Actualizado: 29 de abr, 2016
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¿La incapacidad médica afecta la liquidación de las vacaciones? ¿Podría solicitar que me concedan vacaciones una vez finalice mi incapacidad?
Juan Pablo Caballero resuelve esta inquietud jurídica:
Las incapacidades no suspenden el contrato de trabajo lo cual implica que tampoco deben verse afectadas las vacaciones, por lo tanto el trabajador podrá disfrutar de las mismas, de conformidad a como establece el código sustantivo de Trabajo, es decir 15 días hábiles por cada año de trabajo o proporcional al tiempo trabajado el año.
Con respecto a la segunda pregunta la respuesta es sí, sí podrá disfrutar las vacaciones después de la incapacidad si así lo acurda con el empleador.
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