Este martes 8 de septiembre se realizará en Bello la audiencia a la que fue citado el hombre señalado de maltratar a dos perros, luego de que, videos difundidos en redes sociales, lo mostraran pateando a los animales. La diligencia será clave para definir las medidas y sanciones a las que podría enfrentarse bajo la Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel.
El caso generó, además, una denuncia de la alcaldesa de Bello, Lorena González, quien aseguró haber recibido amenazas de muerte a través de Instagram, aparentemente relacionadas con la actuación de la administración municipal frente a este caso.
“El próximo martes se realizará la audiencia en la inspección de medio ambiente con el ciudadano señalado como agresor de los dos perros en la unidad residencial Paisajes. Allí, él deberá responder por sus actuaciones. He pedido a las partes competentes que se apliquen las disposiciones de la ley Ángel con todo el rigor”, aseveró.
La investigación comenzó después de que ciudadanos difundieran las imágenes y vecinos manifestaran que escuchaban constantemente llantos provenientes de la vivienda. La alcaldía activó un protocolo de atención y, durante la noche del 31 de agosto, la Policía realizó una primera visita.
Al día siguiente, un equipo médico-veterinario de la Secretaría de Medio Ambiente, acompañado por Policía Ambiental y la Inspección de Medio Ambiente, inspeccionó la vivienda ubicada en el parque residencial Paisajes y realizó la valoración clínica de los animales. Frente al rol de las autoridades, esto dijo la senadora animalista Andrea Padilla.
“Yo le recuerdo con mucho respeto a las autoridades de policía que el proceso de aprehensión material preventiva tal como está en el artículo 10 de la Ley Ángel es un proceso temporal, preventivo, urgente y que se basa en indicios, no necesita de prueba, pero, además, le recuerdo que no tiene que existir necesariamente un albergue público, un centro de bienestar animal en el municipio”, contó.
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Se trata de un pitbull de cinco años y un husky de siete meses. Ambos fueron retirados del lugar y permanecen bajo custodia institucional. De acuerdo con la Alcaldía, los dos se encuentran clínicamente estables.
¿Cuáles son las sanciones?
La Ley Ángel establece que los actos de maltrato que no causen la muerte ni lesiones graves pueden ser sancionados con multas de cinco a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Cuando se demuestran lesiones que menoscaban gravemente la salud o integridad del animal, la conducta puede constituir un delito con penas de 20 a 42 meses de prisión, multas de 15 a 30 salarios mínimos e inhabilidad para ejercer actividades relacionadas con animales.
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En la audiencia, el señalado y quienes presentaron la denuncia podrán exponer argumentos y aportar pruebas. La decisión corresponderá a la autoridad competente, por lo que la citación no significa que ya exista una sanción. La Ley Ángel establece este procedimiento ante la autoridad de Policía para los casos de maltrato animal.