El Ministerio de Salud emitió lineamientos para la atención de habitantes de calle en el país frente al COVID-19, que alcanza una cifra de 32.000 personas y se convierte en una población vulnerable y expuesta a contraer enfermedades, entre ellas el coronavirus.
Por tal motivo, las entidades territoriales deberán encargarse de la prevención, detección y contención, así como el manejo de posibles infecciones.
Según se explicó desde el Ministerio, se deberán coordinar planes y servicios que incluyan espacios de alojamiento e identificar y monitorear zonas de concentración de habitantes de calle, principalmente en parques, rondas de ríos, hogares de paso, entre otros, así como fortalecer acciones de limpieza y recolección de residuos en los espacios donde ellos permanecen.
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De igual manera, hacer promoción de higiene personal con duchas, lavamanos y agua potable, además de identificar la relación con grupos de riesgo por comorbilidades.
Estos son algunos lineamientos que deberán tomar los mandatarios.
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Promover información y educación en salud y autocuidado.
Identificar el aseguramiento en salud de la población habitante de calle.
Identificar las barreras para el aseguramiento y coordinar con las entidades pertinentes.
Realizar caracterización de la población habitante de calle.
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Realizar valoración de signos de alarma frente a la presencia del COVID-19.
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Identificar las personas que sugieran trastornos de salud mental y que por consumo de sustancias psicoactivas requieran atención.
Canalizar los casos de mayor riesgo por presentar síntomas del COVID-19.
Establecer un plan de contingencia, en caso que se requieran cuarentenas en la población en situación de calle.
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