La reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales ya dejó de ser una novedad para las empresas colombianas. Desde el pasado 15 de julio está plenamente vigente y, después de varias semanas de aplicación, el reto ahora está en verificar que los cambios hayan sido trasladados correctamente a la nómina.El ajuste no consiste únicamente en trabajar dos horas menos a la semana. Al reducirse el número de horas mensuales utilizadas para calcular la jornada, también cambia el valor de la hora ordinaria y, con ella, el de las horas extra y algunos recargos.Según un análisis sobre la aplicación de las nuevas reglas laborales realizado por Bitákora, software especializado en nómina, tomando como referencia el salario mínimo de 2026, de $1.750.905, el valor de la hora ordinaria pasó de aproximadamente $7.959 a $8.338. Una hora extra diurna ronda ahora los $10.422, mientras una hora extra nocturna se acerca a los $14.591.Así lo resume la tabla presentada en el análisis de la compañía colombiana:Jornada según Ley 2101 de 2021Valor Hora OrdinariaValor Hora Extra Diurna (125%)Valor Hora Extra Nocturna (175%)Valor HoraExtraDiurna Dominical (215%) *Valor Hora Extra Nocturna Dominical (265%) *220 horas mes (44 hrs semana)Hasta el 14 de julio de 2026$ 7.958,66$ 9.948,32$ 13.927,65$ 17.111,12$ 21.090,45210 horas mes (42 hrs semana)A partir del 15 de julio de 2026$ 8.337,64$ 10.422,05$ 14.590,88$ 17.925,93$ 22.094,75El problema es liquidar bien la jornada laboralA lo anterior se le suma otro cambio de la reforma laboral, el que las empresas ya no requieren autorización previa del Ministerio del Trabajo para asignar horas extra, pero sí deben conservar un registro detallado de las horas suplementarias, incluyendo el trabajador, el tipo de hora y el pago correspondiente.Para Yahir González, consultor de nómina de Bitákora, el impacto puede pasar desapercibido cuando todavía existen procesos manuales.“Es un cambio que parece simple en el papel, pero en operación genera ajustes importantes. Si una empresa tiene 50 colaboradores y no recalcula correctamente, pueden llegar a tener diferencias de pago de millones de pesos en una sola nómina”, explicó.Las mayores dificultades aparecen cuando el registro de asistencia, las horas trabajadas y la liquidación de nómina permanecen en sistemas separados. Una planilla en Excel, por ejemplo, puede registrar correctamente la entrada y salida de un empleado, pero eso no garantiza que el nuevo valor de la hora o el recargo correspondiente haya sido aplicado en la nómina.¿Qué deberían revisar trabajadores y empresas?Después del primer mes completo bajo la jornada de 42 horas, una revisión básica debería comprobar que el valor de la hora ordinaria haya sido actualizado, que las horas extra estén clasificadas correctamente como diurnas o nocturnas y que los recargos dominicales y festivos correspondan a los porcentajes vigentes.En el caso de las empresas, también es importante que exista trazabilidad entre la hora registrada por el trabajador y la que finalmente aparece liquidada. Ahí entra el control de asistencia, que permite registrar las entradas, salidas y jornadas especiales para luego contrastarlas con las horas que llegan a nómina.Algunas plataformas están integrando ese registro directamente con la liquidación. Bitákora, por ejemplo, permite conectar marcaciones desde aplicación o sistemas biométricos para identificar diferencias antes de procesar el pago, según explicó en su informe.Al final, lo más importante después de varias semanas de vigencia de la reducción de jornada es que se compruebe que cada hora trabajada esté siendo registrada y pagada con las nuevas reglas
La firma SPL Salgado Abogados y Consultores interpuso 14 acciones de cumplimiento ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con el fin de exigir el desarrollo normativo pendiente de diversos artículos de la Ley 2466 de 2025, normativa que constituye la reforma laboral en Colombia.El recurso legal busca que las autoridades competentes expidan las reglamentaciones necesarias para la aplicación efectiva de los mandatos legales aprobados por el Congreso. Según la firma demandante, la falta de decretos reglamentarios impide la materialización completa de las disposiciones contenidas en el texto legal.Artículos de la Ley 2466 de 2025 cobijados por los recursos judicialesLas demandas admitidas a trámite se enfocan de manera específica en las obligaciones reglamentarias derivadas de los artículos 18; 26, 27 y 28; 31 y su parágrafo segundo; 32, 33 y 34; 49, 50 y 56; así como el artículo 61 con su respectivo parágrafo.El propósito central de estos trámites judiciales es solventar los vacíos procedimentales que persisten tras la promulgación de la norma. Carlos Mario Salgado, director jurídico de SPL Salgado Abogados y Consultores, sostuvo que el proceso legislativo no concluye con la sola aprobación del texto en el Congreso.“Una reforma laboral no puede quedarse únicamente en el texto de una ley. Si el propio legislador estableció obligaciones que requieren reglamentación para su adecuada implementación, estas deben cumplirse. Lo que buscamos con estas 14 acciones es que la reforma laboral se materialice y que exista mayor seguridad jurídica tanto para los trabajadores como para las empresas”, afirmó Salgado.Impacto en la seguridad jurídica del mercado laboralEl vacío reglamentario acarrea inconsistencias operativas en el sector productivo. Desde la perspectiva de la firma promotora de las acciones, la ausencia de reglas precisas dificulta la adopción de políticas internas en las organizaciones y frena el ejercicio pleno de los derechos consagrados para los trabajadores.Salgado enfatizó que la claridad en las reglas del juego resulta fundamental para la operatividad de los distintos actores del mercado: “La falta de reglamentación puede generar incertidumbre frente a la aplicación práctica de algunas disposiciones. Las empresas necesitan saber con claridad cuáles son las reglas que deben cumplir y los trabajadores conocer el alcance efectivo de los derechos y obligaciones establecidos por la reforma”, agregó el jurista.El rol del Tribunal Administrativo de CundinamarcaEn el ordenamiento jurídico colombiano, la acción de cumplimiento es un mecanismo constitucional diseñado para exigir la efectividad de leyes o actos administrativos ante las autoridades judiciales. Corresponderá al Tribunal Administrativo de Cundinamarca evaluar cada expediente para determinar si ordena a las entidades estatales la expedición de los reglamentos correspondientes.El desarrollo formal de estas disposiciones incide directamente en la certidumbre técnica que requieren empleadores y empleados para ejecutar los contratos de trabajo bajo el marco de la Ley 2466 de 2025.“No se trata solamente de discutir si una reforma es conveniente o inconveniente. Una vez existe una ley, el reto institucional es garantizar su cumplimiento. La seguridad jurídica exige que trabajadores y empleadores sepan cuáles son las reglas y cómo deben aplicarse”, concluyó Carlos Mario Salgado.
La reforma laboral en Colombia ha generado varios cambios en las condiciones para contratar a las empleadas domésticas, incluso a aquellas que trabajan solo por días. El aumento del valor de la hora, el reconocimiento proporcional de prestaciones y los aportes a seguridad social han llevado a que varios hogares y empresas se vean en la necesidad de organizar estos nuevos servicios.Ante ello, las plataformas digitales de limpieza por días se han convertido en una opción para contratar personal por horas o jornadas específicas y centralizar gran parte de los procesos administrativos.¿Qué cambió para las empleadas domésticas por días?La reforma laboral estableció nuevas responsabilidades para los empleadores que contratan este tipo de servicios, pues ya no es solo convenir un valor por jornada, sino que se deben reconocer proporcionalmente conceptos como la prima de servicios, las cesantías, los intereses sobre las cesantías, las vacaciones, el auxilio de transporte cuando corresponda y también los aportes al sistema de seguridad social.Ante ello, el costo real de una jornada llega a ser superior al valor diario que tradicionalmente pagaban en algunos hogares. Para las familias que necesitan ayuda entre uno o varios días a la semana, este escenario también ha llevado a buscar proveedores que puedan asumir parte de la gestión operativa de estos servicios.¿Cómo funciona la contratación por plataformas?Las plataformas de limpieza permiten centralizar procesos como la selección y validación del personal, la programación de los servicios, el seguimiento de cada jornada y la atención de novedades.La tecnología también permite verificar los datos y la identidad de las personas que prestan el servicio, conocer información sobre su experiencia y mantener un registro de cada jornada. Esto genera mayor trazabilidad para los hogares y, al mismo tiempo, respaldo documentado para las trabajadoras sobre los servicios realizados y los procesos asociados a su vinculación.Mariano Ortega, CEO de Limpiafy, señaló que “la adaptabilidad seguirá siendo necesaria, pero ahora debe estar acompañada de trazabilidad, reglas claras y garantías tanto para quienes prestan el servicio como para quienes lo contratan”.De La Espriella deroga medida de Petro: no más visitasEl Gobierno de Abelardo De La Espriella, por medio del Ministerio del Trabajo, también dejó sin efecto varias circulares laborales que había dejado expedidas durante la administración de Gustavo Petro y que fueron aprobadas luego de la reforma laboral.Ante ello, dentro de las disposiciones que eliminó De La Espriella estuvo la denominada “Excepción por peligro inminente”, misma que permitía a los inspectores de trabajo ingresar a viviendas privadas sin contar con una orden judicial ni autorización previa para verificar las condiciones laborales de las empleadas domésticas.Además, el Ministerio también derogó circulares sobre permisos sindicales y cumplimiento de convenciones colectivas, que contemplaban multas administrativas por su incumplimiento.Con estas decisiones, el Gobierno busca cambiar las normativas de la anterior administración y armar un esquema que considera más flexible para contratar este tipo de servicios en Colombia.¿Por qué crece la contratación de limpieza por días?De acuerdo con Limpiafy, la demanda de estos servicios aumentó entre 20 % y 30 % durante 2026. El crecimiento está relacionado con familias, oficinas, edificios, alojamientos turísticos y empresas que buscan servicios flexibles sin asumir directamente todos los procesos administrativos de una contratación.La plataforma cuenta actualmente con una comunidad de más de 533 profesionales de limpieza y proyecta aumentar entre 20 % y 30 % su base activa antes de finalizar el año.
La entrada en vigor del incremento del recargo por trabajo dominical y festivo al 90 %, junto con la próxima reducción de la jornada máxima legal de 44 a 42 horas semanales a partir del 15 de julio, mantiene en alerta al sector gastronómico colombiano, una de las industrias que, por la naturaleza de su actividad, no puede suspender operaciones durante los fines de semana ni los días festivos. Aunque la reforma laboral establece que la reducción de horas no implicará disminución salarial y producirá reorganizar los turnos de trabajo, los empresarios aseguran que el impacto económico será significativo para una actividad que concentra buena parte de sus ventas precisamente en esos días.Desde la Asociación Gastronómica de Colombia (Agacol), su presidente ejecutivo nacional, Brandi Prado, aseguró que el gremio nunca se opuso a los nuevos beneficios laborales para los trabajadores. Sin embargo, explicó que las modificaciones llegan en un contexto económico complejo, caracterizado por un bajo dinamismo del consumo y una reducción de los márgenes de rentabilidad de los negocios.La preocupación aumenta porque, aunque la ocupación de los restaurantes se mantiene, el consumo de los clientes ha caído cerca de un 30%, lo que reduce los ingresos del sector justo cuando aumentan las obligaciones laborales."Es quizás viable que muchos de los establecimientos gastronómicos en el país reduzcan sustancialmente sus horarios de atención dado que, pues les va a tocar acoplarse para no afectar como tal los costos operativos", añadió el dirigente gremial. Según indicó, el incremento del salario mínimo, sumado a la reforma laboral y ahora al mayor recargo dominical, ha obligado a los empresarios a absorber mayores costos sin trasladarlos a despidos masivos, aunque sí ha frenado los planes de crecimiento y la contratación de nuevo personal.Desde el gremio señalan que el principal efecto de estas medidas será el congelamiento de los procesos de expansión de muchos establecimientos y una reorganización de sus modelos de operación para ajustarse a las nuevas condiciones laborales. Al tratarse de una industria que debe prestar servicio los domingos y festivos, cuando se registra la mayor afluencia de clientes a restaurantes, bares y otros establecimientos gastronómicos, el incremento en los costos de nómina tendrá un impacto directo sobre la rentabilidad de los negocios, especialmente en las pequeñas y medianas empresas.El gremio señaló que la prioridad del sector es preservar los empleos y evitar el cierre de negocios, por lo que muchos empresarios optarán por ajustar sus horarios antes que recurrir a despidos. También indicó que los establecimientos revisarán de manera detallada su oferta gastronómica con el fin de reducir costos en materias primas e insumos y compensar el aumento de los gastos laborales.Ante este panorama, Agacol hizo un llamado al próximo Gobierno para respaldar la nueva Ley Gastronómica, que será radicada en el Congreso. La iniciativa busca aliviar la carga tributaria de los restaurantes para compensar el incremento de los costos operativos, sin afectar los derechos laborales ya adquiridos por los trabajadores, en una industria que genera más de 495.000 empleos en el país y aporta de manera significativa al Producto Interno Bruto.
A partir de este mes de julio, el mercado laboral en Colombia se transforma. El aumento oficial del recargo dominical y festivo y la reducción definitiva de la jornada laboral máxima permitida, la cual pasa de 44 a 42 horas semanales a partir del 15 de julio.Este paquete de medidas, que no permite la rebaja del salario básico de los trabajadores, busca modernizar las condiciones del país, pero, a la par, surge la desaparición de beneficios corporativos, como el 'día de la familia' y las horas libres semanales de capacitación.¿Cómo funciona el recargo para domingos y festivos?Desde el inicio de este mes de julio, el recargo establecido para quienes laboran los días domingos y festivos se elevó del 80% al 90%. Para un empleado que devenga el salario mínimo mensual vigente en 2026, fijado en $1.750.905, cumplir con una jornada ordinaria en un día dominical representará un ingreso diario superior a los 126.000 pesos colombianos.Sin embargo, esta bonificación cuenta con una excepción legal. Si el contrato estipula que el trabajador descansa de forma habitual a mitad de semana, no tendrá derecho a percibir dicho recargo por el domingo trabajado.Se acerca la disminución a 42 horas laboralesEl próximo 15 de julio se ejecutará el paso más esperado de la ley 2101 de 2021, pues la jornada laboral máxima semanal se reducirá de manera oficial de 44 a 42 horas. Con este ajuste, los empleadores tendrán la flexibilidad de redistribuir el tiempo bajo dos modalidades. Primero, estructurar una semana de seis días con jornadas diarias de 7 horas, o diseñar un esquema de cinco días laborales que sumen 8 horas y 24 minutos diarios.Las autoridades del Ministerio del Trabajo han enfatizado que la hora de almuerzo o alimentación intermedia no forma parte de la jornada, por lo que este espacio de descanso no contabiliza dentro de las 42 horas obligatorias.Se acaban los días de la familiaA pesar de que el sueldo no se puede tocar, con el inicio de la nueva jornada el 15 de julio, los jefes ya no estarán obligados a otorgar los tradicionales 'días de la familia', beneficio que permitía un día libre remunerado por semestre. De igual forma, las organizaciones con más de 50 colaboradores ya no tendrán el deber de destinar 2 horas semanales de la jornada laboral que eran usadas para actividades de recreación, deporte, cultura o capacitación interna.Este paquete de modificaciones no incluye a todos los empleados. Quedan completamente excluidos de esta reducción aquellos trabajadores que ya se encontraban bajo el modelo especial de jornadas sucesivas de 6 horas diarias y 36 horas semanales, dado que sus tiempos ya eran inferiores al límite legal.Ante este panorama, el Gobierno nacional asume ahora la obligación recolectar la información y entregar al Congreso de la República un informe técnico que evalúe el impacto económico de la medida. De esta forma se determinará cómo influyó la reducción laboral en los índices de desempleo, la informalidad y la productividad real de las empresas, sirviendo como hoja de ruta para futuras reformas en el país.
La reducción de la jornada laboral en Colombia no es una medida repentina, sino el resultado de un proceso gradual que comenzó con la aprobación de la Ley 2101 de 2021. Esta normativa estableció una disminución progresiva de las horas de trabajo semanales, pasando de 48 horas a 42, sin afectar el salario de los trabajadores.Desde entonces, cada año se han hecho ajustes escalonados hasta llegar a la meta final de 42 horas semanales, lo cual se cumple en julio de 2026.Este mes se llevará a cabo la última etapa de ese proceso, pero no llega sola, pues junto con la reducción definitiva de la jornada, entran en vigor otros cambios que impactan directamente el cálculo de salarios, recargos y el calendario laboral en el país.Los cuatro cambios obligatorios que comienzan a regir en julioDe acuerdo con la norma, los cuatro cambios obligatorios que comienzan a regir este mes en Colombia son:1. La jornada máxima baja a 42 horas semanales se cumple el objetivo de la Ley 2101: la jornada laboral ordinaria pasa oficialmente de 44 a 42 horas semanales. Esto implica que el número de horas trabajadas al mes disminuye, pero el salario mensual debe mantenerse igual. En consecuencia, el valor de la hora ordinaria aumenta.2. Suben los recargos y las horas extras al incrementarse el valor de la hora ordinaria, también suben automáticamente los pagos por trabajo adicional. Esto incluye:Hora nocturna.Hora extra diurna.Hora extra nocturna.Todos estos conceptos aumentan porque se calculan con base en el nuevo valor de la hora.3. Aumentan los recargos dominicales y festivos el trabajo en domingos y festivos también tendrá un mayor reconocimiento económico. Esto se debe a dos factores:El aumento en la base (hora ordinaria más alta).El incremento del recargo legal, que pasa del 80 % al 90 %.Esto significa que trabajar en estos días será mejor remunerado que antes.4. Nuevo festivo en el calendario se incorpora un nuevo día festivo nacional, la celebración de la Virgen de Chiquinquirá. A partir de 2026, se traslada al lunes 13 de julio. Las empresas que operen ese día deberán aplicar los recargos correspondientes (90 %).En conjunto, estos cambios reducen el tiempo de trabajo y mejoran la remuneración por horas adicionales y días especiales.
A partir del 1 de julio entró en vigor un nuevo incremento en el recargo por laborar durante los días de descanso obligatorio en Colombia. La medida, contemplada en la reforma laboral, elevó el recargo del 80 % al 90 %, acercándose al objetivo de restablecer el pago del 100 % a partir de julio de 2027.En entrevista con Néstor Morales en Mañanas Blu, el viceministro de Trabajo, Iván Jaramillo, explicó los alcances de la medida, quiénes serán los principales beneficiados y cómo deberán calcular empleadores y trabajadores el nuevo valor de las horas laboradas durante domingos y festivos.Así se calculará el nuevo pago por trabajar un domingoEl funcionario explicó que el aumento no requiere ningún trámite adicional por parte de las empresas, pues su aplicación es automática desde el 1 de julio. "Desde el 1 de julio, cuando un trabajador o trabajadora labora en días de descanso obligatorio, ya no recibe un recargo del 80 %, sino del 90 %. El otro año, el 1 de julio, vamos a aumentar al 100 %", aseguró Jaramillo.Para ilustrar el impacto de la medida, el viceministro realizó el cálculo con base en el salario mínimo vigente de 1.750.000 pesos. Según explicó, el valor del día corresponde a 58.300 pesos, mientras que la hora ordinaria equivale a 7.292 pesos.Sobre ese valor se aplica ahora un recargo del 90 %, equivalente a 6.563 pesos, por lo que una hora trabajada durante un domingo o un día de descanso obligatorio tendrá un valor aproximado de 13.855 pesos."Si tú trabajaste una hora, yo te pago 7.292 pesos, pero como era día de descanso obligatorio, le adicionas el recargo y la hora termina costando 13.855 pesos", explicó.Turismo, transporte y restaurantes, entre los más beneficiadosEl Ministerio de Trabajo estima que cerca de 962.000 trabajadores serán los principales favorecidos con esta modificación, especialmente aquellos vinculados a actividades económicas donde el trabajo durante fines de semana y festivos es habitual.Entre los sectores con mayor impacto figuran el turismo, los servicios de alojamiento, la gastronomía y el transporte, actividades que concentran una alta demanda laboral durante los días de descanso obligatorio."Estamos hablando de aproximadamente 962.000 trabajadores y trabajadoras que van a recibir un incremento en los recargos por laborar en días de descanso obligatorio", señaló el viceministro.El recargo también aplica para horas extrasDurante la entrevista también se aclaró que el nuevo porcentaje del 90 % no reemplaza el pago de las horas extras, sino que ambos conceptos se acumulan cuando corresponda.En ese sentido, una hora extra diurna trabajada en un día de descanso obligatorio deberá liquidarse sumando el recargo del 90 % más el 25 % correspondiente a la hora extra. Si la labor se desarrolla en horario nocturno, se adicionará el recargo del 75 % previsto para ese tipo de jornada. Esta precisión busca evitar errores en la liquidación de nómina y garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones laborales.Desde el 15 de julio la jornada laboral será de 42 horas semanalesOtro de los cambios que comenzará a regir este mes será la reducción de la jornada laboral semanal, una medida derivada de la Ley 2101 de 2021.Desde el 15 de julio, la jornada máxima pasará de 44 a 42 horas semanales, sin disminución salarial para los trabajadores. El viceministro recordó que la reforma laboral también estableció nuevamente un límite máximo de ocho horas diarias, por lo que las empresas deberán reorganizar la distribución de sus turnos respetando tanto el nuevo máximo semanal como el límite diario."La jornada la deben distribuir las empresas respetando el máximo de jornada legal de 42 horas semanales. Si se exceden esas 42 horas, ya estamos hablando de trabajo suplementario", indicó.Cambia el concepto de recargo dominicalUno de los aspectos jurídicos destacados por el funcionario es que la legislación deja de hablar exclusivamente de "recargo dominical" para referirse al recargo por trabajo en día de descanso obligatorio. Esto significa que el beneficio también cobija a quienes, por acuerdo con su empleador, tienen asignado un día diferente al domingo como jornada de descanso.Además, Jaramillo recordó que quienes trabajen ocasionalmente hasta dos días de descanso obligatorio al mes podrán escoger entre recibir el recargo o un día compensatorio. En cambio, quienes laboren tres o más días de descanso obligatorio mensualmente tendrán derecho tanto al pago del recargo como al descanso compensatorio.El Día de la Familia pasa a ser opcionalDurante la conversación también se abordó el futuro del denominado Día de la Familia. Según explicó el viceministro, con la entrada en vigor de la reforma laboral este beneficio deja de ser una obligación para las empresas y pasa a convertirse en una jornada opcional que podrá ser promovida conjuntamente con las cajas de compensación. Aunque el Gobierno manifestó su expectativa de que las empresas mantengan este espacio, la decisión final quedará en manos de cada empleador.
Los trabajadores colombianos que aún no han solicitado el Día de la Familia correspondiente al primer semestre de 2026 tienen plazo hasta el próximo 30 de junio para hacerlo. A partir del 15 de julio entrará en vigencia la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, un cambio que traerá consigo la eliminación de esta obligación para la mayoría de los empleadores.Así lo explicó la abogada experta en asuntos laborales y tributarios Sandra López, quien señaló que la disminución progresiva de la jornada laboral, contemplada en la legislación colombiana, exonera a las empresas de otorgar los dos días de familia al año que estaban obligadas a conceder cuando la jornada máxima era de 48 horas semanales.“A partir del 15 de julio entra a regir esta nueva jornada laboral máxima de 42 horas semanales. Y a partir de esta nueva jornada, como se está reduciendo técnicamente seis horas semanales, esta ley trae la exoneración de la obligación que tenía el empleador (...) de darle al trabajador mínimo dos días al año”, explicó la especialista durante una entrevista radial.El Día de la Familia no desaparecerá en todos los casosSin embargo, López aclaró que el beneficio no desaparecerá automáticamente para todos los trabajadores. Según indicó, aquellas empresas que tengan convenciones colectivas, pactos colectivos o contratos laborales donde se haya pactado expresamente el Día de la Familia deberán seguir respetándolo.“Si ya tienen dentro de estos pactos o convenios que se va a otorgar el Día de la Familia, el Día de la Familia no puede desaparecer unilateralmente, incluso entrando a regir esta ley”, afirmó.La experta advirtió que las compañías que eliminen este beneficio sin realizar las modificaciones correspondientes podrían enfrentar reclamaciones o litigios laborales por parte de sus trabajadores.Empresas deberán actualizar reglamentos internosOtro de los cambios que deberán asumir los empleadores está relacionado con la actualización de sus reglamentos internos de trabajo. López señaló que las organizaciones tendrán que ajustar sus políticas sobre el Día de la Familia y adecuar los procedimientos disciplinarios establecidos por la reforma laboral.“A partir de julio deben actualizar que no se dará este Día de la Familia si no tienen pacto colectivo, convención colectiva o un contrato en donde se acuerde”, indicó.La abogada también recordó que el tiempo destinado al almuerzo no hace parte de la jornada laboral. “La hora del almuerzo es una hora normal de consumir los alimentos diarios, que no debería ser parte de la jornada laboral”, precisó.Además de la reducción de la jornada a 42 horas semanales, desde julio también aumentará el recargo por trabajar en días de descanso obligatorio, que pasará del 80 % al 90 %, como parte de la implementación gradual de la reforma laboral.Escuche la entrevista completa acá:
El alto tribunal acaba de zanjar la discusión sobre si a una persona privada de la libertad se le podía rebajar la pena por estudio y enseñanza, y no solo por trabajar. La Corte Suprema de Justicia de Colombia resolvió las controversias jurídicas que surgieron tras la expedición de la reforma laboral, concretamente de la norma que modificó la fórmula de redención de pena y estableció que por cada tres días de actividad se reconocerán dos días de rebaja de pena.Esto, teniendo en cuenta que el Código Penitenciario y Carcelario contemplaba un día de redención por cada dos días de trabajo. En ese sentido, la Sala de Casación Penal decidió unificar el criterio y dejar claro que la fórmula de “3x2” debe aplicarse a todas las actividades de resocialización: trabajo, estudio y enseñanza.La decisión mantiene las intensidades horarias diferenciadas previstas en el Código Penitenciario: ocho horas diarias para trabajo, seis para estudio y cuatro para enseñanza.Además, el alto tribunal precisó que este criterio también debe beneficiar a las personas privadas de la libertad cuyas solicitudes de redención ya habían sido negadas anteriormente. Por eso, la Corte Suprema de Justicia de Colombia hizo un exhorto a los jueces de ejecución de penas del país para revisar, de oficio o a petición de parte, los casos en los que pueda aplicarse esta nueva interpretación.Semanas atrás, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo que generó todo un debate jurídico tras estudiar tres tutelas contra juzgados de ejecución de penas de Bogotá, Antioquia y Popayán, que habían rechazado reconocer estos beneficios bajo el argumento de que la norma solo permitía redimir tiempo de prisión por trabajo.
El sector hotelero colombiano encendió las alertas. Cotelco presentó un análisis en el que advierte que, tras más de ocho meses de la reforma laboral y el aumento del salario mínimo para 2026, el subsector de alojamiento turístico enfrenta afectaciones críticas entre ellas: menos empleo, mayores costos y caída en las ventas.Según cifras del Dane, el sector de Alojamiento y Servicios de Comida pasó de 1'755.000 empleos a 1'646.000 en un año, es decir, 109.000 puestos menos, una reducción del 6,2%. En el caso puntual de los hoteles, esto representaría cerca de 11.000 empleos directos menos o en riesgo. El monitoreo mensual de Cotelco asegura que, en promedio, cada establecimiento tiene hoy dos empleados menos que en enero de 2025, lo que equivale a una caída cercana al 5% del personal.El golpe ha sido más fuerte para los hoteles pequeños. Los establecimientos de hasta 50 habitaciones redujeron su empleo en 15,1%. En los de 51 a 100 habitaciones la caída fue de 1,3%; entre 101 y 150 habitaciones, de 3,15%; entre 151 y 200, de 1,63%; y en los de más de 200 habitaciones, de 6,86%. Es decir, la reducción es generalizada, aunque afecta proporcionalmente más a los más pequeños.Mientras el empleo baja, los costos suben. Los hoteles reportaron un aumento promedio del 19% en el valor total de la nómina frente al año anterior, principalmente por el ajuste del salario mínimo y nuevas obligaciones laborales. En los establecimientos pequeños el incremento fue aún mayor, de 20,7%, y en los de 100 a 150 habitaciones alcanzó el 19,1%.El problema se agrava porque las ventas no están creciendo. El 54,7% de los hoteles reportó disminución en sus ingresos frente a enero de 2025, y solo el 26,4% dijo haber aumentado sus ventas. En departamentos como Cesar, Cundinamarca, Nariño y Norte de Santander, todos los establecimientos encuestados reportaron caída en ventas.El panorama es complejo para el gremio, pues se están registrando mayores costos laborales en un entorno de menores ingresos limitan la capacidad de sostener y generar empleo formal, en un sector clave para mujeres, jóvenes y economías regionales.Cotelco hizo un llamado al Gobierno y a los candidatos presidenciales para abrir un diálogo técnico que permita diseñar incentivos o mecanismos de compensación que eviten un mayor deterioro del empleo en el turismo formal.
La Fundación Cardiovascular de Colombia confirmó que Lucas Murillo, de 7 años, sí podrá recibir un trasplante de corazón, luego de los análisis y procedimientos médicos realizados durante los últimos 15 días.El menor fue trasladado desde Cúcuta hasta Bucaramanga, tras un llamado de ayuda al presidente Abelardo de la Espriella, debido a las complicaciones de salud asociadas a una cardiopatía que padece desde su nacimiento.Según explicó el médico Víctor Raúl Castillo, presidente de la FCV, Lucas ha presentado una mejoría considerable en su estado de salud y recientemente pasó a una unidad de cuidados intensivos intermedios de la institución, en Floridablanca.Durante su atención médica le realizaron un cateterismo y otros estudios especializados, que permitieron establecer las condiciones de su corazón y determinar que es candidato para un trasplante cardíaco.Ahora, Lucas ingresa a la lista de espera para recibir un corazón compatible. El procedimiento se realizará una vez exista un donante disponible. A sus siete años, el menor ya ha sido sometido a tres cirugías de corazón abierto y utiliza oxígeno de manera permanente. Además, presenta cianosis e hipertensión pulmonar, condiciones que han obligado a los especialistas a evaluar cuidadosamente cuál será el siguiente paso en su tratamiento.Mientras tanto, el niño continuará bajo vigilancia médica permanente en la Fundación Cardiovascular de Colombia, donde su evolución seguirá siendo monitoreada por el equipo especializado.
Una investigación del Gobierno de Estados Unidos constató condiciones de hacinamiento, abusos y el uso de pequeñas jaulas metálicas como "zonas de calma" para los migrantes detenidos en Alligator Alcatraz, antes de su cierre este verano en el sur de Florida.La existencia de estas celdas de 1,7 metros cuadrados de superficie fue uno de los detalles más reveladores de un informe de la Oficina del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) tras varias inspecciones al centro de detención de migrantes, que fue inaugurado por el presidente de EE.UU., Donald Trump, en julio de 2025.Según los inspectores, hasta 79 migrantes fueron confinados "entre varios minutos y casi dos horas" en estas pequeñas jaulas entre el 17 de julio de 2025 y el 18 de enero de 2026.Aunque el personal de Alligator Alcatraz alegó que estos recintos de unos 2,3 metros de alto eran "zonas de calma" para que los detenidos se tranquilizaran, y que incluso eran los migrantes quienes solicitaban acceder a ellas, la investigación halló evidencias de que también se emplearon a modo de castigo."El uso de estos espacios tan restrictivos contraviene las normas de trato humano, las cuales exigen mantener a los internos en el entorno menos restrictivo posible", sostuvo el informe divulgado este lunes.El hacinamiento de los migrantes también era evidente en el centro, según la investigación, que advirtió de que el lugar, en medio del humedal de los Everglades, violaba "los estándares de espacio vital".La normativa nacional establece que cada detenido disponga de al menos 7 metros cuadrados de superficie, pero a su máxima capacidad el centro solo ofrecía 2,6 metros cuadrados por interno.La ausencia de espacio, fácilmente apreciable en varias fotografías que acompañan el informe, "redujo la movilidad diaria de los internos, aumentando los niveles de estrés y el riesgo de propagación de enfermedades contagiosas", según los inspectores.Alligator Alcatraz también incumplió los estándares sanitarios, de atención médica y de alimentación.Los detenidos manifestaron "retrasos significativos" en la evaluación médica de los recién llegados, objetos de higiene personal "insuficientes" o raciones de comida demasiado pequeñas y en mal estado de conservación.Además, indicaron que tuvieron prohibido salir al exterior durante algunas semanas, lo que contraviene la normativa.Pese a las conclusiones del informe, el DHS aseguró que el centro "operaba bajo la autoridad del estado de Florida mediante un acuerdo marco y no bajo la gestión directa del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), por lo que los estándares federales de detención no le eran aplicables".Alligator Alcatraz, construida en un antiguo aeródromo aledaño al ecosistema del Parque Nacional de los Everglades, una reserva protegida por la Unesco como Patrimonio Mundial desde 1979, se convirtió en emblema de la campaña de deportaciones masivas del presidente Trump desde su apertura.Sin embargo acabó cerrando el pasado junio después de meses de demandas de organizaciones humanitarias y ambientalistas por el "maltrato" a inmigrantes y el impacto ambiental de la instalación.
La Lotería de la Cruz Roja realiza este martes 15 de septiembre de 2026 su sorteo número 3171, en el que los apostadores participan por un premio mayor de $7.000 millones y diferentes premios secos.El número ganador del premio mayor de la Lotería de la Cruz Roja de este martes 15 de septiembre de 2026 es el 0016 de la serie 173. El premio mayor corresponde a $10.000 millones.El sorteo se realiza cada martes entre las 10:30 p. m. y las 11:00 p. m. y se transmite en vivo por Canal Uno. Los resultados pueden consultarse en el sitio web y las redes sociales de la lotería. También es posible verificar un billete a través de la línea (1) 3115432, opción 0 o extensión 100.El plazo máximo para el pago de un premio, contado desde su presentación, es de 30 días, conforme al Decreto 2975 de 2004.Ganadores de los secos de la Lotería de la Cruz RojaAdemás del premio mayor, el sorteo entrega diferentes premios secos. Los apostadores pueden revisar el número y la serie de sus billetes para comprobar si obtuvieron alguno de estos premios.RIFA CAMIONETA TOYOTA CROSS 2026Número: 1616 | Serie: 201SECO DE 200 MILLONESNúmero: 7563 | Serie: 201SECO DE 100 MILLONESNúmero: 3830 | Serie: 289SECO DE 50 MILLONESNúmero: 9448 | Serie: 162Número: 6575 | Serie: 117SECO DE 30 MILLONESNúmero: 2204 | Serie: 309Número: 7946 | Serie: 263Número: 4498 | Serie: 177Número: 1609 | Serie: 216Número: 8584 | Serie: 326Número: 5718 | Serie: 176SECO DE 20 MILLONESNúmero: 2349 | Serie: 169Número: 1752 | Serie: 039Número: 0046 | Serie: 150Número: 3756 | Serie: 178Número: 2331 | Serie: 199Número: 3665 | Serie: 252Número: 3748 | Serie: 208Número: 1004 | Serie: 052Número: 1209 | Serie: 262Número: 5271 | Serie: 220Número: 2178 | Serie: 156Número: 2197 | Serie: 235Número: 5393 | Serie: 037Número: 1764 | Serie: 045Número: 5898 | Serie: 113SECO DE 10 MILLONESNúmero: 3305 | Serie: 038Número: 5238 | Serie: 228Número: 7352 | Serie: 109Número: 1573 | Serie: 313Número: 5984 | Serie: 153Número: 6326 | Serie: 157Número: 0983 | Serie: 194Número: 5038 | Serie: 067Número: 5582 | Serie: 299Número: 0198 | Serie: 329Número: 7525 | Serie: 230Número: 0556 | Serie: 328Número: 7620 | Serie: 215Número: 3841 | Serie: 043Número: 9427 | Serie: 255Número: 7614 | Serie: 107Número: 1235 | Serie: 136Número: 1517 | Serie: 189Número: 8451 | Serie: 049Número: 1513 | Serie: 251También se debe consultar la imagen oficial correspondiente al resultado del sorteo 3171 y comparar los datos del billete con la información publicada por la Lotería de la Cruz Roja.¿Cómo reclamar los premios de la Lotería de la Cruz Roja?Para reclamar un premio de la Lotería de la Cruz Roja se debe presentar el billete o la fracción original, sin tachaduras ni enmendaduras. Las aproximaciones al premio mayor pueden cobrarse con los vendedores, distribuidores o directamente en las oficinas de la Lotería, ubicadas en la Avenida Carrera 68 No. 68 B-31.Para reclamar el premio mayor o cualquiera de los premios secos es necesario presentar la cédula de ciudadanía. Los premios secos pueden reclamarse con los distribuidores o directamente en las oficinas de la lotería. El premio mayor, por su parte, debe reclamarse únicamente en la Lotería de la Cruz Roja Colombiana.¿Cuáles son los descuentos de ley aplicados a los premios?Los premios de la Lotería de la Cruz Roja están sujetos a los descuentos establecidos por la ley. Para un premio mayor de $7.000 millones, la información suministrada contempla un descuento del 17 % por impuesto a ganadores, equivalente a $1.190 millones.También se aplica una retención en la fuente del 20 % sobre la base establecida de 48 UVT, de acuerdo con el valor vigente que puede consultarse ante la DIAN.Según los valores incluidos en la información de referencia, después de estos descuentos el monto neto del premio sería de aproximadamente $4.648 millones.
La decisión del exministro venezolano Alex Saab, señalado como presunto testaferro del depuesto presidente Nicolás Maduro, de declararse culpable este martes de lavado de dinero en EE.UU. y alcanzar un acuerdo de cooperación con la Fiscalía abre interrogantes sobre el posible impacto de su testimonio en el caso contra el exgobernante, aunque el acuerdo no lo menciona.Estas son las claves del acuerdo de Saab, exministro de Industria y Producción Nacional de Venezuela (2024-2026), con el Departamento de Justicia (DOJ, en inglés) de Estados Unidos, que no nombra a Maduro, recluido en Nueva York acusado de narcotráfico, pero sí a "altos funcionarios del Gobierno venezolano" en 2015, cuando era presidente del país suramericano.La declaratoria de culpabilidadEl empresario de 54 años, nacido en Colombia, se declaró culpable del cargo de conspiración para lavado de dinero en la corte federal del Distrito Sur de Florida, donde primero se había presentado como "no culpable" el 24 de julio tras haber sido deportado el 16 de mayo desde Venezuela por el gobierno interino de Delcy Rodríguez.En su declaratoria, Saab reconoció que en 2015, cuando Maduro era presidente, organizó con "altos funcionarios del Gobierno" un "esquema ilegal" con "sobornos" y "pagos ilegales" del programa público venezolano Comité Local de Abastecimiento y Producción (CLAP), con transferencias de dinero al sur de Florida.La incógnita de otros coacusados y otros cómplicesEl exministro menciona como presuntos cómplices al chavista José Gregorio Vielma Mora, quien entonces era gobernador de Táchira, y a los colombianos Álvaro Pulido Vargas, Emmanuel Enrique Rubio González y Carlos Rolando Lizcano.Pero también señala a 'co-acusado 1' y 'co-acusado 3', dos sospechosos que la Fiscalía no identificó de manera pública, además de asegurar que "acordó lavar dinero y cometer fraude" con "altos miembros del Gobierno de Venezuela".¿Qué ofrece Saab a EEUU?A cambio, Saab accedió a "cooperar plenamente" con el DOJ con "la aportación de información y testimonio veraces y completos, y la entrega de documentos, registros y otras pruebas" en "cualquier juicio o proceso" judicial que pida el Gobierno."Asimismo, el procesado acuerda que no protegerá a ninguna persona o entidad mediante información falsa u omisión, que no implicará falsamente a ninguna persona o entidad, y que no cometerá ningún otro delito", establece el pacto.Además, el empresario aceptó entregar 195 millones de dólares, propiedades y bienes derivados de los crímenes a la Fiscalía, que fijó un plazo de catorce días para que revele todos los activos relacionados con los delitos.Las promesas de EE.UU. a SaabPor estas condiciones, el Gobierno estadounidense aceptó pedir una sentencia menor para el exministro venezolano, quien podría afrontar una pena máxima de 20 años en prisión y una multa de 500.000 dólares, según el acuerdo de 12 páginas.Pero el DOJ advirtió de que se "reserva el derecho de evaluar la naturaleza y el alcance de la cooperación del procesado", así como la "calidad e importancia" de la información para las investigaciones pertinentes.Las posibles implicaciones para MaduroEste proceso cobra relevancia porque ocurre después de la llegada de Maduro en enero a Nueva York, donde afronta cargos por 'narcoterrorismo', narcotráfico y posesión de armas.Aunque el acuerdo divulgado no menciona al gobernante depuesto por EE.UU., el opositor venezolano Carlos Paparoni, exdiputado y dirigente del partido Primero Justicia considera que "la importancia de esto es abrir el proceso de colaboración de Alex Saab con las autoridades" estadounidenses."Si bien todo el mundo está pensando en este momento en la cooperación de Saab en el caso de Nicolás Maduro, creo que la relevancia es que Saab tiene el secreto y la traza de dinero de muchísimos casos abiertos en EE.UU. y de miles de casos más que pueden terminar siendo abiertos", dijo a EFE tras acudir a la audiencia. EFE
El Servicio Geológico Colombiano (SGC) reportó varios sismos en Colombia hoy, 16 de septiembre de 2026, durante las primeras horas de la madrugada. Los movimientos telúricos se concentraron principalmente en el departamento del Chocó, con registros en la zona de Istmina y en el océano Pacífico. También se reportaron sismos en Santander. El temblor de mayor magnitud registrado hasta el momento alcanzó los 4,5 grados, con epicentro en Istmina, Chocó, a una profundidad de 43 kilómetros.Últimos sismos en Colombia hoyEste es el listado de los movimientos sísmicos reportados por el SGC durante las últimas horas. El listado puede actualizarse a medida que se conozcan nuevos registros:3,4 de magnitud: Istmina, Chocó. Ocurrió a las 3:45 a. m., con una profundidad de 43 kilómetros. Los municipios más cercanos fueron Sipí, El Dovio y Trujillo.2,9 de magnitud: Istmina, Chocó. Se registró a las 3:53 a. m. y tuvo una profundidad superficial. El municipio más cercano fue Sipí, a 17 kilómetros.2,5 de magnitud: Betulia, Santander. Ocurrió a las 3:39 a. m., con una profundidad de 164 kilómetros. Los municipios cercanos fueron San Vicente de Chucurí, Lebrija y Betulia.2,3 de magnitud: océano Pacífico. Se registró a las 3:30 a. m., con profundidad superficial. El evento estuvo localizado frente a la zona de Bahía Solano y Nuquí, en Chocó.2,6 de magnitud: océano Pacífico. Ocurrió a las 3:14 a. m., con profundidad superficial. Los municipios más cercanos fueron Bahía Solano, Nuquí y Alto Baudó.2,7 de magnitud: Istmina, Chocó. Se registró a las 2:54 a. m., con profundidad superficial. El municipio más cercano fue Sipí.2,9 de magnitud: océano Pacífico. Ocurrió a las 2:33 a. m., con profundidad superficial. Los municipios cercanos fueron Bahía Solano, Nuquí y Medio Atrato.4,4 de magnitud: océano Pacífico. Se registró a las 2:02 a. m., con profundidad superficial. El evento fue localizado cerca de Bahía Solano y Nuquí, en Chocó.4,5 de magnitud: Istmina, Chocó. Ocurrió a la 1:18 a. m., con una profundidad de 43 kilómetros. Los municipios cercanos fueron Sipí, Trujillo y El Dovio.2,9 de magnitud: Istmina, Chocó. Se registró a la 1:07 a. m., con una profundidad de 43 kilómetros. Los municipios más cercanos fueron Sipí, Trujillo y El Dovio.2,5 de magnitud: Piedecuesta, Santander. Ocurrió a las 12:21 a. m., con una profundidad de 146 kilómetros. El evento se registró cerca de Santa Bárbara, Piedecuesta y Floridablanca.2,0 de magnitud: Puerto Wilches, Santander. Se registró a las 11:17 p. m. del 15 de septiembre, con profundidad superficial. Los municipios cercanos fueron Sabana de Torres, Barrancabermeja y Puerto Wilches.¿Dónde tembló en Colombia hoy?Los registros de la madrugada muestran una actividad sísmica principalmente concentrada en Chocó y Santander, además de varios movimientos superficiales localizados en el océano Pacífico.Entre los eventos de mayor magnitud se encuentran el sismo de 4,5 registrado en Istmina, Chocó, y el movimiento de 4,4 en el océano Pacífico. La información sobre magnitud, profundidad, ubicación y hora corresponde a los reportes del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y puede presentar modificaciones a medida que la entidad procesa y verifica los datos.Sismos en Colombia: reporte en tiempo realEl reporte de temblores en Colombia puede cambiar durante el día debido a que el país registra actividad sísmica de manera frecuente. Para esta actualización se tienen en cuenta los eventos reportados por el Servicio Geológico Colombiano durante la madrugada del 16 de septiembre de 2026. Esta noticia se actualizará con los nuevos sismos que sean reportados por el SGC.