Hidroituango: Tribunal avala demanda de EPM, pero deja por fuera a los constructores
El Tribunal Administrativo de Antioquia decidió mantener demanda por la emergencia de Hidroituango contra el interventor y diseñador del proyecto, pero no contra constructores de la obra.
La Sala determinó una revocatoria parcial del auto admisorio, manteniendo la acción judicial contra algunos demandados, pero rechazó la demanda contra el consorcio constructor CCC Ituango y su aseguradora, al concluir que no tiene jurisdicción para conocer ese punto porque ya existe un laudo arbitral definitivo, emitido en diciembre de 2024, que resolvió las controversias con los constructores.
Según la Sala, ese laudo genera cosa juzgada, lo que impide que un juez ordinario vuelva a revisar esas responsabilidades.
El Tribunal también descartó la caducidad de la acción, recordando que los contratos de diseño e interventoría aún no estaban liquidados al momento de presentarse la demanda, por lo que el tiempo para demandar no había vencido.
Además, determinó que EPM no estaba obligada a pasar por conciliación previa por tratarse de una entidad pública.
Plan piloto de hidrógeno verde en EPM.
Foto: EPM.
Tras conocerse la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, la Constructora Conconcreto integrante del Consorcio CCC Ituango junto a Camargo Correa Infra y Coninsa Ramón H— informó en un comunicado que esta determinación “da cierre a una de las contingencias más relevantes” para el consorcio dentro del Proyecto Hidroeléctrico Ituango, pues reconoce la cosa juzgada del proceso arbitral, en el cual se concluyó que el Consorcio no fue responsable del colapso de la Galería Auxiliar de Desviación ocurrido en abril de 2018.
Conconcreto, también reiteró que su actuación dentro del proyecto fue “íntegra, diligente y transparente”, y que el consorcio aportó su experiencia técnica, humana, social y ambiental para lograr la culminación exitosa de la primera fase del megaproyecto, señalado como fundamental para la estabilidad energética del país.
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Entre tanto, la demanda mantiene una cuantía que alcanza los 9.9 billones de pesos, correspondientes principalmente a lucro cesante por energía no generada y otros daños materiales que paralizaron temporalmente la construcción de la hidroeléctrica.
Recordemos que la emergencia de Hidroituango ocurrió en 2018. Hasta 2019, EPM sostuvo ante autoridades y aseguradoras que se trató de un “accidente imprevisible”. Pero en 2020, durante la administración del entonces alcalde Daniel Quintero, la empresa cambió de posición y decidió demandar a los contratistas, decisión que provocó la renuncia en pleno de la junta directiva por considerar que se rompieron las prácticas de gobierno corporativo y que ya existía un pacto para resolver controversias mediante arbitraje.
Aun así, la demanda se radicó en 2021, mientras avanzaban otros procesos: la Contraloría emitió un fallo de responsabilidad fiscal y las aseguradoras acordaron pagar a EPM cerca de 983 millones de dólares por los daños del proyecto.
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Con esta nueva decisión, el proceso judicial continúa, pero únicamente frente a diseñadores, interventores y una aseguradora, y no frente a los constructores de la megaobra.