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Así va la suspensión de servicios públicos en predios afectados por el terremoto en Cali

La medida busca evitar que las familias damnificadas sigan acumulando cobros por los servicios públicos durante el periodo en que sus viviendas no pueden ser ocupadas.

Suspensión de servicios públicos en predios afectados por el terremoto en Cali.
EMCALI.

Más de 23.000 inmuebles que resultaron afectados por el sismo del pasado 10 de agosto y que actualmente están inhabitables ya cuentan con la suspensión temporal de los servicios de EMCALI.

La medida busca evitar que las familias damnificadas sigan acumulando cobros por los servicios públicos durante el periodo en que sus viviendas no pueden ser ocupadas. Las solicitudes para acceder a esta suspensión podrán realizarse hasta el próximo 10 de octubre de 2026.

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Además, EMCALI anunció condiciones especiales para las familias afectadas que tengan deudas pendientes con la empresa. Entre los beneficios está la eliminación del 100 % de los recargos por mora, cuotas iniciales desde el 3 % y acuerdos de pago que pueden extenderse hasta ocho años, dependiendo del tipo de usuario.

Para los usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3 y asentamientos, la cuota inicial de energía podrá ser desde el 3 %, con financiación de hasta 96 meses. Los acuerdos de hasta 60 meses tendrán una tasa del 0 %, mientras que entre 61 y 96 meses se aplicará una tasa del 0,49 % mensual.

En los estratos 4, 5 y 6 la cuota inicial será del 5 %, con plazos de hasta cinco años. Para usuarios especiales también será del 5 %, con financiación hasta por 48 meses. En el caso de establecimientos comerciales e industriales, la cuota inicial será del 10 %, con plazos de hasta cuatro años.

Uno de los requisitos principales es estar incluido en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

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El trámite para acceder a los acuerdos de pago debe hacerse presencialmente en los centros de atención de EMCALI. Los usuarios deberán presentar su documento de identidad y la documentación requerida del inmueble, además de suscribir el pagaré correspondiente. Para personas jurídicas se solicitará el certificado de existencia y representación legal.

Una vez formalizado el acuerdo, el usuario tendrá un máximo de cuatro días calendario para pagar la cuota inicial.

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EMCALI aclaró que las facturas pueden continuar incluyendo el cobro del servicio de aseo, debido a que este no es prestado ni facturado por la empresa, sino que corresponde a la UAESP y a la Alcaldía de Cali.

La empresa señaló que continúa gestionando ante el Gobierno Nacional y la CREG otras alternativas para ampliar los alivios dirigidos a las familias damnificadas por el sismo.

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