El Despacho 17 de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó en segunda instancia al abogado Diego Cadena, defensor del expresidente Álvaro Uribe, a 8 años y 8 meses de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal dentro del proceso relacionado con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez.La decisión implica revocar parcialmente la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado Tercero de Conocimiento, que había condenado a Cadena a 7 años de prisión domiciliaria al hallarlo responsable únicamente del delito de soborno en actuación penal. Tras revisar el expediente, el tribunal amplió la responsabilidad penal al considerar que también se configuró el delito de fraude procesal.Según la tesis de la Fiscalía General de la Nación, sostenida desde el inicio de la investigación, Cadena habría ofrecido beneficios jurídicos y apoyo económico a Juan Guillermo Monsalve con el propósito de que modificara su versión sobre presuntos vínculos del expresidente Uribe con estructuras paramilitares. Para el ente acusador, estas gestiones no se realizaron dentro de los canales legales, sino con el objetivo de lograr una retractación que favoreciera al exmandatario y alterara el curso de la actuación judicial.De acuerdo con la acusación, las reuniones y comunicaciones sostenidas entre Cadena y Monsalve, sumadas a las promesas que se habrían realizado, constituían un acto de soborno en el marco de una actuación penal. La Fiscalía sostuvo que estas acciones buscaban incidir en el testimonio del exparamilitar y, por ende, en la verdad procesal dentro del expediente.En la sentencia de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá cuestionó los argumentos presentados por la defensa y respaldó la hipótesis del ente acusador.“Nada de eso es compatible con la hipótesis de la defensa; al contrario, tales episodios dejan al descubierto inequívocamente que la retractación de Juan Guillermo Monsalve Pineda fue obra de Diego Javier Cadena Ramírez, entre otros”, señala el fallo.La providencia también advierte que la retractación de Monsalve implicaba una modificación de la verdad procesal. En ese sentido, el tribunal afirmó que “al margen de que beneficios por colaboración se le hayan conseguido a Juan Guillermo Monsalve Pineda, su retractación llevaba consigo la alteración de la verdad”.Los magistrados también destacaron las actuaciones que, según el expediente, habría realizado el abogado para obtener dicha retractación. En el fallo se indica que “Diego Javier Cadena Ramírez hizo ingentes esfuerzos en pos de la retractación. Le ofreció gratuitamente sus servicios como abogado a Juan Guillermo Monsalve Pineda y le advirtió que debía escribir la carta con el acompañamiento de Enrique Pardo, quien se la dictó”.Tras examinar el material probatorio, el tribunal no solo confirmó la responsabilidad penal de Cadena por el soborno a Monsalve, sino que además revocó la absolución que había sido dictada en primera instancia frente a las dádivas ofrecidas a Carlos Enrique Vélez. En consecuencia, concluyó que en ambos casos Diego Cadena y su socio Juan José Salazar actuaron con dolo al intentar obtener retractaciones de testigos.Con la nueva decisión judicial, Diego Cadena fue condenado a 8 años y 8 meses de prisión domiciliaria, pena que deberá cumplir una vez la sentencia quede en firme. Por su parte, Juan José Salazar fue condenado a 7 años y 10 meses de prisión dentro del mismo proceso.Este caso se conecta con el proceso judicial que también involucró al expresidente Álvaro Uribe Vélez. En ese expediente, el exmandatario Uribe fue condenado en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, pero posteriormente fue absuelto en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá.Actualmente, tras la presentación de recursos de casación por parte de la Fiscalía y de las víctimas del proceso, será la Corte Suprema de Justicia la que deberá decidir si admite el estudio de estas decisiones y revisa de fondo lo resuelto por el tribunal en el marco de este caso.
El Tribunal Superior de Antioquia compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue al abogado Diego Cadena por posibles delitos contra la administración de justicia, al considerar que su intervención habría incidido en las declaraciones del testigo Juan Carlos Rodríguez Agudelo, alias 'Zeus', dentro del proceso que culminó con la condena del hermano del expresidente Uribe.Según el fallo condenatorio contra Santiago Uribe, el comportamiento del abogado debe ser examinado penalmente debido a presuntas inconsistencias, asesorías cuestionadas y actuaciones que pudieron eventualmente influir en la versión suministrada por Rodríguez Agudelo, quien posteriormente falleció.Incluso en el documento de 307 páginas es claro que es de suma necesidad examinar más a fondo el rol del abogado Cadena, dado que alias 'Zeus', quien mencionó episodios clave sobre la existencia y operación del grupo paramilitar Los Doce Apóstoles y la presunta participación de Santiago Uribe, habría estado presuntamente acompañado o asesorado jurídicamente de manera irregular.“Se compulsarán copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue los posibles delitos en contra de la administración de justicia en que hubiere podido incurrir el abogado Diego Javier Cadena Ramírez de acuerdo con lo considerado en relación con el testigo Juan Carlos Rodríguez Agudelo […] El juez ordenó investigación penal por falso testimonio en contra de Rodríguez Agudelo, que ya falleció, pero no lo hizo en relación de quien le asesoró para llevar la información a la actuación judicial”, se lee en el documento.El Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución que había recibido Santiago Uribe Vélez en primera instancia y lo condenara a 28 años de cárcel por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.Según la sentencia, el tribunal encontró suficientes elementos probatorios para revertir la decisión del Juez Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia.
El expresidente de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, rompió el silencio tras la decisión que tomó en segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá de absolverlo por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.Con tono pausado, pero firme, agradeció a Dios, a su familia y a su equipo de abogados por acompañarlo durante más de seis años de uno de los procesos más mediáticos en la historia reciente del país.Uribe destacó la labor de su defensa, encabezada por el penalista Jaime Granados, el abogado Jaime Lombana, y sus equipos jurídicos, con nombres como Guillermo Uribe, Juan Felipe Amaya, Frankie Guevara, Víctor Mosquera y Alejandro Sánchez. El exmandatario también reconoció a quienes lo apoyaron en la preparación de su defensa, como Carolina Escamilla, Julia Correa e Isabel Mejía.Además, expresó su solidaridad con Diego Cadena, su exabogado investigado por soborno a testigos, y con el excongresista Álvaro Hernán Prada, ambos involucrados en el mismo caso. "Hago votos para que personas que resultaron involucradas en este proceso como el doctor Diego Cadena y el magistrado Álvaro Hernán Prada rápidamente puedan superar sus dificultades".Con un tono más emotivo, Álvaro Uribe Vélez pidió disculpas a la justicia y a la Procuraduría General de la Nación por el tiempo invertido en el proceso, insistiendo en que, “a lo largo de su vida pública siempre ha dicho la verdad a los colombianos”.Además, el exmandatario cerró su pequeña intervención desde su hogar en el Oriente antioqueño con algunas peticiones.“Pido a la Providencia energía y tranquilo discernimiento para trabajar por Colombia. Pido a la Providencia que me dé toda la nobleza para luchar por este gran pueblo del que me siento muy orgulloso en pertenecer, el gran pueblo colombiano".Así, tras años de audiencias, acusaciones y controversias, Álvaro Uribe Vélez deja abierta la pregunta sobre su futuro en la vida pública, tema frente al cual no se quiso referir.
El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, revocando la condena de 12 años de prisión domiciliaria que había sido dictada por la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.La decisión del alto tribunal también extiende la absolución a los episodios relacionados con los testigos Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés Velasco, alias “Diana”, y contiene un duro reproche a la jueza de primera instancia por errores en la valoración de las pruebas y por haber incurrido en interpretaciones consideradas “falaces y metodológicamente defectuosas”.Duro pronunciamiento del magistrado MerchánDurante la lectura de la sentencia, el magistrado Manuel Antonio Merchán, en nombre de la Sala Penal del Tribunal, afirmó que la decisión de primera instancia carecía de rigor probatorio y presentaba falacias interpretativas.El fallo añadió que “la sentencia incurrió en error al asumir que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas equivalía a dolo determinador, interpretando falazmente recomendaciones de decir siempre la verdad como encargo ilícito sin evidencia”.Asimismo, Merchán precisó que “las conversaciones interceptadas reflejan ausencia de instrucciones para inducir falsedad y quienes tuvieron contacto con Uribe niegan fines ilícitos”, aclarando además que la llamada del 26 de marzo fue tergiversada, pues Uribe “pregunta si Monsalve fue presionado por Cepeda, no afirma tal hecho, y la expresión ‘eso ayuda mucho’ se refiere a aclarar la situación, no a inducir mentira”.Revocatoria de la condena y absoluciónTras revisar las pruebas y la valoración efectuada en primera instancia, el Tribunal concluyó que no se acreditó responsabilidad más allá de toda duda razonable, motivo por el cual revocó la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez.“La sentencia de primera instancia incurrió en errores metodológicos, falacias interpretativas y valoración sesgada de pruebas al construir inferencias sobre subordinación funcional y dolo sin respaldo objetivo”, dijo el magistrado Merchán al leer la parte resolutiva del fallo.El Tribunal señaló además que las inferencias sobre una supuesta subordinación funcional entre el expresidente y el abogado Diego Cadena carecen de fundamento, y que la actuación de Uribe se enmarcó en la búsqueda de pruebas lícitas, no en la inducción a testigos para faltar a la verdad.Contexto: la condena de agosto y los casos vinculadosEn agosto pasado, la jueza Sandra Heredia había condenado al expresidente a 12 años de prisión, una multa superior a 3.400 millones de pesos y una inhabilitación para ejercer cargos públicos por más de ocho años, tras hallarlo culpable de fraude procesal y soborno en actuación penal.El fallo de primera instancia se basaba en los testimonios de Juan Guillermo Monsalve Pineda, exparamilitar recluido en la cárcel La Picota, quien aseguró haber recibido ofrecimientos de parte del abogado Diego Cadena, presuntamente por instrucción de Uribe, para retractarse de sus declaraciones que lo vinculaban con el bloque Metro de las AUC.Sin embargo, el Tribunal Superior determinó que no existían pruebas directas que acreditaran coacción, ofrecimientos ilícitos o instrucciones dolosas por parte del expresidente, y que las grabaciones y declaraciones analizadas no sustentaban la hipótesis de manipulación del testigo.
Tras la reciente decisión judicial que condenó al abogado Diego Cadena a 7 años de prisión en primera instancia, su defensa, liderada por el doctor Iván Cancino, ha manifestado que ha iniciado el proceso de apelación. En diálogo con Mañanas Blu, Cancino ofreció detalles cruciales sobre la situación legal de su cliente, el estado de su libertad y las notables diferencias con el caso del expresidente Álvaro Uribe, asegurando que la estrategia apunta a la absolución total.La condena de 84 meses (7 años) impuesta al Cadena fue por un solo delito, mientras que fue absuelto de otros tres. Este contexto judicial fue abordado por Cancino, quien, además, reveló el singular sentido del humor que su cliente mantiene a pesar de la gravedad del proceso.Una de las aclaraciones más importantes brindadas por el abogado Cancino, fue respecto al estado de libertad de Diego Cadena. A diferencia de otros casos mediáticos, el juez de primera instancia no impuso restricción a su libertad ni ordenó su captura.El doctor Cancino explicó que la defensa había solicitado tres puntos clave al juez: que la pena fuera la mínima posible (7 años), que no se hiciera efectiva ninguna captura hasta que se decidiera la apelación, y que fuera una detención domiciliaria, si se ratificaba la sentencia. Todos estos puntos fueron aceptados por el juez.Actualmente, Diego Cadena se encuentra fuera del país. "Estuvo en Colombia y salió por unos temas profesionales a Europa," indicó Cancino. Sin embargo, el abogado es enfático en el compromiso de su cliente de acatar cualquier decisión final de la justicia.Cancino insistió en su convicción de lograr la absolución, pero fue claro respecto a lo que sucedería si la condena se ratificara en instancias superiores: "No creo que tenga que pagar condena alguna. Yo creo que lo vamos a absolver, pero tiene el compromiso conmigo porque sería una situación no entendible, que ya le faltaría poco tiempo y, además, sería en domiciliaria no cumplirla en Colombia. Estoy absolutamente seguro que lo hará".El caso de Diego Cadena seguirá su curso ante el tribunal, con la defensa buscando una absolución total y con la certeza de que, mientras no haya fallo en firme, el abogado Cadena seguirá gozando de su libertad.Escuche aquí la entevista:
Este martes, 30 de septiembre, el juzgado tercero de conocimiento de Bogotá condenó a Diego Cadena, abogado del expresidente Uribe, a 7 años de prisión domiciliaria por el delito de soborno en actuación penal por el caso del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.Asimismo, Cadena fue absuelto por los hechos relacionados con el soborno en el episodio de Carlos Enrique Vélez alias 'Víctor'.Vale recordar que el pasado 15 de agosto la justicia halló culpable a Cadena del delito de soborno en actuación penal, por haber ejercido presiones para que el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve se retractara de los señalamientos que había hecho contra el expresidente Álvaro Uribe.De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, Cadena habría ofrecido beneficios jurídicos y apoyo económico a Monsalve para que cambiara su versión y favoreciera los intereses de Uribe en el proceso. Según la acusación, estas gestiones no se hicieron de manera legal, sino con el objetivo de alterar el testimonio y, en consecuencia, la verdad procesal.La Fiscalía sostuvo que las reuniones y comunicaciones entre Cadena y Monsalve, sumadas a los pagos y promesas, configuraban un claro acto de soborno en el marco de una actuación penal.“Condenar a Diego Javier Cadena Ramírez, como coautor penalmente responsable del delito de soborno en la actuación penal, por los hechos que constan en la acusación relacionados con Juan Guillermo Monsalve Pineda, e imponer la pena principal de 84 meses de prisión y multa equivalente a 375 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señaló el juez durante la audiencia.Apelarán la condenaEstá condena es en primera instancia, y ya la defensa de Diego Cadena encabezada por Iván Cancino mediante su cuenta de 'X' anunció que apelará esta decisión que tomó la justicia en este caso.
El juez encargado del caso contra Enrique Pardo Hasche y Samuel Arturo Sánchez, acusados por fraude procesal y soborno a testigos, negó la solicitud de la defensa de las víctimas de realizar un descubrimiento de material probatorio en la audiencia preparatoria. La acción fue solicitada por el abogado Reinaldo Villalba, representante del senador Iván Cepeda, en este proceso ligado al expediente en el que también aparecen el expresidente Álvaro Uribe y el abogado Diego Cadena.Según el juez, la representación de las víctimas debía realizar la solicitud de descubrimiento de pruebas a través de la Fiscalía, el ente acusador, que ya superó la etapa de revelación de pruebas en la audiencia de acusación.Sin embargo, el abogado Villalba apeló afirmando que este proceso no pudo realizarse previamente, pues no estaban reconocidos como víctimas, lo que impidió que ejercieran sus derechos de descubrimiento de pruebas en esa etapa. La apelación ahora será resuelta por el Tribunal Superior de Bogotá, que definirá si la representación de víctimas podrá presentar su material probatorio en la etapa preparatoria.En este caso, según la Fiscalía, el abogado Sánchez, en 2017, habría actuado en complicidad con el abogado Diego Cadena para mantener firme al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias 'Víctor', en su decisión de cambiar su versión ante la Corte Suprema de Justicia. El objetivo, de acuerdo con la investigación, era afectar el proceso contra el senador Iván Cepeda y beneficiar al expresidente Uribe.En la acusación se expuso que el abogado Sánchez incluso habría redactado, junto a alias Víctor, una carta que fue entregada a Cadena. En ella se hablaba de supuestos actos ilegales atribuidos a Cepeda, con el fin de desacreditarlo ante el alto tribunal.Por su parte, Enrique Pardo Hasche es acusado de participar en las reuniones sostenidas en la cárcel La Picota en febrero de 2018, entre Cadena y el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, considerado testigo clave en el proceso. Según el fiscal, Pardo habría presionado a Monsalve para que se retractara de sus señalamientos contra el exmandatario Uribe, llegando incluso a decirle que el expresidente era “casi como Dios”.El fiscal aseguró que los beneficios ofrecidos a Monsalve, y de los que supuestamente Pardo tenía conocimiento, incluían su eventual ingreso a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y mejoras en sus condiciones carcelarias.
El abogado Diego Cadena, quien representó al expresidente Álvaro Uribe, fue condenado por el delito de soborno en actuación penal, debido a las presiones ejercidas contra Juan Guillermo Monsalve, testigo clave en el caso que involucra al exmandatario por la supuesta manipulación de testigos. En la misma decisión, el juez absolvió a su socio, Juan José Salazar, al no encontrar pruebas que acreditaran su participación o responsabilidad en los hechos investigados.De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, Cadena habría ofrecido beneficios jurídicos y apoyo económico a Monsalve para que cambiara su versión y favoreciera los intereses de Uribe en el proceso. Según la acusación, estas gestiones no se hicieron de manera legal, sino con el objetivo de alterar el testimonio y, en consecuencia, la verdad procesal. La Fiscalía sostuvo que las reuniones y comunicaciones entre Cadena y Monsalve, sumadas a los pagos y promesas, configuraban un claro acto de soborno en el marco de una actuación penal.¿Qué pasará con Diego Cadena?El juez le permitirá a Diego Cadena seguir en libertad mientras se resuelve la segunda instancia ante el Tribunal Superior de Bogotá. La lectura completa de la sentencia quedó programada para el 30 de septiembre, cuando se conocerán en detalle los fundamentos jurídicos de la condena.
Uno de los políticos más poderosos del siglo en Colombia, el expresidente Álvaro Uribe, sostiene desde hace 13 años una batalla legal contra Iván Cepeda, el senador de izquierda que se propuso llevarlo ante los estrados judiciales por sus presuntos vínculos con paramilitares.El popular exmandatario de 73 años está a horas de conocer este lunes el veredicto de una jueza sobre un caso de manipulación de testigos que destapó Cepeda, su piedra en el zapato desde 2012.Estas son las fechas clave del proceso en el que Uribe, que defiende su inocencia, está imputado por soborno y fraude procesal:- 2012: Los debates -Cepeda lidera en el Congreso tensos debates en los que expone supuestos nexos de Álvaro Uribe y su hermano Santiago con la conformación de un grupo paramilitar. Su testigo estrella es Juan Guillermo Monsalve, un combatiente de esos escuadrones de ultraderecha que paga en Bogotá una condena de 44 años de cárcel por secuestro.Uribe, que gobernó Colombia entre 2002 y 2010, denuncia a Cepeda ante la Corte Suprema de Justicia por supuestamente manipular a los testigos.- 2014: Popularidad vigente -Uribe, muy popular como presidente por debilitar militarmente a las guerrillas, es elegido con una votación histórica como congresista.- 2018: Bumerán y renuncia -La Corte Suprema de Justicia se abstiene de seguir investigando a Cepeda y por el contrario abre una pesquisa contra Uribe. Según las víctimas, Diego Cadena, uno de los abogados del expresidente, se reúne con Monsalve en prisión para intentar que cambie su versión. El exparamilitar graba la conversación con una cámara instalada en un reloj.El 17 de junio Iván Duque, delfín de Uribe, gana el balotaje presidencial. A finales de julio el tribunal supremo, único con potestad para investigar a los congresistas, cita a indagatoria a Uribe, que renuncia a su curul en el Senado. En agosto, se retracta y pide que su dimisión no sea tenida en cuenta.La Corte Suprema de Justicia intercepta el teléfono de Uribe supuestamente por error, pues investigaba a otro congresista que registró como personal un número que en realidad era del exmandatario. Su defensa alega que esas conversaciones no pueden ser usadas como prueba.- 2019: La indagatoria - Como jefe del partido en el poder, Uribe asiste a la indagatoria, lo que lo convierte en el primer expresidente colombiano procesado penalmente. En ella confiesa, según revelaciones de la prensa, que está "muy preocupado y angustiado". Miles marchan en las calles a favor y en contra del expresidente.La revista Semana revela un audio en el que Cadena explica a Uribe una supuesta estrategia para lograr que testigos cambien su versión y lo desmarquen del paramilitarismo. El expresidente le responde: "proceda, doctor Diego". El jurista, de quien empieza a tomar distancia, también rinde interrogatorio ante la corte.- 2020 y 2021: Preso #1087985 -El 4 de agosto, Uribe anuncia que fue detenido y luego asegura que se siente "secuestrado". Con detención domiciliaria en una gigantesca hacienda ganadera en el departamento de Córdoba (noroeste), dice que fue reseñado como el preso #1087985 de Colombia.Ese mismo mes renuncia al Senado y el caso queda bajo jurisdicción de la Fiscalía, cercana al gobierno de Duque. El ente investigador pide su libertad y un juez se la concede en octubre.Cadena también es arrestado, pero recobra la libertad en 2021. Ese año el fiscal a cargo del caso pide archivar la investigación contra Uribe al determinar que no existen pruebas suficientes y sus actos "no tienen la característica de delito".- 2022 y 2023: La negativa -Gustavo Petro se convierte en 2022 en el primer presidente izquierdista de la historia de Colombia. En la misma semana de su investidura, Cadena vuelve a ser detenido cuando intentaba salir del país. Ese año y en 2023 la justicia niega tres pedidos de la Fiscalía para que se archive el caso.- 2024: El juicio -Uribe es llamado en abril a juicio y asegura que se trata de una "venganza política". El juicio arranca en mayo y la fiscalía lo acusa formalmente por los cargos de soborno, soborno a testigos y fraude procesal. En paralelo su hermano Santiago Uribe es absuelto en primera instancia por un tribunal ordinario por acusaciones de homicidio y vínculos con grupos paramilitares.- 2025: El fallo -La Fiscalía pide que sea condenado ante las pruebas "concluyentes" de su participación como "determinador de las conductas" por las que fue acusado. El 8 de julio la jueza termina de escuchar a más de 90 testigos y fija este lunes como la fecha para la lectura del fallo.
Mario Uribe Escobar, exsenador y primo del expresidente Álvaro Uribe Vélez, declaró este lunes en los juzgados de Paloquemao dentro del proceso que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe. Uribe Escobar, quien cumplió una condena por el escándalo de la parapolítica, reconoció que fue él quien sirvió de enlace entre Cadena y el exmandatario.Durante su testimonio, el exsenador explicó que conoció al abogado en 2017, en un centro comercial al norte de Bogotá. Aseguró que no tenía referencia alguna de Cadena hasta ese día, cuando se lo presentó Hugo Ramírez. Según relató, tras ese primer encuentro, Cadena le manifestó que tenía información de sus clientes que “debía conocer el expresidente Uribe”.Uribe Escobar indicó que, al día siguiente, se comunicó con su primo para comentarle sobre el interés del abogado en hablar con él. Según dijo, Álvaro Uribe le respondió: “Tráigalo”. La reunión entre ambos, que se llevó a cabo en una finca del expresidente, habría durado alrededor de una hora. Mario Uribe afirmó que no estuvo presente en esa conversación, ya que durante ese tiempo estuvo dialogando en otro lugar de la propiedad con Lina Moreno, esposa del expresidente.Además, durante su declaración, Mario Uribe reveló que mantiene desde hace varios años una relación sentimental con María Eugenia Sierra, hermana de Juan Carlos Sierra, alias 'El Tuso Sierra'. También recordó que fue elegido como congresista en tres ocasiones, y que llegó a ocupar las presidencias de la Cámara de Representantes y del Senado.
Una seguidilla de temblores se registró durante la mañana de este jueves 24 de septiembre en el departamento del Tolima, donde el Servicio Geológico Colombiano (SGC) reportó dos movimientos sísmicos con pocos minutos de diferencia.El primero ocurrió a las 11:40 de la mañana y tuvo una magnitud de 3.4. De acuerdo con el reporte, el evento tuvo una profundidad superficial y fue localizado en Chaparral, Tolima.Cinco minutos después, a las 11:46 de la mañana, se presentó un segundo movimiento, esta vez de magnitud 4.1. El SGC también estableció una profundidad superficial para este sismo, cuyo punto de referencia fue Chaparral.Dos temblores en pocos minutosEl segundo movimiento fue percibido en diferentes ciudades del país. Según el Servicio Geológico Colombiano, el temblor de magnitud 4.1 se sintió en Armenia, Ibagué, Cali, Neiva y Pereira, entre otros puntos.El evento tuvo como referencia el municipio de Chaparral y ocurrió a 14 kilómetros de Roncesvalles, en el departamento del Tolima. El SGC ubicó el movimiento en una latitud de 3.88 y una longitud de -75.61.La cercanía en el tiempo entre ambos eventos llamó la atención, pues los dos fueron registrados en la misma zona de referencia y con una diferencia de apenas seis minutos.Colombia registra actividad sísmica de manera frecuente debido a su ubicación geológica. Por ello, el Servicio Geológico Colombiano realiza seguimiento permanente a los movimientos que se presentan en diferentes regiones del territorio nacional.Hasta el momento, la información suministrada corresponde a los reportes disponibles sobre estos dos eventos registrados durante la mañana de este jueves en el Tolima.
Amazonas registra la mayor tasa de evasión de la revisión tecnomecánica en Colombia: durante 2026, el 96,95 % de los vehículos del departamento no ha cumplido con esta revisión obligatoria, según las cifras del informe sobre el estado del parque automotor nacional.El dato significa que casi 97 de cada 100 vehículos en esta región aparecen como evasores de la tecnomecánica. Amazonas encabeza así un listado en el que también aparecen otros departamentos con niveles de incumplimiento superiores al 90 %.Guainía registra una evasión del 93,79 %, concentrada en Inírida, mientras que Vichada alcanza el 93,42 %, con el incumplimiento concentrado en Puerto Carreño.¿Cuántos vehículos evaden la tecnomecánica en Colombia?El caso de Amazonas hace parte de un problema que se extiende por todo el país. Colombia tiene actualmente 22.161.912 vehículos matriculados, de los cuales más de 10 millones evaden la RTMyEC.A esa cifra se suman más de 3 millones de vehículos que todavía no están obligados a realizar la revisión, debido a su reciente matrícula o a las exenciones contempladas en la normativa.Durante el primer semestre de 2026, la tasa nacional de evasión llegó al 55,98 %, manteniéndose por encima del 50 % durante los últimos cinco años.La falta de renovación acumulada en ese periodo corresponde a 5.927.092 vehículos particulares, 192.871 de servicio público, 69.532 oficiales y 992 diplomáticos.¿En qué otras zonas hay altos niveles de evasión?El incumplimiento no se limita a los departamentos con menor cantidad de vehículos. A nivel municipal también aparecen cifras elevadas.Aguachica registra una evasión del 90,93 %, mientras que La Dorada llega al 74,48 %. Estos datos muestran que los mayores niveles de incumplimiento también se presentan en municipios ubicados sobre corredores de circulación importantes.En contraste, Bogotá concentra el mayor número de inspecciones realizadas durante 2026, con 747.140 revisiones. De ese total, 663.252 correspondieron a vehículos particulares, 77.172 a transporte público, 6.715 a vehículos oficiales y una a servicio diplomático.Más de la mitad de las motos rechazadas no supera la revisiónEl informe también muestra diferencias según el tipo de vehículo que llega a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA).Las motocicletas son el grupo con mayor cantidad de inspecciones rechazadas en lo corrido de 2026, con 167.170 unidades que no superaron la revisión.Por departamentos, el Archipiélago de San Andrés y Providencia presenta el mayor porcentaje de revisiones rechazadas, con 51,83 %. Le siguen Chocó, con 31,42 %, y Arauca, con 26,39 %.La evasión de la tecnomecánica supera el 50 % en ColombiaAunque el panorama mantiene niveles elevados de incumplimiento, el número de vehículos certificados aumentó durante el último año. En el primer semestre de 2026 hubo 3.810.725 vehículos con la tecnomecánica al día, frente a 3.629.782 durante el mismo periodo de 2025.Esto representa un incremento de 180.943 vehículos certificados, equivalente a cerca del 5 %.El país cuenta actualmente con una red de 930 líneas de inspección para motocicletas, 432 para vehículos livianos, 294 mixtas y 13 exclusivas para vehículos pesados. Sin embargo, la capacidad instalada permanece ampliamente subutilizada
El Gobierno de Estados Unidos se opuso formalmente a la solicitud de libertad bajo fianza presentada por la defensa de Cilia Flores, esposa del despuesto presidente venezolano Nicolás Maduro, al considerar que existe un riesgo de fuga "extremo" y que representa un "peligro para el público", según documentos judiciales presentados en las últimas horas.En un memorando presentado ante el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, los fiscales federales solicitaron al juez que desestime la moción de la defensa para conceder a Flores la libertad previa al inicio del proceso judicial que enfrenta junto a Maduro.La Fiscalía argumentó que ningún tipo de fianza garantizaría adecuadamente la comparecencia de Flores ante los tribunales y destacó sus recursos, conexiones internacionales y la gravedad de las acusaciones formuladas en su contra.Destacó también la capacidad que seguiría teniendo el entorno de Flores para ejercer violencia o intimidar a posibles testigos, tanto en Venezuela como en el extranjero, mediante redes estatales y grupos irregulares organizados.La defensa de Flores, de 69 años, pidió a principios de mes que fuera trasladada a una residencia privada en Nueva York y sometida a un régimen de arresto domiciliario, con guardias armados las 24 horas, una pulsera de localización, visitas restringidas y llamadas telefónicas intervenidas.Flores asegura que necesita un complejo tratamiento cardíaco y que la cárcel federal en la que permanece recluida desde el 3 de enero, cuando fue capturada junto a Maduro por fuerzas especiales estadounidenses, no reúne las condiciones necesarias para su recuperación.El juicio conjunto contra Flores y Maduro está previsto que comience el 1 de junio de 2027. Ambos enfrentan cargos que incluyen conspiración para la importación de cocaína y posesión de ametralladoras y artefactos destructivos, en el marco de una trama de narcoterrorismo y corrupción que, según la acusación, abarca más de dos décadas.De ser declarada culpable, Flores se enfrenta a una pena mínima obligatoria de 40 años de prisión y a un máximo de cadena perpetua.
La vivienda turística en Medellín se ha consolidado como una industria que mueve cerca de $76.000 millones mensuales, en medio del crecimiento de las rentas cortas y el alojamiento para visitantes.En Antioquia hay más de 15.143 propiedades listadas, cifra que representa cerca del 22 % de la oferta nacional, según cálculos de Confecámaras con base en datos del Registro Nacional de Turismo (RNT).Ante este panorama, la ciudad enfrenta el reto de lograr que el crecimiento de la oferta esté acompañado por mayores niveles de formalización, profesionalización y estándares para la operación de los alojamientos turísticos.Por tercera ocasión, la Asociación Colombiana de Prestadores de Servicios Turísticos (ASOHOST) y la Secretaría de Turismo y Entretenimiento de Medellín lanzarán el programa INN Host Medellín.La iniciativa ofrece formación gratuita para 150 prestadores de servicios turísticos que, en conjunto, podrían representar más de 1.000 Registros Nacionales de Turismo activos. Las inscripciones estarán abiertas hasta el 30 de septiembre.Los interesados deberán contar con un RNT vigente y desarrollar actividades relacionadas con vivienda turística, rentas cortas u oficinas de representación turística en Medellín. El programa comenzará el próximo 13 de octubre.Juan Camilo Vargas, director de ASOHOST, señaló que Medellín atraviesa una transformación en este sector y destacó la necesidad de avanzar en la profesionalización de quienes participan en el mercado de vivienda turística.“Medellín es hoy uno de los mercados más dinámicos del país en vivienda turística, pero ese crecimiento exige más profesionalización y mejores estándares de operación”, afirmó Vargas.El programa contempla capacitación en el marco regulatorio de la vivienda turística en Colombia, aspectos fiscales y contables, preparación de propiedades, tecnologías avanzadas e inteligencia artificial aplicada a la gestión de alojamientos.También incluye formación en finanzas estratégicas para proyectos de alojamiento y herramientas orientadas a mejorar la operación y la rentabilidad de los establecimientos turísticos.Entre los beneficios para los participantes están el acceso durante un año a una plataforma de aprendizaje, un manual digital interactivo, certificaciones impresas y tecnologías para la gestión de rentas cortas.La formación también contempla herramientas como un PMS, un channel manager, una plataforma de experiencias turísticas con inteligencia artificial y el Sello Vivienda Turística Responsable.Este distintivo busca acreditar ante autoridades, plataformas digitales e inversionistas el cumplimiento legal de los operadores que hacen parte de la iniciativa.Desde ASOHOST señalaron que la profesionalización también busca prevenir problemas asociados con la informalidad, las malas prácticas, la convivencia y la pérdida de confianza en el sector.En materia de rentabilidad, las estimaciones ubican el retorno neto entre el 8 % y el 12 % en zonas de alta demanda como El Poblado, específicamente Provenza.En estos sectores, los ingresos brutos mensuales por unidad pueden alcanzar los $16 millones, mientras que en zonas como Laureles-Estadio las rentabilidades netas estimadas están entre el 6 % y el 9 %.La dinámica de este mercado también ha impulsado la expansión del modelo hacia otros municipios del Valle de Aburrá, como Envigado y Sabaneta, y más recientemente hacia diferentes sectores del Oriente antioqueño.El crecimiento de la vivienda turística se suma al comportamiento del turismo en Medellín. Durante 2025, la ciudad registró cerca de $4 billones en gasto turístico medido mediante transacciones con tarjeta.De acuerdo con la Alcaldía de Medellín, esas operaciones representaron alrededor de 16 millones de transacciones. Debido a que Credibanco procesa aproximadamente el 45 % de los pagos con tarjeta, el Distrito estimó que el gasto turístico total podría acercarse a $9 billones.La cifra estimada no incluye los pagos realizados en efectivo, por lo que el impacto económico del turismo en la ciudad sería mayor al registrado mediante las transacciones con tarjeta.Para ASOHOST, la profesionalización es clave para que la industria de vivienda turística continúe creciendo con responsabilidad y mejores estándares de servicio.El proceso busca que los prestadores conozcan la normativa, cumplan sus obligaciones, mejoren la atención a los huéspedes, incorporen tecnología y gestionen de manera más eficiente sus ingresos.La iniciativa plantea además la necesidad de diferenciar entre los operadores que cumplen las reglas y aquellas prácticas que pueden generar impactos negativos en la convivencia, el mercado inmobiliario o la seguridad.En ese contexto, ASOHOST considera que la profesionalización de los actores de la vivienda turística es una de las principales herramientas para acompañar el crecimiento de esta industria en Medellín y Antioquia.
La Corte Suprema de Justicia puso un nuevo límite a la forma en que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tramita los procesos judiciales de protección al consumidor. La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural determinó que la entidad debe admitir obligatoriamente el llamamiento en garantía cuando una de las partes lo solicite y se cumplan los requisitos legales.En términos sencillos, el llamamiento en garantía permite que una persona o empresa demandada vincule al mismo proceso a un tercero que podría tener responsabilidad en el problema. Por ejemplo, si un consumidor demanda a una compañía por una falla y esta considera que el daño fue causado por uno de sus proveedores, puede pedir que ese proveedor participe en el mismo juicio y, si corresponde, responda directamente o reembolse el dinero que la empresa tenga que pagar.La Corte señaló que los procesos de protección al consumidor que adelanta la SIC en ejercicio de funciones judiciales deben seguir las mismas reglas procesales que aplican ante los jueces ordinarios. Esto significa que la condición de autoridad administrativa de la SIC no puede convertirse en una razón para limitar las herramientas de defensa que tienen las partes dentro de un proceso judicial.El pronunciamiento también cuestiona la práctica de la SIC y de algunos tribunales que habían rechazado esta figura o restringido su utilización casi exclusivamente a casos relacionados con el sector turístico. Para la Corte, no es jurídicamente válido establecer mediante interpretaciones limitaciones o trabas que no están contempladas expresamente en la ley.Puntualmente, el alto tribunal le exige a la SIC aplicar de manera rigurosa el artículo 24 del Código General del Proceso, norma que establece las reglas para el ejercicio de funciones jurisdiccionales por parte de determinadas autoridades. La Corte busca garantizar que las partes tengan las mismas oportunidades para defenderse, presentar pruebas y ejercer sus derechos, independientemente de que el proceso sea tramitado ante la SIC o ante un juez.El caso que llevó a esta decisión surgió por una tutela presentada por dos empresas constructoras y una sociedad fiduciaria, demandadas ante la SIC por supuestas fallas relacionadas con un inmueble. Las compañías pidieron que fuera vinculada al proceso la empresa encargada de elaborar el estudio de suelos de la obra, pero esa solicitud fue negada.La Corte Suprema protegió entonces su derecho de defensa y ordenó al Tribunal Superior emitir una nueva decisión en la que estudie la vinculación de esa empresa. Con este pronunciamiento, el alto tribunal deja establecido que las posibles responsabilidades entre los distintos integrantes de una cadena de consumo pueden discutirse dentro del mismo expediente, bajo las garantías procesales previstas por la ley.Para los consumidores y ciudadanos, la decisión no elimina ni reduce la responsabilidad que tienen los productores y proveedores frente a sus clientes. La responsabilidad solidaria que establece la ley se mantiene. Es decir, cuando corresponda, el consumidor podrá continuar reclamando frente a los responsables de la cadena de producción o comercialización, aunque durante el proceso se incorpore a otros actores que puedan tener responsabilidades internas.Para las empresas, proveedores, fabricantes, contratistas y demás integrantes de la cadena comercial, el fallo representa la posibilidad de discutir dentro de un mismo proceso quién debe asumir finalmente las consecuencias económicas de una eventual condena. Esto puede evitar que una empresa tenga que iniciar posteriormente otro pleito para intentar recuperar de un proveedor o contratista el dinero que tuvo que pagar al consumidor.