La Corte Constitucional revisará para su estudio la tutela que presentó la familia de Martha Sepúlveda para que le fuera practicada una eutanasia, esto luego de que la magistrada Diana Fajardo, presentara un recurso de insistencia.El recurso, presentado a los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes, busca que la Corte Constitucional se pronuncie sobre el tema de la eutanasia en pacientes no terminales, a propósito de la muerte de Sepúlveda, quien luego de una larga batalla legal logró que le practicaran la eutanasia.El alto tribunal escogió para su estudio la tutela que revisará las barreras impuestas en el caso de Sepúlveda, teniendo en cuenta que la IPS Incodol y el Ministerio de Salud insistieron durante octubre de 2021 en la exigencia del requisito de enfermedad terminal para practicarle la eutanasia, pese a que la Corte en julio de 2021 había dicho que en su caso no era necesaria dicha condición.Aunque el comité médico autorizó el procedimiento tras constatar que Sepúlveda cumplía los requisitos establecidos en agosto de 2021, la noticia cambió cuando el 8 de octubre ,del mismo año, la IPS le comunicó a Martha Sepúlveda que el procedimiento de eutanasia había sido cancelado porque “el comité determinó que no cumplía con el requisito de enfermedad en estado terminal, dado que su pronóstico de muerte no era de seis meses o menos”. Esto hace que el caso se vuelva a estudiar para futuras decisiones. Le puede interesar:
Una nueva petición llegó a la Corte Constitucional para que se pronuncie sobre el tema de la eutanasia en pacientes no terminales, a propósito de la muerte de Martha Sepúlveda, quien luego de una larga batalla legal logró que le practicaran la eutanasia hace un mes. La insistencia la hace la magistrada Diana Fajardo para los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes.La magistrada Diana Fajardo les pide a los togados pronunciarse nuevamente acerca de si se deben realizar procedimientos de eutanasia a los pacientes que no son terminales en el país.La petición de la magistrada es por medio de una solicitud de insistencia en la que remite el expediente presentado por la señora Martha Liria Sepúlveda Campo contra la IPS Instituto Colombiano del Dolor S.A.S. y otros (Q.E.P.D.), quien fue diagnosticada en noviembre de 2018 con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad degenerativa, progresiva, e incurable.El 27 de julio de 2021, Martha Liria Sepúlveda, que para ese entonces tenía 51 años, solicitó a la IPS Incodol que convocara el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, acorde a la sentencia T970 de 2014 y reglamentado por la resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social.Aunque el comité autorizó el procedimiento tras constatar que Sepúlveda cumplía los requisitos establecidos en agosto de 2021, la noticia cambió cuando el 8 de octubre del mismo año la IPS le comunicó a Martha Sepúlveda que el procedimiento de eutanasia había sido cancelado porque “el comité determinó que no cumplía con el requisito de enfermedad en estado terminal, dado que su pronóstico de muerte no era de seis meses o menos”.Pese que a Martha Sepúlveda le fue aplicada la eutanasia hace un mes, el 8 de enero de 2022, después de una larga lucha legal, la Corte Constitucional revive nuevamente el caso de esta mujer porque la magistrada Diana Fajardo consideró que se debe avanzar en la eliminación de barreras en el acceso al derecho de morir con dignidad.“De conformidad con lo expuesto, considero que el expediente debería ser seleccionado para su estudio porque permitiría avanzar en la eliminación de las barreras de acceso al derecho fundamental a morir con dignidad. Si bien la acción de tutela viene concedida y se configuraría una carencia de objeto (por la muerte de la accionante), a continuación, explicaré por qué el caso sigue teniendo relevancia constitucional”, expresó la magistrada Fajardo.La magistrada les insiste a los magistrados Alejandro Linares y José Reyes que revisen el caso porque pese a la muerte de la demandante, es el primer caso de un paciente no terminal que estudia la Corte Constitucional.“Asunto novedoso: sería el primer caso en el que la Corte Constitucional se pronuncia de fondo sobre la eutanasia de un paciente no terminal luego de la Sentencia C-233 de 2021”, afirmó.Además de la posible violación o desconocimiento de la sentencia C-233 de 2021, persisten barreras de acceso frente al derecho a morir con dignidad y la necesidad de pronunciarse “sobre una determinada línea jurisprudencial, los efectos de las decisiones de control abstracto”.La demanda que había presentado Sepúlveda también alegaba que la sentencia C-233 de 23 de julio de 2021 en donde la Corte Constitucional tipifica el delito de homicidio por piedad, “desconocía -entre otros- el derecho fundamental a morir dignamente de las personas que se hallan en circunstancias de salud extremas, sin posibilidades reales de alivio, fruto de lesiones corporales o enfermedades graves e incurables, pero no se encuentran en estado terminal”.Por lo que la Corte concluyó que la condición de “enfermedad terminal” es una barrera al derecho a morir con dignidad y una restricción desproporcionada a la dignidad humana, en sus dimensiones de autonomía e integridad física y moral.Le puede interesar. Escuche el podcast El Camerino:
Luego de varios cambios y retrasos en las fechas, Martha Sepulveda recibió este sábado la eutanasia en la IPS Incodol, Instituto Colombiano del Dolor, de Medellín, un procedimiento que estaba buscando tras sufrir deterioro en su salud y calidad de vida por la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) que padece.La eutanasia de Martha, programada inicialmente para el 10 de octubre, sería la primera en el país en aplicarse en una persona que tenía una enfermedad no terminal. Sin embargo, tras conocerse su caso se presentaron varias trabas y tutelas que aplazaron la fecha por más de 3 meses.Fue el pasado 3 de octubre cuando el periodista Juan David Laverde, en Noticias Caracol, compartió la historia a la opinión pública.“Soy de buenas, tengo buena suerte. Y, como le digo, estoy más tranquila desde que me autorizaron el procedimiento: me río más, duermo más tranquila. Sí, la disfruto (la cerveza), claro. Es que con este calor cómo no me va a saber bueno una cerveza, cierto (...) Pues que les cuente por qué, cierto, y la respuesta es la misma: porque estoy sufriendo, porque creo en un Dios que no quiere verme así. De hecho, para mí esto lo está permitiendo Dios, así lo veo yo, si me quiere no quiere verme en esta condición”, dijo Martha en ese momento.En los días siguientes comenzaron a publicarse varias reacciones y una de las primeras fue la de Iglesia Católica la que le pidió a Martha desistir de su decisión según lo expresó monseñor Francisco Ceballos, obispo de la Diócesis de Riohacha y presidente del Departamento de Promoción y Defensa de la Vida de la Conferencia Episcopal de Colombia.“De acuerdo con nuestras profundas convicciones cristianas, la muerte no puede ser la respuesta terapéutica al dolor y al sufrimiento en ningún caso. La muerte propiciada mediante el suicidio o la eutanasia no resulta compatible con nuestra interpretación de la dignidad de la vida humana”, argumentó la iglesia. Luego, el 9 de octubre, Incodol, canceló el procedimiento tras analizar por segunda vez el caso y emitiendo una conclusión diferente.“No se cumple con el criterio de terminalidad, como se había considerado en el primer comité”.Y allí comenzó todo un proceso jurídico que incluyó tutelas y respuestas de jueces hasta que Incodol la contactó nuevamente para decirle a Martha que efectivamente sí se haría el procedimiento.
Después de conocer que la IPS Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) se negó a realizarle el procedimiento de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda, la Superintendencia de Salud le notificó que en máximo un día calendario se entreguen las razones y motivos de dicha decisión. Ese plazo se vence el día de hoy.De igual forma, a la EPS Sura también se le pidió entregar respuestas sobre la decisión de negarle el procedimiento en un plazo de dos días para que desde la SuperSalud se puedan tomar medidas, velando por el cuidado de los derechos de la paciente.“Desde que tuvimos conocimiento del caso hemos adelantado todas las acciones de investigación, vigilancia y control. En ese sentido, generamos dos requerimientos: uno a la EPS Sura dónde se encuentra afiliada la paciente y otro a la IPS Incodol para establecer qué acciones han adelantado dentro de sus competencias en el marco de la ruta establecida por el Ministerio de Salud para la eutanasia voluntaria. Tenemos que recibir toda la información del caso para poder evaluar dentro de nuestras competencias el caso y poder emitir un concepto al respecto”, explicó el Dr, Henri Philipe Capmartin, delegado para las EPS de la Superintendencia Nacional de salud.Por su lado, Freddy Quintero, gerente de Incodol, explicó en BLU Radio que la cancelación de la eutanasia se dio porque, de acuerdo con un comité, se estableció que Martha Liria no cumplía con los requisitos para acceder a este proceso porque tenía una expectativa de vida superior a seis meses. Además, porque así lo ordenaba una norma del Ministerio de Salud.Dentro de los documentos que debe entregar la IPS a la Superintendencia de Salud son la historia clínica con soporte de valoraciones médicas, consentimientos, protocolos, soporte de comunicaciones, acompañamientos médicos y psicológicos a la familia y a la paciente entre otros soportes.Entérese de los hechos y noticias del momento en Colombia y el mundo:
La sorpresiva suspensión a última hora de la eutanasia que se le iba a practicar este domingo a Martha Sepúlveda, quien sufre de esclerosis lateral amiotrófica, enfermedad incurable pero que en su caso no ha alcanzado la fase terminal, desató una gran polémica en el país.El caso de la eutanasia a la señora Sepúlveda, revelado hace una semana por Noticias Caracol, iba a ser el primero en practicarse al amparo de la sentencia C-223 de 2021, que abrió la puerta para ese procedimiento a quien padezca “un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable”, sin necesidad de que se trate de una dolencia que esté en fase terminal.Por eso causó extrañeza que menos de 48 horas antes de ser practicado el procedimiento, la IPS Incodol informó que su “Comité Científico Interdisciplinario” se reunió para analizar de nuevo el caso y determinó que “al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”.El reportaje de Noticias Caracol que contó la historia de Martha Liria Sepúlveda llevó a la clínica al “reversazo”, de hecho, en el acta que sustenta la cancelación de la eutanasia, los médicos citan las imágenes y dicen que hay una mayor funcionalidad de la paciente de la reportada por ella y por su familia.La familia de la señora Sepúlveda y sus abogados lamentaron que el cambio de opinión se haya dado sin haber hecho una nueva valoración médica ni haber escuchado a la paciente y en abierta contradicción con lo que ese mismo grupo había conceptuado el pasado seis de agosto, cuando dijo que autorizaba la eutanasia debido al avance progresivo y terminal de la esclerosis lateral amiotrófica y que la paciente estaba en “condición clínica de fin de vida”.El otro elemento que le metió ruido al tema fue un comunicado del Ministerio de Salud en el que afirmó que no han recibido la sentencia de la Corte que abre la puerta a la eutanasia incluso para enfermedades incurables no terminales y que por lo tanto no se producen los efectos jurídicos derivados de ella.La Corte respondió de inmediato desmintiendo al Ministerio, recordándole que sus decisiones tienen efecto un día después de la fecha en la que se adoptan, por lo cual, en este caso, se debería haber aplicado.En el entre tanto, la Corte hoy publicará la totalidad de la sentencia C-233 de 2021 que abre la puerta a la eutanasia incluso para enfermedades incurables no terminales, la familia de Martha Sepúlveda instauró una tutela para que se garantice su derecho a una muerte digna, mientras que el país sigue esperando explicaciones del motivo por el cual, en este caso, pareciera que las voces de sectores tradicionales pusieron un palo en la rueda en una decisión absolutamente personal y amparada en las leyes vigentes.Escuche la opinión de Ricardo Ospina en Mañanas BLU:
En debate público se convirtió el caso de Martha Liria Sepúlveda, a quien la IPS Incodol, faltando pocas horas, le canceló la eutanasia porque, supuestamente, no cumplía con los requisitos para acceder a una muerte digna.Freddy Quintero, gerente de Incodol, explicó en BLU Radio que la cancelación de la eutanasia se dio porque, de acuerdo con un comité, se estableció que Martha Liria no cumplía con los requisitos para acceder a este proceso porque tenía una expectativa de vida superior a seis meses. Además, porque así lo ordenaba una norma del Ministerio de Salud.“En el caso de la paciente se realizó un primer comité en el que se revisaron las históricas clínicas y se determinó que la paciente cumplía las exigencias para la eutanasia, (…) pero posterior se encontraron unas irregularidades, se consultó a su médico tratante y se determinó que, basados en la funcionalidad actual de la paciente, no había evidencia para considerar el cumplimiento de los requisitos, porque la paciente tiene una expectativa de vida superior a seis meses”, dijo Quintero.El funcionario reiteró, en otras palabras, que en los primeros análisis a Martha Sepúlveda “daban una patología que cumplía los términos de enfermedad terminal” y por eso se aprobó el proceso.Por su parte, la abogada Camila Jaramillo desmintió a Incodol, asegurando que en ningún momento se mencionó que era una enfermedad terminal, sino que se trataba de un patología grave e incurable.“Es falso lo que ellos dijeron que tenía una enfermedad terminal. Sale el reportaje en televisión y toman la decisión de que necesita un nuevo diagnóstico del médico tratante, y luego llega ese oficio por debajo de la puerta”, dijo Jaramillo en Mañanas BLU.Según la abogada, a Martha Liria se le están vulnerado “los derechos a morir dignamente, a la vida digna, y está siendo víctima de tratos crueles y denigrantes. En realidad, todo esto es muy desafortunado. Lo que era un avance que morir dignamente, ahora se convirtió en una pesadilla. (…) Todo esto es irregular y esperamos que el juez de tutela nos dé la razón, porque no estamos incumpliendo ninguna norma”.Jaramillo agregó que pese a toda esta polémica Martha no ha cambiado de opinión y sigue esperando la eutanasia."Martha está en un estado de incertidumbre total. Claramente rechaza la decisión, que estos profesionales no tienen ningún tipo de ética", sentenció.
Este domingo, a pocas horas de realizarse en el país la eutanasia a Martha Sepúlveda, la IPS Indocol le canceló el procedimiento a esta paciente, quien sufre esclerosis lateral amiotrofia (ELA). Su médico tratante, Luis Alfredo Villa, habló en Mañanas BLU sobre este diagnóstico, señalando que para esta enfermedad no es posible una mejora.“A Martha se le hizo el diagnostico en 2019, con todos los criterios clínicos, cumplía con todos los rasgos clínicos y paraclínicos de la enfermedad. Desde 2019 para acá, lo que describe la ciencia es que con esclerosis lateral amiotrofia, al cabo de tres años, el deterioro es muy notorio y los pacientes ya tienen un daño en los movimientos y en la respiración”.El neurólogo explicó que en el caso de Sepúlveda, aún la enfermedad no ha avanzado “al ritmo que está descrito”. Sin embargo, no hay mejora tampoco.“Martha todavía conserva realmente algunos rasgos que denotan que la enfermedad no ha progresado al ritmo que siempre está descrito, se ha demorado un poco mas, pero de todas formas uno ve que la enfermedad ya está empezando a aparecer en estos factores de movimiento”.Sobre el tiempo de vida posible que le queda, Villa dijo que no es posible determinarlo con exactitud, pues “podría durar menos, inclusive, deterioraste de forma absoluta”.“Cuando los médicos decimos que un paciente va a durar tanto, nos aventuramos a ser Dios (…) Yo entiendo la decisión de ella, Martha se está basando en los criterios de la ciencia, pero es difícil predecir cuántos meses de vida le quedan”, contó.“No estoy de acuerdo con Indocol en que digan que la paciente ha mejorado, no es posible. Esta enfermedad tiene un proceso de deterioro siempre”, añadió sobre el argumento de la entidad sobre cancelar la eutanasia.Escuche la entrevista completa en el audio adjunto:
La Misión de Observación Electoral (MOE) entregó un balance preliminar de la jornada electoral y advirtió que una parte significativa de los reportes ciudadanos recibidos está relacionada con posibles afectaciones a la libertad del sufragio. Según informó la directora de la organización, Alejandra Barrios, el 32,4 % de las alertas reportadas corresponde a situaciones que podrían comprometer la autonomía de los ciudadanos para ejercer su derecho al voto de manera libre.De acuerdo con la MOE, entre los hechos reportados se encuentran presuntos casos de compra y constreñimiento al elector mediante la entrega de dinero, bienes o beneficios a cambio del voto, así como posibles presiones dirigidas a comunidades, trabajadores y otros grupos poblacionales con el propósito de influir en su decisión electoral. La organización señaló que estas situaciones son objeto de seguimiento por parte de sus equipos de observación desplegados en el país.Asimismo, el informe indica que el 31 % de los reportes recibidos está relacionado con posibles irregularidades en la actuación de jurados de votación y autoridades públicas durante el desarrollo de los comicios. Entre las conductas señaladas se encuentran el uso de prendas, símbolos o expresiones asociadas a campañas políticas, indicaciones directas o indirectas a los votantes sobre por quién sufragar, manifestaciones de apoyo o rechazo a determinadas candidaturas, uso indebido de teléfonos celulares, abandono de mesas de votación y posibles inconsistencias en el manejo del material electoral.La MOE también reportó alertas relacionadas con la entrega, custodia y diligenciamiento de documentos electorales, incluyendo casos de tarjetones sin firma, con marcas previas o sin número de mesa. Estas situaciones, según la organización, podrían afectar la transparencia y el adecuado desarrollo del proceso electoral si llegaran a confirmarse.Por otra parte, durante la jornada fueron recibidos diversos reportes ciudadanos sobre tarjetas electorales que presentaban manchas de impresión. Frente a esta situación, la Registraduría Nacional informó a través de sus canales oficiales que cualquier tarjetón con marcas de impresión debía ser reemplazado, con el fin de garantizar que los ciudadanos pudieran ejercer su derecho al voto sin inconvenientes ni dudas sobre la validez del material electoral.La MOE precisó que, pese a estos reportes, no se registró dificultades generalizadas que impidieran a los ciudadanos acudir a las urnas y ejercer su derecho al voto.
La jornada de segunda vuelta de las elecciones presidenciales concluyó con un balance positivo en materia de seguridad, según informó el director de la Policía, el general William Rincón. De acuerdo con el alto oficial, no se registraron alteraciones del orden público durante el desarrollo de los comicios y las autoridades lograron garantizar el normal ejercicio democrático en todo el territorio nacional.“Resultados positivos en seguridad y democracia. No se registraron alteraciones de orden público”, señaló el general Rincón al presentar el balance oficial de la jornada. En materia de delitos electorales, la Policía reportó tres capturas. Una de ellas se realizó en Valledupar por el delito de perturbación al certamen democrático, mientras que en Inírida y en Itagüí, Antioquia, fueron detenidas dos personas por presunto voto fraudulento. Adicionalmente, las autoridades capturaron a una persona por lavado de activos en Cantagallo, Bolívar, donde fueron incautados $109.850.000 en efectivo.El director de la Policía también destacó los resultados del denominado “Plan Cazador”, mediante el cual se efectuaron 73 capturas por orden judicial en 52 municipios de 25 departamentos. Del total de detenidos, 36 eran requeridos por delitos sexuales, 11 por homicidio, seis por violencia intrafamiliar, tres por concierto para delinquir y 16 por otros delitos.Durante la jornada electoral, además, fueron impuestos 863 comparendos por comportamientos contrarios a la convivencia. A través de la línea anticorrupción 157 se recibieron 78 llamadas, de las cuales 75 fueron verificadas por posibles delitos electorales y 23 estuvieron relacionadas con otros hechos.En cuanto a las denuncias ciudadanas, el sistema Uriel de la Fiscalía registró 2.815 quejas, de las cuales 2.643 correspondieron a reportes en Colombia y 172 a nivel internacional. “La jornada electoral cierra con un balance altamente positivo. Nuestra misión, por supuesto, continúa y seguiremos en la siguiente fase”, concluyó el general William Rincón.
Desde Corferias, en Bogotá, el registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, dio cierre a las urnas en esta jornada electoral del domino, 21 de junio, para elegir al próximo presidente de Colombia entre Abelardo De La Espriella e Iván Cepeda."Millones de colombianos, con tranquilidad, entusiasmos y espíritu democrático han acudido a las urnas con valor democrático, eso dice mucho de una nación y una ciudadanía. Agradezco el apoyo a las diversos instituciones que se han unido para sacar adelante un ciclo electoral como el que hoy estamos cerrando", dijo.De acuerdo con el funcionario, hubo presencia de auditores de los partidos al igual que agentes internacionales buscando la transparencia al 100 % durante el preconteo que revelará a quién eligieron a los colombianos como su próximo presidente, además de buscar que los resultados estén disponibles en el menor tiempo posible para un sistema electoral limpio."Este sistema electoral colombiano está lleno de garantías para que la ciudadanía ejerza su voto, pero también para que las campañas y los candidatos tengas absoluta certeza que el que sea presidenta será el que eligieron los colombianos. Les pedimos que se informen en las páginas de la Registraduría y de la mano de medios de comunicación", indicó.El registrador agradeció a todas las personas que salieron a votar en esta jornada electoral para elegir al próximo presidente de Colombia.
Las votaciones de colombianos en el exterior avanzan durante esta semana, en el marco de la segunda vuelta presidencial de 2026. La jornada comenzó el pasado 15 de junio y termina este domingo 21 de junio, mismo día en que se vota en Colombia.Más de 1,4 millones de colombianos están habilitados para votar fuera del país, en consulados y puestos autorizados en 67 países.A diferencia del territorio nacional, donde la votación se hace en un solo día, en el exterior el proceso dura varios días para facilitar la participación de los ciudadanos.Resultados elecciones en el exterior 2026: así va el preconteo de votosDe acuerdo con los boletines de la Registraduría Nacional, estos son los votos que lleva cada candidato en el exterior:Estados UnidosAbelardo De La EspriellaTotal votos: 69.126Porcentaje: 83,22 %Mesas escrutadas: 293 de 987Ivan CepedaTotal votos: 13.156Porcentaje: 15,83 %Mesas escrutadas: 293 de 987EsapañaAbelardo De La EspriellaTotal votos: 45.633Porcentaje: 48,50 %Mesas escrutadas: 498 de 696Ivan CepedaTotal votos: 47.091Porcentaje: 50,05 %Mesas escrutadas: 498 de 696Alta participación y organizaciónDesde el Gobierno se ha destacado la organización de esta jornada. La Cancillería informó que se trabajó de manera coordinada con entidades como la Registraduría, el Consejo Nacional Electoral y la Procuraduría para garantizar que los colombianos puedan votar sin problemas.También se resaltó que en la primera vuelta se alcanzó una participación histórica en el exterior, con más de 589.000 votantes, lo que muestra el creciente interés de los colombianos fuera del país por participar en las decisiones del país.Además, misiones de observación internacional, como la de la OEA, han estado siguiendo el proceso para verificar que se cumplan las garantías de transparencia.Avance de la jornadaDurante estos días, se ha reportado buena afluencia de votantes en ciudades como Miami, Madrid, Londres, Toronto y Buenos Aires, donde hay alta presencia de colombianos.Las autoridades recordaron que los resultados de las votaciones en el exterior no se conocen antes del cierre de las urnas en Colombia. Solo después de las 4:00 p. m. de este domingo comenzarán a publicarse los primeros boletines oficiales con resultados preliminares.
Los colombianos acudieron este domingo a las urnas para elegir al presidente de la República para el periodo 2026-2030 en una segunda vuelta presidencial que enfrenta al abogado y empresario Abelardo De La Espriella, candidato del movimiento Defensores de la Patria, y al senador Iván Cepeda, representante del Pacto Histórico.La jornada electoral comenzó a las 8:00 de la mañana en todo el país y los puestos de votación permanecerán habilitados hasta las 4:00 de la tarde. A partir de esa hora iniciará el proceso de conteo de votos y la Registraduría Nacional empezará a divulgar los resultados preliminares.Esta noticia se actualizará en tiempo real con los resultados oficiales de la segunda vuelta presidencial.¿Cuántos votos llevan Abelardo De La Espriella e Iván Cepeda?Una vez cierren las urnas a las 4:00 de la tarde, la Registraduría comenzará a publicar los boletines con el preconteo nacional. En este espacio se actualizarán los datos de votación de cada candidato.Resultados preliminares:Abelardo De La Espriella: 10.281.481Iván Cepeda: 9.813.011Mesas informadas: 98.154Las cifras oficiales podrían confirmarse o variar durante el proceso de escrutinio que se realiza posteriormente.¿A qué hora se conocen los resultados de las elecciones en Colombia?El cierre de las urnas está programado para las 4:00 de la tarde de este domingo. Desde ese momento comenzará el preconteo de votos, mecanismo que permite conocer una tendencia preliminar de la elección pocas horas después de terminada la jornada.La Registraduría Nacional espera consolidar los resultados una hora después del cierre de urnas y el inicio del preconteo, conforme avance el reporte de las más de 122.000 mesas instaladas en Colombia y en el exterior.Posteriormente se llevará a cabo el escrutinio oficial, proceso que tiene validez jurídica y que es realizado por las autoridades electorales competentes.¿Cuántos colombianos podían votar en segunda vuelta?Para esta segunda vuelta presidencial estaban habilitados para votar cerca de 41,4 millones de ciudadanos. Las mesas fueron distribuidas en miles de puestos de votación ubicados en todo el territorio nacional y en consulados de Colombia en el exterior.La apertura oficial de la jornada estuvo encabezada por el presidente de la República, Gustavo Petro; el registrador nacional, Hernán Penagos; el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, y otras autoridades.Penagos invitó a los colombianos a acudir a las urnas y destacó la importancia de resolver las diferencias políticas a través de los mecanismos democráticos establecidos por la Constitución.Así llegaron los candidatos a la segunda vueltaLa elección enfrenta a dos proyectos políticos opuestos que protagonizaron una de las campañas más polarizadas de los últimos años.Abelardo De La Espriella llegó a la segunda vuelta tras obtener la mayor votación en la primera ronda presidencial celebrada el pasado 31 de mayo. El candidato de Defensores de la Patria consiguió más de 10,3 millones de votos, equivalentes al 43,78 % del total.Por su parte, Iván Cepeda avanzó al balotaje con cerca de 9,7 millones de sufragios, correspondientes al 40,98 % de la votación.Durante la jornada de este domingo, ambos aspirantes ejercieron su derecho al voto y realizaron llamados a la participación ciudadana antes del inicio del conteo.¿Dónde consultar los resultados oficiales?Los resultados oficiales del preconteo podrán ser consultados en Blu Radio y la Registraduría Nacional, entidad encargada de divulgar los boletines con el avance de la votación.