El Tribunal Administrativo de Antioquia resolvió, en primera instancia, no retirar la investidura a los concejales de Medellín Damián Pérez Arroyave y Andrés Felipe Rodríguez Puerta, al concluir que no incurrieron en incompatibilidades por su participación en la Junta Metropolitana del Valle de Aburrá. La decisión descartó que existieran elementos suficientes para sancionarlos, al no configurarse la causal invocada en la demanda.
En el análisis del caso, la Sala Plena determinó que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá no hace parte de la estructura administrativa del Distrito —ni del sector central ni descentralizado—, un punto clave para desestimar la supuesta irregularidad.
Además, el fallo precisó que tampoco se evidenció que esta entidad administre tributos de Medellín, lo que debilitó uno de los argumentos principales del demandante, el abogado Sergio Mesa, sobre una eventual incompatibilidad derivada del manejo de recursos públicos.
El proceso también abordó el origen de los recursos que recibe el Área Metropolitana, particularmente los provenientes de la sobretasa ambiental. Sobre este punto, el Tribunal concluyó que se trata de rentas propias de la entidad y no de tributos distritales bajo su administración.
Durante el trámite del proceso, la defensa de los corporados insistió en que su presencia en la Junta Metropolitana obedeció a una designación institucional del Concejo de Medellín, sin que ello representara un doble cargo, subordinación o beneficio personal. El alto tribunal acogió este argumento al considerar que no se cumplía el elemento objetivo exigido para decretar la pérdida de investidura.
La decisión que será apelada por parte del demandante ya había sido previamente respaldada por la Procuraduría General quien a través de un concepto del procurador judicial administrativo indicó que “no se ha probado que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá es una institución que administra tributos del Distrito de Medellín”.