, plataformas digitales y usuarios de apps de transporte como Uber, DiDi e InDrive. El proyecto plantea un endurecimiento sin precedentes contra lo que denomina “servicio ilegal de transporte”, lo que en la práctica podría traducirse en una prohibición total del funcionamiento de estas apps en Colombia.¿De qué se trata el proyecto que busca prohibir apps de transporte?La propuesta fue radicada el 20 de enero en la Secretaría del Senado y consta de 118 artículos distribuidos en 71 páginas. Aunque el texto aborda distintos aspectos del sector transporte, una parte significativa del articulado se concentra en reforzar sanciones contra servicios prestados con vehículos particulares sin autorización oficial.En el apartado de definiciones, el proyecto establece que el “servicio ilegal de transporte” es aquel que satisface la necesidad de traslado de personas o carga en vehículos particulares sin cumplir requisitos legales ni contar con autorización de la autoridad competente.¿Qué multas impondrían a conductores de Uber, DiDi y más?Uno de los puntos más sensibles del proyecto es la ampliación del alcance de las sanciones. El artículo 8 plantea castigos no solo para quienes presten el servicio, sino también para personas naturales o jurídicas que faciliten o permitan el incumplimiento de las normas, lo que podría incluir a usuarios, plataformas y terceros.De acuerdo con el artículo 31, se propone una multa de 390 UVB, equivalente a cerca de 4,7 millones de pesos, por cada evento en el que se facilite un servicio que incumpla las normas de tránsito y transporte. Cada solicitud realizada por un usuario sería considerada un evento independiente.El proyecto también introduce multas considerablemente más altas. El artículo 29 establece sanciones que van desde 30 hasta 180.000 UVB, lo que equivale a más de 2.100 millones de pesos, para conductas que incumplan la normativa del sector transporte y no tengan sanción específica.En paralelo, se propone un aumento drástico en los tiempos de inmovilización de los vehículos que presten servicios considerados informales o ilegales. Mientras hoy la primera infracción implica cinco días de inmovilización, el proyecto plantea:60 días en la primera infracción90 días en la segunda90 días en la terceraMultas a edificios, conjuntos, parqueaderos y másUno de los artículos que más controversia ha generado es el 88, que contempla sanciones para propietarios y propiedades horizontales, como edificios residenciales, conjuntos y centros comerciales.El texto permitiría imponer multas de hasta 726 millones de pesos a quienes permitan, promuevan o consientan, de forma directa o indirecta, el estacionamiento u operación de vehículos asociados a servicios de transporte informales o ilegales.El proyecto también otorga mayores atribuciones a las autoridades locales. Un parágrafo ordena a alcaldes y a la Superintendencia de Transporte priorizar la prevención, investigación y sanción de este tipo de servicios, con controles reforzados en aeropuertos, terminales, hoteles, centros comerciales y zonas administrativas.Además, se les daría la potestad de suspender servicios de plataformas digitales sin orden judicial previa, una medida que ha sido interpretada como un cambio sustancial en el equilibrio regulatorio del sector.Otro punto cuestionado es el artículo 69, que obliga a funcionarios y contratistas del Estado vinculados al sector transporte a abstenerse de realizar manifestaciones públicas que promuevan o incentiven servicios considerados informales o ilegales.¿Qué opinan las plataformas y gremios de apps de transporte?José Daniel López, presidente de Alianza In, en entrevista con Néstor Morales en Mañanas Blu, rechazó categóricamente el proyecto y lo calificó de autoritario y regresivo."Acá el problema es que no estamos avanzando en una mala regulación, sino que estamos retrocediendo con un intento de prohibición, con un proyecto de ley autoritario, regresivo, que destruye cientos de miles de trabajos de gente honrada, que se mete con las libertades de la gente y que llega a extremos", puntualizó López.El presidente del gremio explicó que, en la práctica, estas medidas implicarían la desaparición del servicio: “El conjunto de sanciones es tan grave que va a tener un efecto disuasivo. Los conductores dejarán de trabajar y los ciudadanos dejarán de usar estas opciones”.
Un nuevo proyecto de ley presentado por el Ministerio de Transporte encendió el debate nacional sobre el futuro de las aplicaciones de movilidad en Colombia. La iniciativa, radicada el pasado 21 de enero de 2026, pretende declarar ilegal el transporte de pasajeros en vehículos particulares a través de plataformas tecnológicas como Uber, Didi y Cabify.La propuesta va más allá de la discusión tradicional sobre la regulación del transporte por aplicación: contempla multas para conductores, usuarios, plataformas e incluso conjuntos residenciales o empresas que permitan la operación o estacionamiento de vehículos vinculados a estos servicios.De acuerdo con el texto radicado, los administradores de propiedad horizontal que “promuevan, consientan o permitan directa o indirectamente la prestación de transporte informal” podrían enfrentar sanciones de hasta 60.000 UVT, equivalentes a más de 726 millones de pesos.“Estamos retrocediendo con un intento de prohibición”En entrevista con Mañanas Blu, José Daniel López, presidente de la asociación de aplicaciones Alianza In, calificó el proyecto como “autoritario, regresivo y destructor de empleo”. López advirtió que el Gobierno no está avanzando hacia una regulación moderna, sino que está "retrocediendo con un intento de prohibición que destruye cientos de miles de trabajos de gente honrada y limita las libertades de los ciudadanos”.El representante gremial señaló que Colombia es uno de los pocos países de América Latina que no ha regulado de manera efectiva estas plataformas, junto con Surinam, Venezuela y Nicaragua. “No estamos frente a un vacío que deba llenarse con castigos —manifestó— sino ante una oportunidad perdida de formalización digital”.Multas para todos: conductores, usuarios y plataformasEntre las sanciones contempladas en el proyecto se incluyen multas de hasta 47 millones de pesos por viaje para usuarios y plataformas, e inmovilización de los vehículos particulares durante 60, 90 y hasta 120 días en caso de reincidencia.López explicó que, en la práctica, estas medidas implicarían la desaparición del servicio: “El conjunto de sanciones es tan grave que va a tener un efecto disuasivo. Los conductores dejarán de trabajar y los ciudadanos dejarán de usar estas opciones”.El dirigente alertó también sobre el impacto en la generación de ingresos: “Podrían perder su sustento más de 300.000 personas que hoy dependen directamente del transporte mediante plataformas”, advirtió.Cifras de un fenómeno masivoSegún datos de Alianza In, en 2025 se registraron más de 12 millones de cuentas de conductores en diferentes aplicaciones de movilidad y alrededor de 21 millones de cuentas de usuarios. Esto significa que “entre 8 y 10 millones de colombianos utilizan activamente estas plataformas como parte de su cotidianidad”, explicó López.Estas cifras, que reflejan una amplia adopción de los servicios digitales de transporte, contrastan con la dureza de la propuesta gubernamental que, de aprobarse, dejaría sin alternativa a un amplio segmento de la población urbana.El alcance del control y una “ley mordaza”El proyecto no solo define como ilegal la prestación del servicio, sino que también faculta al Gobierno y a las autoridades locales a investigar y sancionar actividades relacionadas con el transporte a través de plataformas.“El proyecto vuelve vigilables a todos los ciudadanos, tanto a usuarios como conductores, bajo supervisión de la Superintendencia de Transporte”, señaló el dirigente gremial. Además, se ordena a los alcaldes tomar medidas restrictivas en zonas de alta demanda como aeropuertos, terminales y centros comerciales, lo que López considera “una asfixia operativa que haría imposible la prestación del servicio”.Otro punto polémico, destacó, es el artículo que “prohíbe a congresistas, alcaldes y funcionarios públicos expresar opiniones que promuevan o legitimen estas plataformas”, lo que calificó como “una ley mordaza que atenta contra la libertad de expresión”.El debate llega al Congreso en un momento de creciente dependencia de la movilidad digital. Las aplicaciones se han integrado a la economía urbana, no solo como alternativa de transporte, sino como fuente de ingresos para familias afectadas por el desempleo.Expertos advierten que la aprobación del proyecto podría tener un fuerte impacto sobre la informalidad y los ingresos de la clase media. “Este no es un asunto de ricos o pobres —argumentó López—, es un ataque al derecho de trabajar y de elegir cómo moverse en el país”.
El uso de aplicaciones de transporte como Uber, DiDi o Cabify se ha vuelto parte del día a día de miles de personas en Colombia. Para muchos usuarios, estas plataformas representan una alternativa rápida y cómoda frente al transporte tradicional, además de una opción que, en algunos casos, resulta más económica. Sin embargo, detrás de esa facilidad existe una alerta que no siempre se tiene en cuenta y que puede terminar en problemas tanto para conductores como para pasajeros.Y es que, aunque las aplicaciones operan de manera abierta y son ampliamente utilizadas, el uso de vehículos particulares para prestar servicio de transporte público sigue siendo ilegal en Colombia. Esa condición, que a veces pasa desapercibida, puede generar sanciones económicas, inmovilizaciones y situaciones incómodas en medio de operativos de tránsito.Conductores de aplicaciones pueden generar problemas legales a los usuariosPara muchos conductores, estas plataformas representan una fuente de ingresos adicional. No obstante, el Código Nacional de Tránsito es claro en señalar que prestar un servicio distinto al autorizado en la licencia del vehículo acarrea sanciones. De acuerdo con la norma, la multa puede llegar hasta 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $1.423.500, además de la inmovilización del vehículo.Según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, la sanción se incrementa en caso de reincidencia, con consecuencias que afectan directamente la operación del conductor y, en muchos casos, dejan al pasajero en una situación incómoda, en plena vía y sin posibilidad de continuar el viaje.El esquema de sanciones contempla:Primera infracción: inmovilización del vehículo por cinco días.Segunda infracción: inmovilización por veinte días.Tercera infracción: inmovilización por cuarenta días.En medio de un procedimiento de tránsito, el usuario queda expuesto a retrasos, cambios de ruta y a tener que buscar otra alternativa de transporte sin mayor explicación.Desde el Ministerio de Transporte se ha reiterado que las plataformas deben verificar que los conductores cuenten con la documentación al día, como licencia de conducción, SOAT y revisión tecnomecánica. Sin embargo, no existe una obligación clara de que el seguro cubra directamente a los pasajeros en caso de accidente durante un servicio contratado por aplicación.En ese escenario, la responsabilidad recae principalmente sobre el conductor. Incluso, algunas pólizas de seguros todo riesgo pueden negar la cobertura si se demuestra que el vehículo estaba siendo usado para una actividad no autorizada.Qué coberturas ofrecen plataformas como Uber en caso de accidenteAlgunas aplicaciones, como Uber, aseguran contar con pólizas activas mientras el servicio está en curso. Según la empresa, estas coberturas se activan desde que el conductor acepta el viaje hasta que el último pasajero desciende del vehículo e incluyen:Responsabilidad civil para pasajeros y terceros.Accidentes personales para los ocupantes.Gastos médicos, incapacidad, auxilio exequial y fallecimiento accidental.Aun así, las autoridades insisten en que el servicio sigue siendo ilegal en Colombia y que, pese a las coberturas anunciadas por las plataformas, los riesgos legales y económicos continúan siendo una realidad tanto para quienes conducen como para quienes se suben a estos vehículos.
Bogotá cuenta con una nueva alternativa de transporte con la llegada de Yango, una plataforma de movilidad perteneciente a Yango Group. Su lanzamiento en la capital colombiana amplía las opciones de transporte disponibles y busca mejorar la experiencia de los usuarios a través de tecnología y una red de conductores.Esta nueva plataforma se suma a otras que ya tienen bastante popularidad en la ciudad, como Uber, InDrive, Cabify, Picap y Didi.Servicios de YangoYango ofrece seis modalidades de viaje para adaptarse a distintas necesidades:Taxi: acceso a más de 25.000 taxis a través de una alianza con Taxis Libres.Urban: vehículos con mayor comodidad.Economy: alternativa más económica.Economy Plus: mayor confort con vehículos recientes.Moto: para desplazamientos rápidos en la ciudad.Eléctricos: enfocados en la sostenibilidad, especialmente para viajes al aeropuerto.La plataforma integra inteligencia artificial para optimizar rutas y reducir tiempos de espera. Además, incorpora herramientas de seguridad como monitoreo en tiempo real, verificación de identidad y botones de emergencia para conductores y pasajeros.Los conductores pueden acceder a la plataforma con la posibilidad de generar ingresos y recibir capacitación. Según la compañía, se han desarrollado herramientas para mejorar la eficiencia en la prestación del servicio.Yango está disponible en Bogotá con planes de expansión en el país. Los usuarios pueden descargar la aplicación y acceder a las distintas opciones de movilidad.
La compañía Taxis Libres, una de las más grandes del sector en Colombia, cambió su estrategia frente a las apps de transporte y se alió con Yango, una empresa de movilidad nacida en Rusia y con sede en Dubái. Este acuerdo busca ofrecer a los conductores herramientas tecnológicas que les permitan elegir entre pedir taxi por esta plataforma o carro particular por Uber, DiDi, Cabify e InDrive, entre otras.Durante los últimos años, Taxis Libres intentó enfrentar legalmente a estas plataformas, pero tras decisiones judiciales desfavorables, como la negativa de la Corte Suprema de Justicia a una demanda contra Uber por competencia desleal, la compañía ha decidido enfocarse en la competitividad del servicio. “Ya no hay pelea legal con las plataformas, de hecho ya hay proyectos en el Congreso para regularlas. Esto va a ser una realidad, nos estamos anticipando”, declaró Stefanía Hernández, CEO de Taxis Libres, en entrevista con Forbes.Qué es Yango y por qué se unió con Taxis LibresLa alianza con Yango implica que los más de 25.000 conductores de Taxis Libres accederán a tecnología basada en inteligencia artificial que optimiza las rutas y reduce los tiempos de espera, además de incorporar funcionalidades de seguridad y asistencia rápida. “Buscamos ser competitivos, darle a la ciudadanía lo que quiere. Que se movilicen en lo que quieran, queremos ser competitivos y que la ciudadanía nos escoja”, agregó Hernández.Como parte del proceso de transición, la aplicación de Taxis Libres migrará a la plataforma de Yango, lo que permitirá la integración con la línea telefónica normal, aunque también cuentan con comunicación a través de WhatsApp, que seguirá disponible. Además, la compañía ha puesto en circulación 100 vehículos eléctricos NAT para servicios especiales.Por su parte, Mark Bitton, country manager de Yango en Colombia, aseguró que la plataforma busca posicionarse en el mercado con beneficios y bonos para los conductores. Actualmente, Yango opera en Cali, Barranquilla, Medellín, Bucaramanga y Cúcuta, y planea expandirse a Bogotá en los próximos meses. “Somos la única plataforma que integra llamadas telefónicas a la aplicación. Esa es una opción que sirve a personas mayores que prefieren las llamadas”, indicó Bitton.La colaboración entre taxis tradicionales y plataformas digitales no es nueva en Colombia. Desde 2018, Cabify incorporó taxis amarillos a su servicio tras adquirir EasyTaxi y Tappsi. En 2021, Uber estableció una alianza con TaxExpress para integrar taxis amarillos en su aplicación. DiDi e InDrive también han implementado esquemas similares.Según Adeniyi Adebayo, director de Negocios de Yango, esta estrategia permite a los propietarios de taxis tener un mayor control sobre su operación mediante un software de gestión de flotas. “Imagínate que pones tu auto en la flota de taxis y cada noche recibes un informe exacto de lo que pasó. Sabes el kilometraje, los viajes realizados y el dinero generado”, explicó a Forbes. También destacó que esta transparencia facilita la financiación de nuevos vehículos por parte de los bancos.Yango, que también opera en Bolivia, Perú y Guatemala, ofrecerá a los conductores aliados capacitación sobre el uso de la aplicación, atención al cliente, protocolos de seguridad y estándares operativos.
El Congreso avanza en la regulación de las apps de transporte privado intermediado por plataformas digitales como Uber, DiDi, InDriver y Cabify, una tarea necesaria que piden desde diferentes sectores en el país. Una de las principales propuestas incluidas en el proyecto de ley 136 de 2024 es la creación del Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado (Runsmi), un sistema que, de aprobarse, transformaría las condiciones bajo las cuales operan los conductores de estas aplicaciones y evitaría la inmovilización de sus vehículos.¿Qué es el Runsmi?El Runsmi será un registro nacional administrado por el Ministerio de Transporte, en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), y que tendrá como objetivo centralizar la información de las plataformas digitales, los conductores, los propietarios de los vehículos y los carros habilitados para prestar el servicio.El proyecto establece un plazo de seis meses para la creación del Runsmi una vez sancionada la ley. Posteriormente, tanto los conductores como las plataformas tendrán un período adicional de seis meses para registrarse y cumplir con los requisitos exigidos.¿Qué requisitos habría para conductores?Para operar legalmente bajo esta normativa, los conductores deberán cumplir con una serie de condiciones específicas, entre las que se destacan:Registro obligatorio en el Runsmi: la información deberá actualizarse cada seis meses.Documentación al día: los vehículos deberán contar con Soat y revisión técnico-mecánica vigentes.Seguros adicionales: las plataformas deberán garantizar pólizas que cubran riesgos para conductores, pasajeros y terceros.Evaluación del servicio: los usuarios podrán calificar a los conductores.Tarifas dinámicas: permitidas según la oferta y demanda del servicio.¿Qué cambiaría en la ley colombiana?Otro de los cambios propuestos es la actualización del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, artículo que actualmente sanciona con multas y la inmovilización de vehículos a quienes presten servicios de transporte público no autorizado. La modificación busca especificar que los vehículos particulares registrados en el Runsmi podrán operar como transporte intermediado por plataformas digitales, lo que eliminaría o modificaría la infracción D12, que en 2024 equivale a una multa de 1.300.000 pesos.¿Qué pasará con las multas anteriores?A pesar de los beneficios que traerá esta regulación, las sanciones impuestas antes de su aprobación no serán anuladas. Según la abogada Danna Piñeros, consultora jurídica consultada por Blu Radio, las penalidades seguirán vigentes hasta que la normativa entre en vigor, lo que implica que los conductores sancionados anteriormente no serán exonerados.Por otro lado, la ley asignará a la Superintendencia de Transporte la inspección, vigilancia y control de los conductores que operen bajo esta modalidad. Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio será responsable de regular las plataformas digitales.¿Qué faltaría para que sea ley?El proyecto de ley debe superar cuatro debates en el Congreso, dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado, además de un control previo por parte de la Corte Constitucional, control que verificará que la normativa cumpla con los requisitos formales y materiales exigidos para su entrada en vigor.
El proyecto de ley 136 de 2024, aprobado en primer debate en la Comisión Sexta del Senado, regula las apps de transporte y establece los requisitos que deberían cumplir los conductores de Uber, DiDi, InDriver y Cabify, entre otras, de aprobarse la regulación.Estas disposiciones buscan regular el servicio de transporte privado intermediado por plataformas digitales y entrarán en vigencia una vez el proyecto sea sancionado y cumplidos los plazos de transición.Requisitos que tendrían los conductoresLos conductores deberán cumplir con los siguientes requisitos para registrarse y operar:Plena identificación: todos los conductores deberán estar registrados en el RUNSMI con información actualizada cada seis meses.Documentos obligatorios: los vehículos utilizados para el servicio deberán contar con Soat y revisión técnico-mecánica vigentes.Seguros adicionales: las plataformas estarán obligadas a ofrecer pólizas de seguros que cubran a los conductores, pasajeros y terceros, incluyendo responsabilidad civil extracontractual para amparar los riesgos asociados a la actividad.Calificación del servicio: los conductores deberán someterse a un sistema de evaluación por parte de los usuarios.Regulación de tarifas: los vehículos particulares que presten el servicio podrán implementar tarifas dinámicas, dependiendo de la oferta y la demanda.¿Qué necesitaría para ser ley?Lla abogada Danna Piñeros, consultora jurídica del Centro Jurídico Internacional, explicó a Blu Radio que el proyecto debe someterse a un proceso legislativo especial, que incluye cuatro debates en el Congreso (dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado), seguido de un control previo de la Corte Constitucional. Este control verificará que la norma cumpla con los requisitos formales y materiales exigidos para las leyes de carácter estatutario.Adicionalmente, la Superintendencia de Transporte será la entidad encargada de la inspección, vigilancia y control sobre los conductores que operen bajo esta modalidad, mientras que la Superintendencia de Industria y Comercio hará lo propio con las plataformas.Qué será el RunsmiEntre las principales medidas, el proyecto contempla la creación del Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado (RUNSMI), que estará a cargo del Ministerio de Transporte en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).Este registro incluirá información de las empresas administradoras de plataformas, los conductores, los propietarios de vehículos y los vehículos habilitados para el servicio.Además, el proyecto establece un plazo de seis meses para la creación del RUNSMI tras la sanción de la ley. Una vez creado, conductores, vehículos y empresas tendrán otros seis meses para completar el registro y cumplir con los requisitos establecidos.¿Qué cambiaría en la ley para que no los multen?Para que esta normativa entre en vigor, sería necesario modificar el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, el cual actualmente sanciona el transporte público no autorizado mediante la infracción D12, la cual tiene una multa hoy en día de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2024 son 1.300.000 pesos.“El Código Nacional de Tránsito requerirá una actualización para dejar explícito que los vehículos particulares podrán prestar servicios de movilidad a través de plataformas digitales”, puntualizó Piñeros.¿Aplicaría si me multaron antes?Aunque este proyecto traería un alivio para quienes trabajan en estas plataformas, las multas e inmovilizaciones impuestas antes de su aprobación no serían anuladas. Al respecto, Piñeros aclaró:“Las sanciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito seguirán aplicándose hasta que el proyecto sea aprobado y regulado por el Estado”, explicó la experta, lo que significa que las penalidades previas continuarían vigentes, y los conductores afectados no serían exonerados.Le puede interesar:
La Superintendencia de Transporte emitió un comunicado en el que insta a la Administración Distrital de Bogotá a revisar el acuerdo 607 de 2024, aprobado en segundo debate en el Concejo de Bogotá, que busca establecer disposiciones para mejorar las prácticas en la aplicación de sanciones por la infracción D12, relacionada con el uso de apps de transporte.Sin embargo, la Superintendencia advirtió que las disposiciones de este acuerdo deben ajustarse estrictamente al marco normativo vigente, y recordó que las autoridades locales no pueden modificar o adicionar normas permanentes del Código Nacional de Tránsito.¿Qué cambiaría con el acuerdo 607 sobre las infracciones a conductores de apps de transporte?El acuerdo del Concejo de Bogotá tiene como objetivo principal garantizar un procedimiento justo y respetuoso en la aplicación de comparendos a conductores de plataformas digitales como Uber, Didi, Cabify o inDriver. Según los mismos cabildantes, este acuerdo busca:Promover buenas prácticas en los operativos sancionatorios.Asegurar que las autoridades respeten los derechos de los conductores durante los procedimientos.Generar pedagogía sobre los derechos y responsabilidades de los actores viales.No obstante, la SuperTransporte destacó que cualquier alteración a los procedimientos establecidos por ley debe ser revisada con cuidado, para no contravenir las normas vigentes.¿Qué dice SuperTransporte sobre modificara procedimientos por infracción D12?La superintendente Ayda Lucy Ospina Arias subrayó que, aunque es positivo promover iniciativas que protejan los derechos de los actores viales, el Acuerdo no debe contradecir la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito). Según la norma, los concejos municipales y asambleas departamentales no pueden dictar normas permanentes que impliquen modificaciones al Código de Tránsito.“El respeto por la regulación vigente es fundamental para garantizar tanto la seguridad vial como la protección de los derechos de todos los ciudadanos, incluidos los prestadores del servicio público de transporte debidamente autorizados”, declaró Ospina Arias.Además, la Superintendencia resaltó que el acuerdo no puede condicionar la aplicación de sanciones previstas en el Código Nacional de Tránsito ni limitar la labor de las autoridades operativas en casos donde se configuren infracciones múltiples.Así las cosas, la Superintendencia aseguró que se desconoce "el concurso ideal de infracciones administrativas" si se les restringe el ejercicio de las autoridades de tránsito a que cuando de una misma conducta se configuren dos infracciones independientes, se informe solo una infracción para que sea investigada.¿Habrá ley que regule el uso de apps como Uber, DiDi, etc.?En paralelo, se discute en el Congreso un proyecto de ley estatutaria que busca regular los servicios de transporte ofrecidos mediante plataformas digitales. De aprobarse, esta ley eximiría a los conductores de estas aplicaciones de sanciones como la inmovilización de vehículos o multas, siempre que operen dentro de un marco legal.El proyecto de ley también plantea actualizar el Código Nacional de Tránsito, permitiendo explícitamente que vehículos particulares presten servicios a través de plataformas digitales. Mientras tanto, las multas e inmovilizaciones seguirán vigentes hasta que la legislación sea aprobada y regulada."Esto implica que, en ejercicio del derecho a la libre movilidad, no habrá lugar a inmovilizar ni multar vehículos que trabajen con plataformas como DiDi, Uber, Cabify, inDriver, etc., siempre y cuando estos servicios se encuentren legalizados", puntualizó la abogada Danna Piñeras a Blu Radio.Cuál es la multa por manejar DiDi, Uber, CabifyPara que esta normativa entre en vigor, sería necesario modificar el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, el cual actualmente sanciona el transporte público no autorizado mediante la infracción D12, la cual tiene una multa hoy en día de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2024 son 1.300.000 pesos.Sin embargo, cabe recordar que la abodaga Danna Piñeros explicó a Blu Radio que el proyecto debe someterse a un proceso legislativo especial, que incluye cuatro debates en el Congreso (dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado), seguido de un control previo de la Corte Constitucional.
Un fuerte terremoto de magnitud 7,4 sacudió a Colombia durante la mañana de este lunes 10 de agosto y su intensidad quedó registrada en las cámaras de Blu Radio, tanto en Bogotá como en Cali.Las imágenes permiten observar cómo la cabina de la emisora en la capital del país comenzó a moverse durante el sismo, mientras el director del Servicio Informativo, Ricardo Ospina, pidió calma en medio del movimiento.Posteriormente, las cámaras mostraron lo ocurrido en la cabina de Blu Radio en Cali, donde la sacudida se percibió con mayor intensidad y los elementos del estudio se movieron de manera evidente.¿A qué hora ocurrió el terremoto en Colombia?De acuerdo con el reporte del Servicio Geológico Colombiano (SGC), el movimiento telúrico se registró a las 7:34 de la mañana de este lunes 10 de agosto de 2026.La información preliminar ubicó inicialmente el evento en el occidente del país, en una zona cercana al límite entre Chocó, Valle del Cauca y Risaralda.El SGC explicó que sus primeros datos fueron generados automáticamente y estaban sujetos a revisión por parte de los especialistas de la entidad.Posteriormente, luego del análisis técnico, el Servicio Geológico Colombiano estableció que el sismo tuvo una magnitud de 7,4 y una profundidad de 79 kilómetros, con epicentro en jurisdicción del departamento del Chocó.Así se sintió el terremoto en Blu RadioEl movimiento quedó registrado durante la emisión de Blu Radio. En Bogotá, las cámaras captaron el momento en que la estructura y diferentes elementos de la cabina comenzaron a estremecerse.Ante la intensidad de la sacudida, Ricardo Ospina pidió mantener la calma mientras el equipo continuaba atento a lo que estaba ocurriendo.La situación también fue registrada en Cali. En las imágenes de la cabina de esa ciudad se observa un movimiento considerablemente más fuerte, con diferentes elementos del estudio agitándose durante el terremoto.El registro permite dimensionar cómo el sismo fue percibido en diferentes puntos del país.Autoridades verifican posibles afectacionesDespués del terremoto, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) activó los protocolos de seguimiento y comenzó a establecer comunicación con las autoridades territoriales de las zonas donde fue sentido el movimiento.La entidad informó que mantiene comunicación con las autoridades y organismos que hacen parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para verificar si se produjeron afectaciones como consecuencia del sismo.
Un fuerte sismo de magnitud 7,4 se registró en Colombia durante la mañana del 10 de agosto de 2026. De acuerdo con el informe preliminar emitido por el Servicio Geológico Colombiano (SGC), el movimiento telúrico ocurrió sobre las 7:34 de la mañana.El reporte publicado por la entidad técnica ubicó el epicentro del evento sísmico en inmediaciones de San José del Palmar, Chocó, con una profundidad de 96 kilómetros. El movimiento fue percibido en diferentes regiones del país.Ante ello, Manizales sería uno de los lugares donde se han reportado posibles afectaciones tras el fuerte sismo.¿Qué daños se han reportado en Manizales?Varios daños materiales han sido reportados en Manizales, entre ellos posibles afectaciones en una iglesia, donde se habrían presentado columnas caídas, así como daños en edificios de sectores como El Cable.De hecho, en este último sector, un edificio habría presentado un colapso, mientras que los escombros de otra estructura habrían caído sobre un vehículo rojo, dejando serias afectaciones.Las autoridades continúan verificando la situación para establecer el balance de daños y determinar si existen personas afectadas por el movimiento telúrico.Noticia en desarrollo.
Un fuerte sismo sacudió varias regiones de Colombia durante la mañana de este lunes 10 de agosto. La Gobernación del Chocó reportó personas heridas y daños en edificaciones de Quibdó, mientras organismos de emergencia avanzan en la evaluación de la situación.Un fuerte terremoto se registró hacia las 7:34 de la mañana de este lunes 10 de agosto de 2026, con epicentro en el municipio de San José del Palmar, Chocó. El movimiento telúrico fue ampliamente sentido en diferentes departamentos del país.De acuerdo con el reporte preliminar del Servicio Geológico Colombiano (SGC), el sismo tuvo inicialmente una magnitud de 6,7, una profundidad de 82 kilómetros y ocurrió a las 7:34 a. m. (Tropicana Colombia)Gobernadora del Chocó reporta heridos y daños en QuibdóLa gobernadora del Chocó, Nubia Carolina Córdoba, confirmó que ya se adelantan las primeras verificaciones en el departamento y manifestó preocupación por las posibles réplicas.“Acabamos de pasar un grave evento sísmico en el departamento del Chocó. Nos preocupan las réplicas”, señaló la mandataria.Córdoba indicó que, aunque el epicentro fue San José del Palmar, en Quibdó se reportaron personas heridas y graves daños en edificaciones.La gobernadora agregó que las autoridades están realizando una evaluación de daños para establecer un primer balance oficial de la emergencia.Daños en edificaciones tras el sismoLas primeras imágenes que circulan tras el terremoto muestran afectaciones en diferentes estructuras y calles. También se han conocido reportes de daños en ciudades del occidente del país, entre ellas Manizales, Cali y Armenia. (El País)Las fotografías que acompañan esta noticia corresponden a Manizales y muestran material de construcción desprendido sobre una vía, además de una edificación que sufrió daños estructurales importantes.En una de las imágenes se observa un vehículo atrapado entre los escombros, mientras que otra evidencia daños en la parte inferior de una edificación ubicada en una zona residencial de la capital de Caldas.Emergencia continúa en evaluaciónPor ahora, las autoridades adelantan la verificación de posibles afectaciones en infraestructura, viviendas y vías, así como la atención de las personas que hayan resultado heridas.La información sobre el número de heridos, daños materiales y posibles personas afectadas continúa en desarrollo y podría cambiar a medida que avancen las evaluaciones de los organismos de socorro.El SGC también ha advertido que sus datos sobre magnitud y características del evento pueden ser actualizados conforme se analice la información sismológica disponible. (Tropicana Colombia)Nota editorial: aunque el reporte suministrado inicialmente menciona una magnitud de 7,4, el boletín preliminar del SGC consultado reporta 6,7. Por ello, para una publicación periodística conviene atribuir la magnitud al SGC y actualizarla si el organismo modifica posteriormente el dato. (Tropicana Colombia)
Este lunes, un fuerte sismo sacudió a Colombia y una de las ciudades donde se sintió con intensidad fue Cali. Así quedó registrado a través de un video en el que se puede ver cómo la cabina de noticias de Blu Radio en la capital del Valle del Cauca fue estremecida mientras el director de noticias de esa ciudad reportaba El fuerte movimiento que se sintió en la ciudad.
Un temblor de magnitud 7.4 sacudió este lunes gran parte de Colombia, sin que de momento se haya informado de víctimas o daños, según el Servicio Geológico Colombiano (SGC).El temblor se sintió a las 07:34 de la mañana y tuvo como epicentro la localidad de San José del Palmar, en el departamento del Chocó, situado en la costa del Pacífico, a una profundidad de 82 kilómetros, indicó el SGC en un primer boletín.El terremoto se sintió en territorio nacional, generando pánico y preocupación entre los colombianos. Estas son las imágenes que deja el momento.