Luego de tres días de presentar públicamente en audiencia audios, testimonios y videos, el fiscal Gabriel Jaimes concluyó que el testigo Juan Guillermo Monsalve entregó a la Corte Suprema de Justicia una grabación incompleta que este le hizo al abogado Diego Cadena y, por consiguiente, engañó a la justicia, por lo que pidió su investigación por el delito de fraude procesal.Jaimes relató que, de acuerdo con los testimonios rendidos tanto a la Corte Suprema de Justicia, como a la Fiscalía, por parte del condenado Enrique Pardo Hasche, del testigo Juan Guillermo Monsalve, Victoria Eugenia Jaramillo, Ricardo Williamson, Diego Cadena y Jaime Lombana, en la indagatoria del expresidente Álvaro Uribe. Así como también al confrontar los videos de la cárcel La Picota, en la que demuestran las reuniones que tuvo Cadena con Monsalve y su abogado Héctor Romero, no se puede implicar al expresidente con un ofrecimiento a Monsalve a cambio de retractarse de unas declaraciones en las que relacionó a los hermanos Santiago y Álvaro Uribe con paramilitares.El fiscal indicó que resulta determinante, para esclarecer lo que ocurrió en esa reunión del 22 de febrero de 2018, la grabación que hizo Monsalve en un reloj que le ingresó su abogado Héctor Romero por solicitud de la esposa del testigo, Deyanira Gómez, y una vez realizada la grabación fue entregada a la Corte Suprema de Justicia de manera fraccionada, ya que iniciaba en el minuto 32 y la reunión duró casi una hora, por lo que después de ser manipulada por Deyanira Gómez, fue entregada en una USB tres días después a la Corte.Adicionalmente, argumentó que a pesar “del contenido de la grabación, se demuestra de manera clara que en dicha reunión no se manifestó que Cadena fuera enviado de Álvaro Uribe con el ánimo de obtener alguna retractación, y menos aún que la presencia de Cadena fuera con el objeto de que suscribiera un documento, eso nunca quedó registrado en dicha grabación”.Agregó que de la misma manera quedó demostrado que no se ofreció dádiva alguna y, por el contrario, allí se descartó que Monsalve fuera admitido en la JEP porque los delitos por los cuales estaba condenado no lo hacían posible.Según el fiscal, lo anteriormente mencionado, pone de presente que Monsalve le mintió a la Sala de Instrucción de la Corte en aspectos neurálgicos de la manipulación de testigos y, por estas razones, la Fiscalía considera al señor Monsalve como un testigo mendaz.Por todo lo anterior, el fiscal compulsó copias para que se abra una investigación contra Monsalve y su compañera Deyanira Gómez.“Aparece de manera contundente que el señor Monsalve y su excompañera Deyanira Gómez, y posiblemente otras personas que están por identificarse, alteraron evidencias y además con su utilización intentaron engañar a la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia por lo que este servidor compulsará copias para que se les investigue por los delitos de fraude procesal y ocultamiento, alteración y destrucción de elementos materiales probatorios”, afirmó el fiscal.El próximo martes, 3 de agosto, la juez determinará si acoge o no los planteamientos expuestos por el fiscal.
La Corte Suprema de Justicia ordenó a través de un fallo de tutela, a la Juez 28 Penal de Bogotá, reconocer como víctima a Deyanira Gómez, exesposa del testigo Juan Guillermo Monsalve, dentro del proceso que se le adelanta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunto fraude procesal y soborno.La Corte revocó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que no le había reconocido tal condición y ordenó su vinculación hasta "tanto se pronuncie sobre el particular el juez de conocimiento, en la audiencia de formulación de acusación que, eventualmente, se verifique en ese proceso".El abogado Miguel Ángel del Rio quien representa a Deyanira Gómez pidió en la tutela que se le admitiera como víctima por su intervención como testigo y su intermediación en la pretensión de obtener la retractación por parte de Juan Monsalve. El recurso señaló que Deyanira Gómez se convirtió en un obstáculo para la consecución de los fines presuntamente ilícitos de Diego Cadena y Álvaro Uribe Vélez.La Corte considera que “sin perjuicio de la ocurrencia de otro delitos de los que la señora Deyanira Gómez Sarmiento pueda ser víctima directa, lo cierto es que, en aquellos investigados en el caso Uribe, despunta su condición de perjudicada, en tanto se la instrumentalizó para persuadir a su ex esposo de suscribir el documento de retractación, el cual, además, ella debía allegar al proceso penal que supuestamente pretendía afectar el imputado", indica en el fallo.
La Corte Suprema de Justicia negó una tutela al periodista Gonzalo Guillén contra el Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual buscaba el reconocimiento como víctima dentro del proceso penal que se lleva a cabo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.Guillén interpuso la tutela ante la negativa de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá de darle el reconocimiento y la posibilidad de intervenir como parte dentro del trámite que se adelanta actualmente en el Juzgado 28 Penal y donde está pendiente la continuación de la audiencia de preclusión.La decisión proyectada por la magistrada Patricia Salazar determinó que la tutela no cumplió los requisitos que se deben tener contra las decisiones judiciales, en este caso la del Tribunal Superior de Bogotá del pasado 28 de mayo.“Se advierte que el reproche del accionante en este aspecto radica en la mera discrepancia de los conceptos jurídicos aplicables al caso y no en los alegados defectos específicos de procedencia de la tutela contra providencias judiciales, lo que descarta la configuración de alguna vía de hecho en ese aspecto”, indica la sentencia.Esta decisión se produce paralelamente a la negativa que dio la Corte Suprema de Justicia a Deyanira Gómez de admitirla provisionalmente como víctima dentro del mismo proceso, esto como medida provisional que pidió la expareja de Juan Guillermo Monsalve, considerado testigo estrella del proceso contra el expresidente Álvaro Uribe.
Un juez negó la solicitud para que se aplazara la audiencia en la que se definirá si se cierra el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos. Aunque aún no hay fecha definida, solo falta que se fije y no podrá ser aplazada.La acción de tutela fue interpuesta por el abogado Miguel Ángel del Río contra el Tribunal Superior de Bogotá - tribunal que revocó el reconocimiento de víctimas que este despacho efectuó en favor de Deyanira Gómez.El juzgado 28 con función de conocimiento no evidenció obstáculo alguno para adelantar la audiencia de solicitud de preclusión de la investigación por parte de la Fiscalía.“Cosa distinta ocurriría si la honorable Corte Suprema de Justicia, dentro del trámite de la acción constitucional, ordenara la suspensión o no programación de la audiencia”.Es por eso que este juzgado niega la petición de aplazar la audiencia de preclusión y mantiene su decisión de fijar nueva fecha para tal determinación.Vea el documento:
El Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de la juez 28 de conocimiento de Bogotá y rechazó la condición de víctima dada de Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.Además, mantuvo la decisión de la misma juez de negar la condición de víctima al periodista Gonzalo Guillén, en medio del proceso que se lleva contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez como presunto responsable de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. A partir de la fecha, ninguno podrá participar como víctima en el proceso.“Para acceder al conocimiento de víctima directa o indirecta no basta con pregonar un daño genérico o potencial, sino que se debe señalar el daño real o concreto causado con el delito investigado”, dijo la magistrada.En el caso concreto de Deyanira Gómez, dijo la magistrada, que no se argumentó debidamente cómo se afectó a Gómez con la conducta por la que se investiga al expresidente Uribe.“Los hechos jurídicamente relevantes son aquellos que se pusieron de presente al implicado en la indagatoria del 2019. En ellos, la única mención que se hace respecto al delito de soborno de testigos es al pretender la retractación de Monsalve. Relación que es de vital de importancia, para reconocer a una persona la calidad de víctima se debe determinar necesariamente que el daño que alega proviene del delito objeto de investigación que, para el caso en particular, es el de soborno a testigo en actuación penal”, dijo la funcionaria judicial.Hace unas semanas, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, había acreditado como víctima provisional en el proceso a Deyanira Gómez, acogiendo los argumentos de su abogado Miguel Ángel del Río de que era supuesta víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez sería víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, dijo la juez de conocimiento.Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá opinó todo lo contrario: no se acreditó cómo resultó afectada Gómez en las supuestas conductas ilícitas cometidas por el expresidente Uribe y por eso no puede actuar como víctima. No obstante, su abogado Miguel Ángel del Río anunció que interpondrá una tutela porque considera que la decisión vulnera los derechos de su cliente, en otras palabras, habrá otro escenario en el que podría revivirse la discusión.En la misma decisión, al igual que la juez 28 de conocimiento de Bogotá, el Tribunal Superior de Bogotá negó acreditar como víctima en el proceso al periodista Gonzalo Guillén. La juez dijo en su momento que, la supuesta afectación a su patrimonio moral no tiene relación con los hechos por los que se investiga al expresidente Uribe. Incluso, dijo la juez, que al interponer una denuncia contra Lombana por las menciones que hizo contra Guillén, será en ese escenario, en otra actuación penal, en donde deben constituirse como víctimas y que el juez de ese proceso deberá definir si las apreciaciones realizadas por Lombana constituyen o no delitos.
El Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión de la juez 28 de conocimiento de Bogotá y rechazó la condición de víctima dada a Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve. Además, mantuvo la decisión de la misma juez de negar la condición de víctima al periodista Gonzalo Guillén, en medio del proceso que se lleva contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, como presunto responsable de los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. A partir de la fecha, ninguno podrá participar como víctima en el proceso.“Para acceder al conocimiento de víctima directa o indirecta no basta con pregonar un daño genérico o potencial, sino que se debe señalar el daño real o concreto causado con el delito investigado”, dijo la magistrada.En el caso concreto de Deyanira Gómez, dijo la magistrada que no se argumentó debidamente cómo se afectó a Gómez con la conducta por la que se investiga al expresidente Uribe.“Los hechos jurídicamente relevantes son aquellos que se pusieron de presente al implicado en la indagatoria del 2019. En ellos, la única mención que se hace respecto al delito de soborno de testigos es al pretender la retractación de Monsalve. Relación que es de vital de importancia, para reconocer a una persona la calidad de víctima se debe determinar necesariamente que el daño que alega proviene del delito objeto de investigación que, para el caso en particular, es el de soborno a testigo en actuación penal. Así mismo, la concreción de la presunta conducta delictiva a detener como sustento los hechos jurídicamente relevantes que fueron expuestos en la audiencia de imputación que, en este caso, es en la diligencia de indagatoria, lo cuales deben permanecer inalterados de la audiencia hasta el fallo, salvo que a su relato se puedan incorporar algunos detalles que no van cambiar la calificación de los delitos imputados a menos que se haga una adición”, dijo la funcionaria judicial.Hace unas semanas, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, había acreditado como víctima provisional en el proceso a Deyanira Gómez, acogiendo los argumentos de su abogado Miguel Ángel del Río de que era supuesta víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa (del expresidente Uribe) que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación", dijo la juez de conocimiento."En esa oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente, de ser el caso, daría lugar a terminar la investigación. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, agregó.Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá opinó todo lo contrario: no se acreditó cómo resultó afectada Gómez en las supuestas conductas ilícitas cometidas por el expresidente Uribe y por eso no puede actuar como víctima. No obstante, su abogado Miguel Ángel del Río anunció que interpondrá una tutela porque considera que la decisión vulnera los derechos de su cliente, en otras palabras, habrá otro escenario en el que podría revivirse la discusión.En la misma decisión, al igual que la juez 28 de conocimiento de Bogotá, el Tribunal Superior de Bogotá negó acreditar como víctima en el proceso al periodista Gonzalo Guillén.La juez dijo en su momento que, la supuesta afectación a su patrimonio moral no tiene relación con los hechos por los que se investiga al expresidente Uribe. Incluso, dijo la juez, que al interponer una denuncia contra Lombana por las menciones que hizo contra Guillén, será en ese escenario, en otra actuación penal, en donde deben constituirse como víctimas y que el juez de ese proceso deberá definir si las apreciaciones realizadas por Lombana constituyen o no delitos.
Se postergó indefinidamente la audiencia judicial en la que la Fiscalía pedirá que se archive la investigación contra el expresidente Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos.El motivo del nuevo aplazamiento tiene que ver con la apelación de la Fiscalía y de la Procuraduría a la decisión de la juez 28 de conocimiento Carmen Helena Ortiz, quien aceptó como víctima dentro del caso a Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, el testigo que tuvo en cuenta la Corte Suprema contra Uribe.El Tribunal Superior de Bogotá será el encargado de definir si queda o no en firme la aceptación de la médica Gómez como víctima dentro del proceso y en ese trámite se puede tardar varias semanas.Esto automáticamente causa un nuevo aplazamiento de la definición del caso de fondo, es decir, se aplaza el trámite de escuchar al fiscal Gabriel Jaimes con sus argumentos para pedir que se archive el caso contra el expresidente Uribe por soborno y fraude procesal y por supuesto se aplaza la definición de esa solicitud por parte de la juez Ortiz.Y mientras se define esa situación, se conocen nuevos detalles de la “caracterización” o perfilamiento que mandó hacer la Fiscalía de Juan Guillermo Monsalve, y se conocen fotos, videos y otras pruebas que demuestran excesos en la cárcel La Picota y posible violación del código penitenciario.Además, la Fiscalía investiga una contabilidad encontrada a mano y unos audios que demostrarían que Monsalve tiene acciones en una mina de oro en San Roque, Antioquia.Aunque este no es el trasfondo del caso, la defensa del expresidente Uribe busca por medio de la revelación de estos elementos, dejar dudas sobre si Monsalve recibió pagos por debajo de la mesa para inculpar a su cliente con la creación del bloque Metro de las Autodefensas.En medio de tantos enredos y elementos, ojalá la justicia actúe como corresponde y logre esclarecer el trasfondo de este caso.Escuche el análisis y la opinión de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:
La jueza 28 de Conocimiento de Bogotá suspendió nuevamente este viernes la audiencia de preclusión del caso por fraude procesal y soborno de testigos contra el expresidente colombiano Álvaro Uribe hasta que el Tribunal Superior de Bogotá resuelva si se acepta o no la acreditación de otras dos víctimas en el proceso.Se trata de la médica Deyanira Gómez y del periodista Gonzalo Guillén, cuyas solicitudes de acreditación como víctimas del caso deberán ser definidas en segunda instancia por el Tribunal de Bogotá.Durante la audiencia de este viernes, la jueza Carmen Helena Ortiz decidió aceptar como "víctima provisional" a Gómez, quien fue pareja del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, preso en la cárcel La Picota de Bogotá y a quien supuestamente el abogado Diego Cadena, que hacía parte del equipo de Uribe, le ofreció ayudas si cambiaba las declaraciones que hizo contra el expresidente (2002-2010).La togada argumentó que por los hechos investigados dentro del caso, Gómez fue víctima de hostigamientos e intimidaciones que llevaron a que la mujer recibiera un esquema de seguridad de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y luego se exiliara.Los delegados de la Fiscalía y la Procuraduría, así como la defensa del exmandatario, apelaron la decisión que otorgó el reconocimiento a la expareja de Monsalve como víctima provisional al considerar que en este momento del caso no procede, y dicha apelación deberá ser resuelta por el Tribunal Superior de Bogotá.En el caso del periodista Gonzalo Guillén, que pedía ser reconocido como víctima por el daño a su prestigio, honra y buen nombre que dice haber sufrido por este caso, la jueza no lo reconoció como víctima porque considera que esas afectaciones no tienen nada qué ver con el caso.LO QUE SIGUE EN EL CASOEl proceso por supuesto fraude procesal y soborno de testigos comenzó en febrero de 2012 cuando Uribe demandó por presunta manipulación de testigos al senador de izquierdas Iván Cepeda, que en esa época preparaba una denuncia en el Congreso en su contra por supuestos vínculos con el paramilitarismo.Esa demanda acabó volviéndose en contra de Uribe cuando el magistrado José Luis Barceló no sólo la archivó, sino que decidió abrir una investigación al expresidente por supuesta manipulación de testigos.El fiscal delegado del caso, Gabriel Jaimes, pidió el pasado 5 de marzo no investigar a Uribe, líder del partido gobernante Centro Democrático, al considerar que "varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito y otras que sí lo son no se le pueden atribuir como autor o partícipe".Si, una vez se retome la audiencia, la jueza acepta la solicitud de preclusión de la Fiscalía, las víctimas podrían apelar esa decisión y el caso pasa al Tribunal Superior de Bogotá.Y si, por el contrario, la jueza niega la solicitud de preclusión, la Fiscalía se vería enfrentada a tener que decidir si presenta una acusación con lo que tiene o si reformula con más argumentos su petición de preclusión.En todo caso, si la jueza niega la preclusión, la Fiscalía y la defensa de Uribe también podrían apelar esa decisión, con lo cual el caso también pasaría al Tribunal Superior de Bogotá.
Este viernes, la juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, acreditó como víctima provisional en el proceso que se le lleva al expresidente Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de soborno y de fraude procesal, a Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar y testigo contra el expresidente Uribe, Juan Guillermo Monsalve. Sin embargo, debido a que la Fiscalía, la Procuraduría y el abogado de Uribe, Jaime Granados, apelaron la decisión, la determinación final queda en manos del Tribubal Superior de Bogotá.Según la Fiscalía, las supuestas amenazas a Deyanira surgieron con posterioridad a los hechos por los que es investigado el expresidente Uribe, por lo que no podría considerársele víctima en el proceso.“Esas amenazas específicas que supuestamente recibió la señora Deyanira con los hechos materia de investigación, el tema de los daños debe ser con los hechos y no con la investigación. De lo que se duele la señora Deyanira es que a consecuencia de las investigaciones de todo este trasegar judicial se presentaron esas amenazas entonces la Fiscalía expresa que aún bajo ese supuesto, aún bajo la existencia de esas amenazas, las amenazas surgen con posterioridad al episodio fáctico, rompiendo totalmente un vínculo de nexo causal entre los hechos materia de investigación, entre los hechos jurídicamente relevantes y los daños directos o indirectos”, argumentó el ente acusador.Por su parte, para la juez, el abogado Miguel Ángel del Río que defiende a Deyanira, logró demostrar en esta primera etapa que es víctima porque por su participación en los hechos fue objeto de amenazas y terminó exiliada.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa (del expresidente Uribe) que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación”, dijo.“En esa oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente, de ser el caso, daría lugar a terminar la investigación. El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, dijo la juez.Así las cosas, queda en manos del Tribunal Superior de Bogotá la decisión final sobre si Deyanira Gómez y el periodista Gonzalo Guillén (a quien no acreditaron como víctima) deben ser acreditados como víctimas en este proceso que se lleva en contra del expresidente Uribe. Después de esta decisión, se daría paso a que la Fiscalía sustente su solicitud de preclusión de la investigación.
La juez 28 de conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, avaló uno de los argumentos del abogado Miguel Ángel del Río, quien solicitó que su clienta Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar y testigo en el caso Uribe, Juan Guillermo Monsalve, sea acreditada como víctima en el proceso y por esa razón, le dio la condición de víctima provisional en el proceso que se le lleva al expresidente por los delitos de soborno y de fraude procesal. Para la juez, Deyanira es víctima pasiva de los hechos.“Se acreditó entre los hechos investigados y los daños causados a aquella, derivados de los seguimientos hostigamientos e intimidades que tuvieron tal magnitud que la UNP brindara medidas de protección y un esquema de seguridad y que, finalmente, la llevaron al exilio. Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa (del expresidente Uribe) que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación. En esa oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente, de ser el caso, daría lugar a terminar la investigación", dijo la jueza."El despacho no comparte la posición de la Fiscalía y del Ministerio Público pues considera que no se compadece con la postura adoptada por la Corte Constitucional. Como acertadamente lo indicaron Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo, no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de soborno y fraude procesal para constituirse como víctima. Resultaría claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos motivo de investigación”, agregó la funcionaria judicial. Según la jueza, no hay pruebas que sustenten los otros dos argumentos del abogado del Río sobre que Deyanira fue despedida sin justa causa de su trabajo, en mayo del 2018, por cuenta de este proceso y que sufrió un daño patrimonial por cuenta de la extinción del dominio a la finca La Veranera, en Risaralda.La jueza resaltó el hecho de que, según la investigación, Deyanira tuvo participación en los hechos teniendo en cuenta que a través de ella se obtendría la retractación de Monsalve, la cual, supuestamente, se había suscrito a petición del abogado Diego Cadena quien, según Monsalve, había sido enviado por el expresidente Uribe.La Fiscalía, la Procuraduría y el defensor del expresidente Jaime Granados apelaron la decisión de la acreditación como víctima a Deyanira Gómez por lo que será el Tribunal Superior de Bogotá quien tome la decisión final sobre este punto.En la misma decisión, la jueza negó la acreditación como víctima del periodista Gonzalo Guillén. Dijo que la supuesta afectación a su patrimonio moral no tiene relación con los hechos por los que se investiga al expresidente Uribe. Incluso, dijo la juez, que al interponer una denuncia contra Lombana por las menciones que hizo contra Guillén, será en ese escenario, en otra actuación penal, en donde deben constituirse como víctimas y que el juez de ese proceso deberá definir si las apreciaciones realizadas por Lombana constituyen o no delitos.Escuche esta información en Mañanas BLU 10:30, cuando Colombia está al aire:
Este Viernes Santo es uno de los días más importantes en la celebración de la Semana Santa, pues es la crucifixión de Jesucristo. Por eso, el Canal Caracol tiene una programación especial desde tempranas horas de la mañana.Como es usual, desde las 12:30 de la madrugada hasta las 5:00 de la mañana se trasmitirá la repetición del programa También Caerás. Desde las 5:00 de la mañana iniciará la programación especial con 'Grandes historias de la Biblia' hasta las 11:00 de la mañana.La 'Celebración de la Pasión' llegará a la transmisión de Caracol TV desde las 11:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde. Aquí es donde se encuentra la principal novedad de la programación, pues el noticiero del mediodía no empezará a las 12:30 como habitualmente se hace.Según lo publicado por el portal web del Canal Caracol, solo habrá 45 minutos de noticiero, es decir, entre la 1:00 de la tarde hasta la 1:45.La programación retornará con 'Grandes historias de la Biblia' desde la 1:45 de la tarde hasta las 7:00 de la noche.La emisión central de Noticias Caracol mantendrá su horario de 7:00 a 8:00 de la noche.El Viernes Santo terminará con 'Festivo Premier' desde las 8:00 hasta las 10:15 de la noche. Finalmente, dará paso a 'Noches de Premier' hasta las 12:15 de la madrugada del Sábado Santo.¿Qué significa el Viernes Santo?Es un día de profunda importancia espiritual, marcando el sacrificio de Jesús por los pecados de la humanidad y su amor incondicional.
Un hecho poco usual se presentó en la ciudad de Roma, capital de Italia. En video quedó registrado el momento en el que un hueco se tragó a dos vehículos que estaban estacionados durante una noche en un barrio popular.En las imágenes se puede observar cómo el socavón ya tenía una dimensión bastante grande, por lo que era cuestión de segundos que los carros cayeran al vacío y por eso los curiosos que estaban en la zona alcanzaron a grabar con su celular lo sucedido en Quadraro, Roma.Tamaño del socavónEste no era cualquier hueco y, sin duda, los dueños de estos vehículos no lo olvidarán por un buen tiempo. Este socavón tenía, aproximadamente, un diámetro de ocho metros y 13 metros de profundidad, lo que se confirma con las imágenes, pues los carros se pierden de la visual por completo.De hecho, en otros videos publicado por medios locales se evidencia el uso de una grúa para poder sacar a los dos carros involucrados en este incidente. Vale aclarar que en ese momento no había ninguna persona o mascota dentro de los mismos, por lo que no hubo lesionados. Además, en el proceso de rescate de los vehículos ya se habían retirado a los otros carros que también estaban en ese parqueadero. Incluso las autoridades tuvieron que cerrar esa vía para evitar más incidentes.Afectación a viviendasLas autoridades de Roma también reportaron que tuvieron que evacuar a las familias que ocupaban un edificio que estaba cerca al socavón, puesto que se evidenciaron algunas grietas y afectaciones estructurales.Por esto, 36 viviendas tuvieron que ser evacuadas mientras se determina si se puede volver a ocupar el edificio o qué medida tomar al respecto para proteger la vida de quienes viven allí.Esta no es la primera vez que un hueco de estas dimensiones aparece en Italia, ya ha ocurrido en febrero de 2018, cuando un socavón se tragó parte de un barrio. Más de 20 vehículos al vacío y todo un edificio tuvo que ser evacuado.
Este 29 de marzo llega el Viernes Santo, que es una fecha crucial dentro del cristianismo, pues se conmemora la crucifixión de Jesucristo y su muerte en la cruz. Es el punto culminante de la Semana Santa, que comienza en el Domingo de Ramos y termina en el Domingo de Resurrección, celebrando la resurrección de Jesús.El Viernes Santo es un día de solemnidad y recogimiento para los cristianos alrededor del mundo. Las prácticas y tradiciones varían entre diferentes denominaciones y culturas, pero comúnmente incluyen:Ayuno y abstinencia: muchos cristianos eligen ayunar o abstenerse de comer carnes rojas como forma de penitencia y reflexión espiritual.Vía Crucis: representa las estaciones de la cruz, recordando los eventos desde que Jesús fue condenado a muerte hasta su crucifixión y sepultura. En muchas comunidades, los fieles participan en procesiones que recorren estas estaciones, reflexionando sobre cada momento.Servicios religiosos: las iglesias suelen realizar servicios especiales que pueden incluir la lectura de las Pasiones de Cristo, adoración de la cruz y distribución de la Sagrada Comunión. Estos servicios suelen ser más sobrios y meditativos, con música y decoraciones que reflejan el tono sombrío del día.Reflexión y oración: se alienta a los fieles a dedicar tiempo a la oración personal, reflexionando sobre el sacrificio de Jesús por la humanidad y lo que eso significa en sus vidas.Su significadoEl Viernes Santo es, por tanto, un día de profunda importancia espiritual, marcando el sacrificio de Jesús por los pecados de la humanidad y su amor incondicional.Las 14 estacionesEl día en el que Jesús fue condenado a muerte tuvo que hacer un recorrido que comprendía 14 estaciones hasta tetminar en el sepulcro.Jesús es condenado a muerte: Pilato sentencia a Jesús a ser crucificado.Jesús carga con la cruz: Jesús toma sobre sus hombros la cruz en la que será crucificado.Jesús cae por primera vez: debilitado, Jesús cae bajo el peso de la cruz.Jesús se encuentra con su santísima madre: María, su madre, se encuentra con Jesús, añadiendo dolor emocional a su sufrimiento físico.Simón ayuda a Jesús a llevar la cruz: Simón es obligado por los soldados romanos a cargar la cruz junto a Jesús.Verónica limpia el rostro de Jesús: Verónica, movida por compasión, limpia el rostro de Jesús con un paño, en el cual queda impresa su imagen.Jesús cae por segunda vez: Jesús cae una vez más bajo el peso de la cruz.Jesús consuela a las mujeres de Jerusalén: Jesús se encuentra con un grupo de mujeres llorando por él y les habla.Jesús cae por tercera vez: Jesús cae por tercera vez, cerca del lugar de su crucifixión.Jesús es despojado de sus vestiduras: los soldados quitan a Jesús sus ropas, dejándolo casi desnudo.Jesús es clavado en la cruz: Jesús es clavado en la cruz en el lugar conocido como El Gólgota.Jesús muere en la cruz: después de varias horas de agonía, Jesús muere en la cruz.Jesús es bajado de la cruz y puesto en brazos de su madre: el cuerpo de Jesús es bajado de la cruz y entregado a su madre.Jesús es sepultado: el cuerpo de Jesús es envuelto en una sábana y colocado en un sepulcro.
Conozca los resultados del sorteo del chance Cafeterito Noche, el cual se realiza todos los días, incluso los días festivos.Resultado Cafeterito NocheEl número ganador del último sorteo del Cafeterito Noche de este jueves, 28 de marzo de 2024, es el número: 5391.Tres últimas cifras: 391Tres primeras cifras: 539Cuatro cifras: 5391Conozca todos los resultados de los sorteos anteriores de Cafeterito Noche.¿Cuál fue el resultado de Cafeterito Noche chance de ayer miércoles, 27 de marzo de 2024?El número ganador del último sorteo de Cafeterito Noche de este miércoles, 27 de marzo: 9696.
El hecho, de acuerdo con las autoridades, se registró el 22 de marzo cuando, en horas de la noche y bajo los efectos del alcohol, el presunto agresor, identificado como José Patiño de 22 años de edad, se ofreció a llevar a la mujer a su lugar de residencia en el municipio de Tibasosa, Boyacá.La mujer aceptó el ofrecimiento del agresor quien, en medio del trayecto, más precisamente en las inmediaciones de una vereda de la parte alta del municipio de Tibasosa, cerca de la carretera, golpeó a la víctima de manera violenta.Luego de los golpes y de accederla sexualmente, el delincuente atacó en repetidas oportunidades a la joven con un machete. Por fortuna, de acuerdo con el reporte, la mujer logró ser socorrida por miembros de la Policía y habitantes de la zona aledaña al ataque.El hombre, quien dejó a la mujer abandonada en un matorral, fue capturado este 28 de marzo por la Fiscalía en plena vía pública del municipio de Zetaquira, en Boyacá. Al capturado se le acusa de los delitos de tentativa de feminicidio y acceso carnal abusivo.